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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2006 (31/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G38/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de marzo de 2006 de junio de 2003, suscrito entre PROMPEX, PROMPYME, PROINVERSIÓN y el MINCETUR, con cargo a la Fuente de Financiamiento 13: Donaciones y Transferencias del Presupuesto del Año Fiscal 2006. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 05924 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G74/G65 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61 /G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G34/G30/GAA /G41/G73/G61/G6D/G62/G6C/G65/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G49/G41/G54 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 175-2006-EF/10 Lima, 29 de marzo de 2006Visto el Oficio Nº 111-2006-SUNAT/1A0000, de fecha 27 de marzo de 2006, remitido por la Secretaria Generalde la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 22 de diciembre de 2005, el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT, ha cursado invitación a la señora Nahil Liliana Hirsh Carrillo, Superintendente Nacional deAdministración Tributaria, para que en su calidad de representante de país miembro del CIAT, participe en la 40º Asamblea General del CIAT, cuyo tema central será“La recaudación potencial como meta de la Administración Tributaria”, y que se llevará a cabo del 3 al 6 de abril del presente año, en la ciudad de Florianópolis,Estado de Santa Catarina, República Federativa del Brasil; Que, la agenda del citado evento incluye: aprobación del acta de la sesión administrativa anterior; informe de actividades y ejecución presupuestaria al 28 de febrero de 2006 y proyección de actividades yejecución presupuestaria al 30 de junio de 2006; estados financieros auditados 2004/2005; proyectos de plan de actividades y presupuesto anuales, para elejercicio 2006/2007; proyecto de Resolución de la Asamblea General sobre modificación de los Estatutos del CIAT; proyecto de Resolución Técnica de laAsamblea General; Informe del Comité de Temas sobre el programa técnico de la Asamblea General de Barbados 2007; incorporación de Kenia como paísmiembro asociado; sedes de las próximas Asambleas Generales y Conferencias Técnicas; asuntos varios que propongan los representantes; e Informe delComité de Elecciones y nominación y posesión del nuevo Consejo Directivo del CIAT; Que, la señora Hirsh Carrillo intervendrá como comentarista en el Tema 1: “La Definición y Estimación de la Recaudación Potencial: Análisis del Potencial Económico -Tributario y sus Condicionantes”; Que, asimismo, mediante Carta de fecha 17 de febrero de 2006, el CIAT informa a la referida funcionaria, en su calidad de representante del Perúen el Comité de Temas para la Asamblea General del año 2007, que con fecha 2 de abril de 2006 se ha fijado la realización de una reunión a efectos depreparar el informe que dicho Comité deberá presentara la Asamblea General; a realizarse en la ciudad antes mencionada; Que, en consecuencia, estando el citado viaje incluido en el Plan Anual de Viajes del Sector Economía y Finanzaspara el año 2006, aprobado por Resolución Ministerial Nº 090-2006-EF/43, y siendo de interés para el país la participación de la mencionada funcionaria en losreferidos eventos, es necesario autorizar dicho viaje, precisando que los gastos por concepto de pasajes aéreos serán cubiertos por el CIAT, y los gastos porconcepto de viáticos y Tarifa CORPAC (TUUA), serán cubiertos por la SUNAT, con cargo a su presupuesto correspondiente al ejercicio 2006; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, en el inciso j) del Artículo 8º de la Ley Nº 28652, en el Decreto de Urgencia Nº 002-2006, en la Ley Nº 27619, y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora Nahil Liliana Hirsh Carrillo, Superintendente Nacional de Administración Tributaria, a la ciudad de Florianópolis, Estado de Santa Catarina, RepúblicaFederativa del Brasil, a partir del 1 y hasta el 7 de abril de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos que irrogue el viaje de la señora Nahil Liliana Hirsh Carrillo serán asumidos por el CentroInteramericano de Administraciones Tributarias - CIAT; y los gastos por concepto de viáticos y Tarifa CORPAC (TUUA) que ocasione el cumplimiento de la presenteResolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,200.00 TUUA US$ 30.25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la funcionaria cuyo viajese autoriza, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, y la rendición decuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana decualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 05838 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G63/G61/G72/G61/G63/G74/G65/G72/GED/G73/G74/G69/G63/G61/G73 /G61/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G74/G65/G72/G63/G65/G72/G61/G20/G63/G6F/G6C/G6F/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G53/G6F/G62/G65/G72/G61/G6E/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G4E/GBA/G20/G30/G31/G38/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G45/G46 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2006-EF/75.01 Lima, 29 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2006, el Decreto Supremo Nº 018-2006-EF autorizó la emisión de Bonos Soberanos hasta por lasuma de S/. 2 132 000 000,00 (DOS MIL CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 018-2006-EF y en el literal s) del numeral 2 del Reglamento de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno, aprobadopor Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, las caracterís-