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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G32/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de mayo de 2006 ORDENANZA APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Artículo 1º.- Objeto de la Norma.- Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de la Municipalidad Distrital de Surquillo, el mismo que, en Anexo de trece (13) títulos, veintidós (22) capítulos, veinticuatro (24) subcapítulos, ciento sesenta y siete (167) artículos y cinco (5) disposiciones complementarias y finales, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación.- La presente Ordenanza es de aplicación obligatoria en la jurisdicción del distrito de Surquillo y comprende a todos los órganos municipales así como a los órganos de coordinación y de concertación local descritos en ella. Artículo 3º.- Facultades al Alcalde.- Encargar al señor Alcalde a efectos de que, mediante Decreto, dicte las disposiciones complementarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza para el buen funcionamiento de la organización municipal, y mediante Resolución, apruebe los Manuales de Organización y Funciones de la Alta Dirección y de las gerencias de asesoramiento, apoyo y de línea citados en el ROF. Artículo 4º.- Normas Derogadas.- Deróguense la Ordenanza Nº 107-MDS, modificada por la Primera, Segunda y Tercera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 148-MDS, así como cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo 5º.- Publicación y difusión.- Dispóngase la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, publicándose su Anexo en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munisurquillo .gob.pe. Artículo 6º.- Supervisión del cumplimiento de la norma.- Encargar a la Gerencia Municipal la debida difusión del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la presente Ordenanza para la supervisión de su cumplimiento estricto por las dependencias administrativas municipales. Artículo 7º.- Entrada en vigencia.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 08064 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C /G70/G61/G67/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G63/G75/G6F/G74/G61/G73/G20 /G64/G65/G20 /G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G36/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73 /G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G31/G36/G31/G79/G20/G31/G36/G36/G2D/G4D/G44/G53 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2006-MDS Surquillo, 2 de mayo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO: el Informe Nº 034-2006/GR-MDS del 2/05/ 2006, emitido por la Gerencia de Rentas mediante el cual solicita se prorrogue la fecha de vencimiento de la primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2006, los beneficios por pronto pago dispuestosmediante Ordenanza Nº 161-MDS, así como el beneficio tributario para el pago de arbitrios municipales de los años 2002, 2003, 2004, 2005 otorgado mediante Ordenanza Nº 166-MDS; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2006-MDS publicado el 23/04/2006 en el Diario Oficial El Peruano, se prorrogó hasta el 29 de abril del 2006 el pago al contado o el pago de la primera cuota en caso de pago fraccionado del Impuesto Predial correspondiente al año 2006, así como el pago del primer bimestre de los Arbitrios Municipales 2006 aprobados por la Ordenanza Nº 158-MDS, quedando automáticamente prorrogados hasta dicha fecha los beneficios contenidos en la Ordenanza Nº 161-MDS; Que, de otro lado, mediante Ordenanza Nº 166-MDS publicado con fecha 23/04/2006 en el Diario Oficial El Peruano se aprueba un beneficio tributario para el pago de los arbitrios municipales de los años 2002, 2003, 2004 y 2005 teniendo como período de vigencia hasta el 30/04/2006, conforme al artículo 2º de la misma Ordenanza, siendo factible su prórroga a través de Decreto, conforme a su Primera Disposición Transitoria y Final; Que, asimismo, conforme al artículo 15º de la Ordenanza Nº 158-MDS ratificada por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 426 que regula el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de la Municipalidad de Surquillo para el Ejercicio Fiscal 2006, el 28 de abril de 2006 ha vencido la obligación de pago de los citados arbitrios correspondiente al segundo bimestre, pudiendo esta fecha también ser extendida por Decreto de Alcaldía conforme a la Primera Disposición Complementaria y Final de la misma norma; Que, en atención a las disposiciones antes citadas, resulta conveniente atender el informe de vistos, en aras de brindar las mayores las mayores facilidades a los contribuyentes vecinos de Surquillo en el pago de sus obligaciones tributarias y el acogimiento a los beneficios aprobados, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15º y la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 158-MDS, así como las Primeras Disposiciones Transitorias y Finales de las Ordenanzas Nºs. 161-MDS y 166-MDS; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: PRÓRROGA DE FECHAS DE VENCIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: ARBITRIOS MUNICIPALES 2006 Y DE BENEFICIOS APROBADOS POR ORDENANZAS Nº 161-MDS Y Nº 166-MDS Artículo 1º.- Prórroga de Obligaciones Tributarias: Año 2006.- PRORRÓGUESE hasta el 15 de mayo del 2006 la fecha de vencimiento del Primer y Segundo Bimestre de los Arbitrios Municipales del año 2006 aprobados por la Ordenanza Nº 158-MDS, quedando automáticamente prorrogados hasta dicha fecha los beneficios contenidos en la Ordenanza Nº 161-MDS. Artículo 2º.- Prórroga de Beneficios Tributarios: Ordenanza Nº 166-MDS.- PRORRÓGUESE hasta el 15 de mayo del 2006 la fecha de vencimiento de los beneficios para el pago de los Arbitrios Municipales de los años 2002, 2003, 2004 y 2005 establecidos en la Ordenanza Nº 166-MDS. Artículo 3º.- Órgano Ejecutor: ENCÁRGUESE a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto así como su adecuada difusión hacia los contribuyentes del distrito. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 08062