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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G32/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de mayo de 2006 - Que, es necesario contar con un Lema, que identifique nuestra correspondencia interna y externa, a la vez que forme parte de nuestro logotipo institucional. Estando a lo acordado por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria, realizada el 21 de marzo del año 2006; VISTO y debatido el DICTAMEN Nº 004-2006-CRDS-RECAJ, evacuado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC; con el voto mayoritario, el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- DENOMINAR a la Región Cajamarca con el lema: “CAPITAL HISTÓRICA Y TURÍSTICA DEL NORTE DEL PERÚ”. Segundo.- DISPONER al Órgano Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, ejecute las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 08092 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2006-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO:- Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001-2006- GRCAJ-CR, de fecha 17 de enero del año 2006, se aprueba la Modificación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones R.O.F. del Gobierno Regional de Cajamarca. - Que, el Gobierno Regional de Cajamarca por su extensión geográfica y número de habitantes, requiere de una mejor implementación en su organización administrativa, que le permita cumplir con sus objetivos y metas, en coherencia con su Plan de Desarrollo Regional. - Que, mediante Informe Nº 010-2006-GR.CAJ- GRPPAT/SGDI, evacuado por el Subgerente de Desarrollo Institucional, en atención al requerimiento formulado por el Director Regional de Control Institucional recomienda se incluya dentro del Cuadro para Asignación de Personal a los siguientes cargos: Director de Sistema Administrativo II e Ingeniero IV, en la Dirección Regional de Control Institucional; en la condición de previstos, en tanto esta acción no implica incremento o variación del Presupuesto Analítico de Personal - P.A.P. de la Institución. - Que, la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales Nº 27867, establece en su Artículo 9º Literal a) comocompetencia de los Gobiernos Regionales: “Aprobar su Organización interna y presupuesto”. - Que, el Artículo 15º, Literal a) de la Ley citada en el párrafo anterior, establece como atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria, realizada el 21 de marzo del año 2006; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC, con el voto mayoritario el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- MODIFICAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL de la Sede del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2006-GR.CAJ-CR; incluyendo los cargos de DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II e INGENIERO IV dentro de la Dirección Regional de Control Institucional. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca, ejecute las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 08093 /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20 /G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20 /G61/G6C/G20 /G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G72/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G20/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G72/G20/G63/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G73/G73/G75/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G69/G64/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 011-2006-GR.CAJ-CR Cajamarca, 30 de marzo de 2006 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria, realizada el 21 de marzo del año 2006; VISTO y debatido el Oficio Nº 079- 2006-GR.CAJ-GRPPAT y actuados, remitidos por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, referente a delegar funciones al Presidente Regional para la realización de modificaciones presupuestarias; con el voto mayoritario del Pleno, con dispensa del Dictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO:- Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 15º, literal c) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, concordante con el Art. 16º, literal c) del Reglamento Interno del Consejo Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 001- 2003-CR/RC, es atribución del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo del Gobierno Regional Cajamarca, incluyendo el Programa de Inversiones, atribución que es extensiva para aprobar también sus modificatorias.