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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2006 (06/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 78

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G32/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de mayo de 2006 Que, el Artículo 21º del Texto Único acotado establece que se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo cual ha sucedido con el suministro de energía eléctrica; Que, el Tren Eléctrico se encuentra en proceso de Concesión en virtud al Acuerdo de Concejo Nº 212 de fecha 23.10.2003, cuya fecha de la Buena Pro se ha postergada, quedando pendiente la entrega de los activos de la AATE al concesionario que resulte ganador; Que, acorde al Informe Técnico de fecha 19.4.2006 de la Gerencia de Operaciones de la AATE, se hace presente los riesgos en las instalaciones por la falta de Energía Eléctrica como: la sustracción de componentes de la Línea de Transmisión de Alta Tensión al no estar energizada, reducción del aislamiento eléctrico de las máquinas eléctricas en general por acción de la humedad del medio ambiente entre otros, todo lo cual acarrea un costo de riesgo por la suma de US$ 8´111,619.00; Que, la situación descrita motiva que resulta procedente técnica y legalmente que se declare la exoneración del proceso de selección por la causal de Desabastecimiento Inminente, para así poder contar con el suministro de energía eléctrica; Que, el suministro de energía eléctrica consistirá en diversas acciones que representan un costo de S/.180,000.00 incluido el IGV, por un período de 3 meses, corresponde la exoneración de un proceso de Selección de Adjudicación Directa; Que, de acuerdo a los documentos del vistos, se ha cumplido con lo establecido por el Artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con la conformidad de la Gerencia General y las visaciones de la Gerencia de Operaciones, Gerencia de9.3.1.3 Militares 0.95% 30.40 39.23 77.49% 9.3.1.4 Divorciados 0.95% 30.40 39.23 77.49% 9.3.1.5 Viudos 0.95% 30.40 39.23 77.49% 9.3.1.6 Extranjeros 0.95% 30.40 39.23 77.49% 9.3.2 Ceremonia de matrimonio a) Local Municipal, Horario Laboral 6.25% 200.00 284.68 70.25% c) Fuera del local, día laborable, en el distrito 15.32% 490.24 535.23 91.59% e) Fuera del local, día sábado, en el distrito 19.35% 619.20 674.45 91.81% 9.3.3 Dispensa de publicación de edicto 0.32% 10.24 56.99 17.97% 9.3.4 Publicación del edicto de otro distrito 0.32% 10.24 11.72 87.37% 9.3.5 Retiro de pliego matrimonial 0.32% 10.24 26.81 38.19% 9.5 Inscripciones marginales y al dorso 9.5.3 Rectificación judicial 1.61% 51.52 55.84 92.26% 9.5.4 Rectificación notarial 1.61% 51.52 54.78 94.05% 9.5.5 Disolución matrimonial 1.61% 51.52 55.86 92.23% 9.7 Expedición de copias certificadas de acta de nacimiento, matrimonio y defunción, para 0.32% 10.24 11.49 89.12% uso en el país y en el extranjero 9.8 Constancia de no inscripción de nacimiento y matrimonio en los registros civiles de 0.65% 20.80 21.65 96.07% San isidro para uso en el país y en el extranjero MÓDULO 17. TRÁMITE DOCUMENTARIO UNIDAD DE TRÁMITE DOCUMENTARIO17.1 Expedición de constancias en trámite de expediente 0.65% 20.80 26.96 77.15% 17.2 Copias certificadas de documentos existentes en expedientes y en los archivos municipales 0.03% 0.96 17.11 5.61% 17.5 Préstamos de planos 0.16% 5.12 9.35 54.76% MÓDULO 19. CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO UNIDAD DE LOGÍSTICA19.1 Recurso de apelación a) Licitaciones públicas y concursos públicos 45.50% 1456.00 1471.36 98.96% c) Menor cuantía 13.75% 440.00 441.34 99.70% Fuente. Municipalidad Distrital de San Isidro Elaboración: SAT-Gerencia de Asuntos Legales 08132UIT = 3,200.00 Nº PROCEDIMIENTO DERECHO ( I ) COSTO ( C ) % COBERTURA % UIT S/. S/. (I / C) /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G54/G72/G65/G6E/G20/G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G6F AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL PROYECTO ESPECIAL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 050-2006-AATE/PE Lima, 4 de mayo de 2006VISTOS:Los Informes Técnico y Legal de fechas 19 y 25 de abril de 2006 elaborados por la Gerencia de Operaciones y la Oficina de Asesoría Legal respectivamente, y el Acuerdo de Directorio Nº 165-2006/303 de fecha 20 de abril de 2006; CONSIDERANDO:Que, por Decreto de Urgencia Nº058-2001 de fecha 30.5.2001, se transfiere la administración de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, por Ordenanza Nº 812 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15.9.2005, la AATE es un Órgano Descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, figurando en la estructura municipal; Que, el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, establece que están exoneradas de los procesos de selección las contrataciones que se realicen en situación de desabastecimiento inminente;