Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2006 (10/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES PROYECTO

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Que, se ha expedido el Informe Tecnico OSINERGGART/DGN-024-2006 de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG, que complementa la motivacion que sustenta la decision del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, Numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo informado por la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria con el documento OSINERG-GART/AL-060-2006; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27838 y a las facultades concedidas por el Reglamento General del OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM; RESUELVE: Articulo 1º.- Dispongase la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, del proyecto de Resolucion que fija los "Topes Maximos de Acometida y los cargos para su mantenimiento" aplicables al periodo 2005 ­ 2008, para la concesion de MORDAZA y Callao y la relacion de informacion que la sustenta; documentos que se adjuntan como anexos 1 y 2 de la presente resolucion. Articulo 2º.- El MORDAZA cronograma del MORDAZA regulatorio de fijacion de los Topes Maximos de Acometida y los Cargos para su mantenimiento, aplicables al periodo 2005-2008 para la Concesion de Distribucion de Gas Natural de MORDAZA y Callao, se adecuara a la fecha de publicacion de la presente resolucion. Para tal efecto, el OSINERG publicara en su pagina WEB, a mas tardar dos dias despues de la publicacion de la presente resolucion, el correspondiente cronograma actualizado, como anexo del Informe Tecnico OSINERG-GART/DGN 024-2006. Articulo 3º.- Los interesados podran presentar por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) ubicado en la Avenida Canada Nº 1460 San MORDAZA, MORDAZA, respecto de la publicacion a que se refiere el articulo primero, dentro de los 15 dias calendario contados desde la fecha de publicacion de la presente resolucion. Dichos comentarios tambien podran ser remitidos via fax al numero Nº 2240491, o a la siguiente direccion de correo electronico: normasgartdgn@osinerg.gob.pe, citando en el MORDAZA del mismo la palabra "Acometida". Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la recepcion y analisis de los comentarios que se presenten respecto al proyecto de resolucion, asi como la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo del OSINERG. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

71º 3 , 118º4 y 119º 5 del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 063-2005-EM, tiene el encargo de fijar los topes maximos de acometida y los cargos para su mantenimiento; Que, la MORDAZA "Procedimientos para la Fijacion de Precios Regulados", aprobada por el Consejo Directivo de OSINERG con Resolucion OSINERG Nº 0001-2003OS/CD, fue modificada mediante Resolucion OSINERG 185-2005-OS/CD publicada el dia 28 de MORDAZA del ano 2005, lo que trajo consigo la incorporacion a dicha MORDAZA, del Anexo I correspondiente al "Procedimiento para Fijacion de Topes Maximos de Acometida y los cargos para su Mantenimiento", el mismo que contiene los plazos para las diferentes etapas que deben llevarse a cabo, tales como la publicacion de la propuesta del concesionario, las audiencias publicas previstas, la MORDAZA de observaciones y su correspondiente absolucion, entre otros; Que, el OSINERG, recibio del Concesionario con carta GC.GNLC.04.105 del 23 de MORDAZA del 2004 y dentro del

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Articulo 3º. - Funciones.3.1 Dentro de sus respectivos ambitos de competencia, los Organismos Reguladores ejercen las siguientes funciones: ... b) Funcion reguladora: comprende la facultad de fijar las tarifas de los servicios bajo su ambito; ... Articulo 27º. ­ Organo Competente para ejercer la Funcion Reguladora.La funcion reguladora es de competencia exclusiva del Consejo Directivo de OSINERG y se ejerce a traves de Resoluciones. Articulo 52º. ­ Funciones del Consejo Directivo.- (.....) q) Fijar, revisar y modificar las tarifas y compensaciones por el servicio de transporte de hidrocarburos liquidos por ductos, de transporte de gas natural por ductos y por el servicio de distribucion de gas natural por red de ductos, de acuerdo a los criterios establecidos en las normas aplicables del subsector hidrocarburos. ... Articulo 71º.- La Acometida e Instalaciones Internas se rigen por los siguientes principios: a. "La Acometida para los Consumidores Regulados cuyo consumo sea inferior o igual a 300 m3/mes sera proporcionada e instalada por el Concesionario. Los cargos por la Acometida seran incluidos en la tarifa de Distribucion. El Consumidor Regulado cuyo consumo sea superior a 300 m3/mes, podra adquirir los componentes de la Acometida de cualquier proveedor; los cuales deberan tener homologacion internacional y cumplir las especificaciones tecnicas fijadas por el Concesionario. En este caso, la instalacion de la Acometida podra realizarla, a eleccion del Consumidor, el propio Concesionario o un Instalador de la categoria correspondiente debidamente registrado ante el OSINERG. .... Articulo 118º .- Los cargos de las Acometidas financiadas por el Concesionario para los Consumidores Regulados cuyo consumo sea superior a 300 m3/mes, seran asumidos por estos, dentro de los topes maximos establecidos por el OSINERG. Para tal efecto, el Concesionario presentara al OSINERG, una propuesta de topes maximos de Acometidas con el detalle de los componentes y de los costos de operacion requeridos, correspondientes a los tipos de Acometidas que el MORDAZA local requiera. La vigencia de la regulacion de topes maximos de Acometidas sera por cuatro (4) anos. Para los Consumidores Independientes, el cargo de la Acometida se establece previo acuerdo de estos con el Concesionario mediante negociacion directa y, a falta de acuerdo, cualquiera de las partes podra solicitar la dirimencia del OSINERG. El Concesionario tiene la obligacion de presentar y proponer anualmente al OSINERG LA regulacion de nuevos tipos de Acometidas, considerando aquellos adicionales que el MORDAZA MORDAZA demandado, a fin que el OSINERG establezca y apruebe los topes maximos de nuevas Acometidas. Articulo 119º .- El mantenimiento de la Acometida para los Consumidores Regulados cuyo consumo sea inferior o igual a 300 m3/mes, debera realizarse en periodos quinquenales por parte del Concesionario y los cargos se incluiran en la tarifa de Distribucion. Para el caso de las Acometidas de los Consumidores Regulados cuyo consumo sea superior a 300 m3/mes, el mantenimiento sera de cargo del Consumidor y debera realizarse por el Concesionario en periodos anuales y/o mensuales, de acuerdo con el Manual de Operacion y Mantenimiento al que se refiere el articulo 54º del Anexo 1 del presente Reglamento. Los costos de mantenimiento de la Acometida tienen un tope MORDAZA fijado por el OSINERG. Los Consumidores Independientes asumiran el costo del mantenimiento de la acometida, previo acuerdo con el Concesionario. A falta de acuerdo, cualquiera de las partes pueden solicitar la dirimencia del OSINERG.

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ANEXO 1 PROYECTO DE RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº XXX-2006-OS/CD
MORDAZA, xx de junio de 2006 VISTOS: La propuesta presentada por el concesionario de distribucion de gas natural por red de ductos, Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A (en adelante el Concesionario), el Informe Tecnico OSINERG ­GART/DGN Nº 0XX-2006 y el Informe emitido por la Asesoria Legal Nº OSINERGGART-2006-0XX, de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG. CONSIDERANDO: Que, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante "OSINERG") de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3º de la Ley Nº 273321 , Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en los Articulos 27º y 52º, literal q), de su Reglamento General2 aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y en los Articulos

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