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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G34/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de mayo de 2006 Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conductapara la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normasque figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución LegislativaNº 26407. Dicho Código viene siendo implementado porla Comisión a través del Sistema Peruano deNormalización, del cual forman parte el Reglamento deElaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas debenrealizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos deNormalización, la Comisión conformó los siguientesComités Técnicos de Normalización Permanentes: a)Leche y Productos Lácteos, b) Conductores eléctricos,c) Productos Naturales, d) Productos Agroindustriales, e) Espárragos f) Cacao y Chocolate, g) Carrocerías, h) Envase y Embalaje. Envases de Plásticos Flexiblesutilizados en Alimentos, de acuerdo a lo dispuesto en elReglamento de Comités Técnicos de Normalización antesseñalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Leche y Productos Lácteos, 2 PNTP, el 6 de diciembre del 2005. b) Conductores eléctricos, 1 PNTP, el 9 de diciembre del 2005. c) Productos Naturales, 1 PNTP, el 14 de diciembre del 2005. d) Productos Agroindustriales y Espárragos, 1 PNTP, el 16 de diciembre del 2005 e) Cacao y Chocolate, 2 PNTP, el 16 de diciembre del 2005. f) Carrocerías, 1 PNTP, el 16 de diciembre del 2005g) Envase y Embalaje. Envases de Plásticos Flexibles utilizados en Alimentos, 1 PNTP, el 16 de diciembre del2005. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración yAprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante elSistema Ordinario y sometidos a Discusión Pública porun período de sesenta días contados a partir del 17 defebrero del 2006; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de laevaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de laComisión recomendó su aprobación como NormasTécnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros,reunidos en su sesión de fecha 20 de abril del 2006. RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP 202.057:2006 LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Helados. Requisitos, 2ª Edición Reemplaza a la NTP 202.057:1975 NTP 202.085:2006 LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Definiciones y clasificación, 3ªEdiciónReemplaza a la NTP 202.085:1991 NTP 370.251:2006 CONDUCTORES ELÉCTRICOS. Alambres y cables de cobre paralíneas aéreas (desnudos yprotegidos) y puestas a tierra, 2ªEdición Reemplaza a la NTP 370.251:2003 NTP 011.350:2006 PRODUCTOS NATURALES. Yacón ( Smallanthus sonchifolius ).Definiciones, clasificación y requisitos.1ª Edición NTP 011.125:2006 Buenas prácticas agrícolas para el sector hortofrutícola.1ª Edición NTP 208.037:2006 PR ODUCTOS DE CACAO Y DERIVADOS. Determinación delcontenido de plomo.1ª Edición NTP 208.038:2006 PR ODUCTOS DE CACAO Y DERIVADOS. Determinación delcontenido de arsénico, selenio yzinc.1ª Edición NTP 383.070:2006 CARROZADO DE ÓMNIBUS. Destinados al servicio interprovincial e internacional de pasajeros.1ªEdición NTP 399.163-5:2006 ENV ASES Y ACCESORIOS PLÁSTI- COS EN CONTACTO CON ALIMEN- TOS. Parte 5: Colorantes y pigmentos para envases y accesorios plásticos,2ª EdiciónReemplaza a la NTP 399.163-5:2004 SEGUNDO.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 202.057:1975 HELADOS. Definiciones, clasificación y requisitos NTP 202.085:1991 LECHE Y DERIVADOS LÁCTEOS. Definiciones y clasificación NTP 370.251:2003 CONDUCTORES ELÉCTRICOS. Cables de cobre para líneas aéreas(desnudos o protegidos) y puesta a tierra NTP 399.163-5:2004 ENV ASES Y ACCESORIOS PLÁSTI- COS EN CONTACTO CON ALIMEN-TOS. Parte 5: colorantes y pigmentospara envases y accesorios plásticos. Con la intervención de los señores miembros: Fabián Novak, Augusto Ruiloba, Jorge Danós, Julio Paz Soldán,Aldo Bresani y Antonio Blanco. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de ReglamentosTécnicos y Comerciales 08252 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G4D/G61/G65/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65 /G41/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G63/G73/G61/G79/G77/G61/G6D/G61/G6E RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1451/INC Lima, 26 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú establece que el Patrimonio Cultural de la Naciónse encuentra protegido por el Estado; Que, la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece en su artículo 19º queel Instituto Nacional de Cultura es la entidad encargadade proteger y conservar el Patrimonio Cultural de laNación; Que, mediante Ley Nº 23765 se declara a la ciudad del Cusco, incluido el Parque Arqueológico de Sacsaywaman como Patrimonio Cultural de la Nación;