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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2006 (10/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 63

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G34/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de mayo de 2006 Que, mediante Ordenanza Nº 099-MDSM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de enero del 2006, seestablecen beneficios tributarios para miembros de lasfuerzas policiales que hayan adquirido sus inmuebles mediante el Fondo de Vivienda Policial- FOVIPOL en esta jurisdicción, señalando como plazo de vigencia sesentadías calendario a partir del día siguiente de su publicación; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 07-2006-MDSM se amplió por 30 días calendario la vigencia de laOrdenanza citada en el considerando precedente; Que, es política de la actual Gestión Municipal brindar las mayores facilidades de pago y de cumplimiento deobligaciones tributarias, a los vecinos del distritorepresentados en el personal policial propietarios depredios, por lo que se hace necesario prorrogar la fechade vencimiento del beneficio por treinta días más, plazo prudencial estimado en el cual serán atendidos todos estos referidos contribuyentes. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, así como la Segunda DisposiciónFinal de la Ordenanza Nº 099-MDSM; DECRETA Artículo Primero.- Amplíese por sesenta días calendario la vigencia de la Ordenanza Nº 099-MDSM,publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 21 de enero de 2006, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria el cumplimiento delpresente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 08330 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4A/G75/G72/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2006/MDSM San Miguel, 28 de abril de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el Informe Nº 063-2006-GRAT/MDSM, de fecha 27 de abril del presente año, emitido por la Gerenciade Rentas y Administración Tributaria, y el MemorandoNº 186-2006-GM/MDSM, de fecha 27 de abril del presente año, emitido por la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú - Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, tienenautonomía económica, política y administrativa en losasuntos de su competencia; Que, el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal establece que los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada del Impuesto Predial anualmente,el último día hábil del mes de febrero, salvo que el municipioestablezca una prórroga; Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan losprocedimientos necesarios para la correcta y eficienteadministración municipal y resuelven o regulan asuntosde orden general y de interés para el vecindario, que nosean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 10-2006/MDSM, se prorrogó el plazo para el pago del Impuesto Predial yArbitrios Municipales del año 2006 y la presentación de laDeclaración Jurada hasta el 29 de abril del año en curso;Que, siendo política de esta Administración brindar las mayores facilidades a los vecinos del distrito, sehace necesario prorrogar la fecha de vencimiento de lapresentación de la declaración jurada del Impuesto Predial, a fin que éstos puedan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales; y, Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Artículo 20º de la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 31 de mayo de 2006, el plazo para la presentación de la DeclaraciónJurada del Impuesto Predial del año 2006. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 08331 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0158-2006-ALC-MDSA Santa Anita, 3 de abril del 2006 VISTO; El Memorándum Nº 327-2006-GA/MDSA, de la Gerencia de Administración y el Contrato de ServiciosPersonales suscrito entre la Municipalidad Distrital deSanta Anita y el abogado Ciro Alexander Rojas Guevara; y, CONSIDERANDO.Que, por Resolución de Alcaldía Nº 0115-2006-ALC/ MDSA se designó a los Miembros de la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Méritos Nº 002- 2006/MDSA para la contratación de un Ejecutor Coactivo. Que, por Memorándum Nº 006-2006-CECPM/MDSA de fecha 31 de marzo de 2006, la Comisión Evaluadora dedicho concurso, informa el resultado del concurso público,dando como ganador al Sr. Rojas Guevara Ciro Alexander. Que, mediante Memorándum Nº 327-2006-GA/MDSA de fecha 3 de abril del presente, la Gerencia de Administracióninforma que habiéndose suscrito el Contrato de ServiciosPersonales entre la Municipalidad Distrital de Santa Anita y elabogado Ciro Alexander Rojas Guevara, se debe procedera su designación en el Cargo de Ejecutor Coactivo así como aprobar el Contrato; Que, de acuerdo al Artículo 1º de la Ley Nº 27204 publicada el 26 de noviembre de 1999, se precisa que elEjecutor Coactivo y el Auxiliar Coactivo, son funcionariosnombrados o contratados, y su designación, en los términosseñalados, no implica que dichos cargos sean de confianza; Que, con el visto bueno de la Gerencia Rentas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y Gerenciade Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidaspor la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a don CIRO ALEXANDER ROJAS GUEVARA en el cargo deEJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital deSanta Anita, bajo la modalidad de contratado por Servicio Personales, en consecuencia, APROBAR el “Contrato de Servicios Personales”, celebrado entre la MunicipalidadDistrital de Santa Anita y don Ciro Alexander RojasGuevara, bajo los términos y condiciones que se estipulanen el referido Contrato, el mismo que está conformadode Doce Cláusulas, y forma parte integrante de la presente Resolución.