Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2006 (10/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2006

Articulo Segundo.- DISPONER que el egreso que origine el cumplimiento del citado contrato y que se aprueba por la presente Resolucion, se afecte a la Funcion Especifica de Gastos 5.1.11.10, 5.1.11.11, 5.1.11.13, 5.1.11.18; Funcion 03, Programa 003, Subprograma 0006, Actividad 100704, del Presupuesto Institucional Vigente. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion; asi como la Subgerencia de Personal, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08243

Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/116, comunica que el "Acuerdo de Cooperacion para la Conservacion y Uso Sostenible de la MORDAZA y Fauna Silvestres de los Territorios Amazonicos de la Republica del Peru y de la Republica Federativa del Brasil", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el 25 de agosto de 2003, ratificado mediante Decreto Supremo Nº 112-2003RE, de 10 de octubre de 2003, publicado el 13 del mismo mes. Texto anexo al Decreto Supremo fue publicado el 14 de octubre de 2003. Entro en vigencia el 3 de MORDAZA de 2006. 08260

PROVINCIAS
CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia del "Acuerdo de Cooperacion Tecnica en el Area de Turismo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/115, comunica que el "Acuerdo de Cooperacion Tecnica en el Area de Turismo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil", suscrito en la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, el 6 de diciembre de 2002, ratificado mediante Decreto Supremo Nº 042-2003-RE, de 19 de marzo de 2003, publicado al igual que el texto del Acuerdo, el 29 de marzo de 2003. Entro en vigencia el 3 de MORDAZA de 2006. 08263

Entrada en vigencia del "Acuerdo de Cooperacion para la Conservacion y Uso Sostenible de la MORDAZA y Fauna Silvestres de los Territorios Amazonicos de la Republica del Peru y de la Republica Federativa del Brasil"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante

PROYECTO OSINERG
Proyecto de Resolucion que fija los "Topes Maximos de Acometida y los cargos para su mantenimiento" aplicables al periodo 2005 - 2008, para la concesion de MORDAZA y Callao
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 201-2006-OS/CD
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 118º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM, corresponde al OSINERG fijar los Topes Maximos de Acometidas y los cargos para su mantenimiento siguiendo el procedimiento previsto en el Anexo I de la MORDAZA "Procedimiento para Fijacion de Precios Regulados", aprobada por el Consejo Directivo del OSINERG mediante Resolucion Nº 00012003-OS/CD. modificada por la Resolucion OSINERG Nº 185-2005-OS/CD; Que, oportunamente, y como parte del MORDAZA para la fijacion de los Topes Maximos de Acometida y los Cargos para su mantenimiento, aplicables al periodo 2005-2008 para la Concesion de Distribucion de Gas Natural de MORDAZA y Callao, el OSINERG llevo a cabo el "Procedimiento para la Fijacion de los Topes Maximos de Acometida y los Cargos para su Mantenimiento", habiendo inclusive procedido a la publicacion de la resolucion regulatoria correspondiente, mediante Resolucion OSINERG Nº 447-2005-OS/CD de fecha 20 de diciembre de 2005, la misma que fue publicada en el diario oficial el Peruano el dia 03 de enero del 2006; Que, de otro lado, el 28 de diciembre del 2005, se publico el Decreto Supremo Nº 063-2005-EM, en el cual se dictaron normas para promover el consumo masivo del gas natural, y se aprobaron modificaciones al Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado con Decreto Supremo Nº 042-99-EM, el cual contiene normas que modifican, afectan y alteran algunos de los aspectos tratados en la Resolucion OSINERG Nº 447-2005-OS/CD; Que, en tal sentido y despues de efectuar el analisis legal respectivo, con Resolucion OSINERG Nº 0862006-OS/CD del 06 de marzo del 2006, se declaro sin efecto la Resolucion Nº 447-2005-OS/CD, procediendose a retrotraer el procedimiento regulatorio a la etapa establecida en el literal g) del Anexo I del Procedimiento, suspendiendose el mismo por un plazo de dos (2) meses contados a partir del 10 de marzo, fecha de publicacion de la referida Resolucion Nº 0862006-OS/CD, con el fin de que la administracion cuente con el plazo suficiente para introducir las modificaciones originadas por el Decreto Supremo Nº 063-2005-EM, MORDAZA mencionado; Que, habiendose cumplido con introducir los cambios senalados, corresponde al OSINERG, efectuar una nueva publicacion del proyecto de Resolucion que fije los topes maximos de acometida y cargos para su mantenimiento, asi como la informacion que contiene los costos de los componentes que la sustenta, a fin de que los interesados puedan alcanzar sus opiniones y sugerencias, tal como lo prescribe el literal i) del Procedimiento a que se refiere el Anexo I de la Resolucion OSINERG Nº 001-2003-OS/CD;

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