Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2006 (10/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, la implementacion de un plan maestro para el MORDAZA Arqueologico de Sacsaywaman permitira accionar los mecanismos adecuados para el resguardo y la recuperacion de sus valores culturales y patrimoniales; Que, la Direccion de Arqueologia mediante Informe Nº 280-2005-INC/DREPH/DA-D, ha emitido opinion favorable sobre la aprobacion del Plan Maestro del MORDAZA Arqueologico de Sacsaywaman; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, la Direccion de Arqueologia y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion y en el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Maestro del MORDAZA Arqueologico de Sacsaywaman, como instrumento tecnico normativo para la gestion integral del mismo, que orientara el desarrollo de las actividades que se ejecuten dentro del ambito del MORDAZA Arqueologico de Sacsaywaman. Articulo Segundo.- El Plan Maestro del MORDAZA Arqueologico de Sacsaywaman podra incorporar aportes y propuestas tecnicas que beneficien su conservacion y preservacion, los mismos que seran recibidos por la Direccion Nacional en un plazo de 60 dias, contados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 08235

OSIPTEL
Amplian plazo para recibir comentarios al Proyecto de "Normas Complementarias sobre servicios especiales de interoperabilidad en las redes del servicio de telefonia fija y de los servicios moviles
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 051-2006-PD/OSIPTEL
MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 MATERIA Ampliacion de plazo para recibir comentarios al Proyecto de Normas Complementarias sobre Servicios Especiales de Interoperabilidad VISTOS: (i) La carta GGR-107-A-281-IN/06 recibida el 4 de MORDAZA de 2006, mediante la cual la empresa Telefonica del Peru S.A.A. solicita un plazo adicional de veinte (20) dias habiles para la entrega de sus comentarios al Proyecto normativo cuya publicacion fue dispuesta por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 021-2006-CD/OSIPTEL, y (ii) La carta TM-925-A-21106 recibida el 4 de MORDAZA de 2006 mediante la cual la empresa Telefonica Moviles S.A.C. solicita un plazo adicional de treinta (30) dias calendario para la entrega de los comentarios solicitados al referido proyecto normativo; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 062-2003-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de noviembre de 2003, se establece la obligacion de los operadores de los servicios de telefonia fija local, en la modalidad de abonados y telefonos publicos, de reconocer y habilitar los codigos de los servicios especiales con interoperabilidad de los otros operadores de servicios publicos de telefonia fija local, en la modalidad de abonados y/o telefonos publicos, y/o de los servicios moviles definidos como tales en el Reglamento de los Servicios Publicos Moviles;

Que la Resolucion de Consejo Directivo Nº 025-2004CD/OSIPTEL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de marzo de 2004, complemento el Decreto Supremo Nº 062-2003-MTC, estableciendo las "Normas Complementarias sobre los servicios especiales con interoperabilidad" para los escenarios de comunicaciones en donde la llamada se origina en la red de telefonia fija local; Que mediante Decreto Supremo Nº 039-2004-MTC publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de diciembre de 2004, se amplio el alcance de la interoperabilidad al MORDAZA de los servicios moviles, estableciendose que los operadores de servicios moviles tambien estan obligados a reconocer y habilitar los codigos de los servicios especiales con interoperabilidad de los otros operadores de servicios publicos de telefonia fija local, en la modalidad de abonados y/o telefonos publicos, y/o de los servicios moviles definidos como tales en el Reglamento de los Servicios Publicos Moviles; Que mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 021-2006-CD/OSIPTEL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de MORDAZA de 2006 se dispuso la publicacion del proyecto de las Normas Complementarias sobre servicios especiales de interoperabilidad en las redes del servicio de telefonia fija y de los servicios moviles, y se establecio un plazo de treinta (30) dias calendario contados a partir de la fecha de publicacion de la resolucion, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios respecto del proyecto de MORDAZA, el mismo que se vence el dia 5 de MORDAZA de 2006; Que algunas empresas concesionarias han presentado una solicitud de ampliacion del plazo para enviar sus comentarios respecto del proyecto de MORDAZA emitido mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 021-2006-CD/OSIPTEL, debido a la cantidad de escenarios de interoperabilidad propuestos y a la complejidad de los mismos; Que dada la importancia y el impacto de la propuesta regulatoria de interoperabilidad emitida por este organismo, resulta conveniente contar con los comentarios de los agentes involucrados en la implementacion de la misma; Que en ese sentido, se considera necesario prorrogar el plazo para la recepcion de comentarios dispuesto en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 021-2006-CD/ OSIPTEL; Que el inciso j) del articulo 86º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM establece que en el caso que no sea posible reunir al Consejo Directivo para sesionar validamente, el Presidente esta facultado para adoptar medidas de emergencia sobre asuntos que corresponda conocer al Consejo Directivo, dando a conocer de la adopcion de dichas medidas en la sesion mas proxima del Consejo Directivo; Que, dado el proximo vencimiento del plazo para presentar comentarios y a que no es posible reunir al Consejo Directivo para sesionar validamente, esta Presidencia, conforme a las facultades contenidas en el citado inciso j) del articulo 86º del Reglamento General de OSIPTEL, emite la presente resolucion, con cargo de dar cuenta de la misma al Consejo Directivo en su proxima sesion; En aplicacion de las atribuciones que corresponden a esta Presidencia en virtud de lo establecido en el inciso j) del articulo 86º; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar el plazo MORDAZA para la MORDAZA de comentarios al Proyecto de "Normas Complementarias sobre servicios especiales de interoperabilidad en las redes del servicio de telefonia fija y de los servicios moviles", cuya publicacion fue dispuesta por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 021-2006-CD/ OSIPTEL, hasta el dia 19 de MORDAZA de 2006. Articulo 2º.- Disponer que la presente Resolucion sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional de OSIPTEL. Registrese, comuniquese y publiquese; MORDAZA SAN MORDAZA ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 08265

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