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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2006 (13/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 112

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G37/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de mayo de 2006 Estudiantes, aprobados por Resolución de Consejo Universitario Nº 159-2003-CU; Que, el Estudiante RICARDO FELIX HUASASQUICHE ENCISO ha cumplido con presentarsu descargo por escrito, en el ejercicio del derecho de defensa; indicando que fue sorprendido por una persona, quien le pidió la suma de S/. 500.00 (Quinientos y 00/100Nuevos Soles), señalándole que así ingresaría a la Universidad, no pudiendo identificar a dicha persona, a quien sólo vio dos veces; reconociendo su error ypidiendo por ello las disculpas del caso; Que, por su parte el Estudiante JOSE EDUARDO HUARANGA LAZARO ha cumplido con presentar sudescargo por escrito, en el ejercicio del derecho de defensa; indicando que igualmente que una persona se le acercó para hacerle la misma proposición, no pudiendotampoco identificarlo, declarando haber sido sorprendido y solicitando al mismo tiempo las excusas por dicha irregularidad; Que, estando a lo expresado por los alumnos procesados en sus respectivos descargos y en la propia absolución de preguntas formulada por los Miembrosdel Tribunal de Honor, debe señalarse que, no han enervado las imputaciones, subsistiendo entonces en estos extremos los cargos en su contra, por lo que espertinente dictar una sanción, aunque atendiendo a la naturaleza de la infracción, resulta pertinente la de SEPARACIÓN DEFINITIVA; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Reglamento de ProcesosAdministrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes aprobado por Resolución de Consejo Universitario Nº 159-2003-CU; SE RESUELVE: 1º.- SANCIONAR con SEPARACIÓN DEFINITIVA de la Universidad Nacional del Callao, a los Estudiantes RICARDO FELIX HUASASQUICHE ENCISO de laFacultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas con Código Nº 010624-H, JOSE EDUARDO HUARANGA LAZARO de la Facultad de Ingeniería Eléctrica yElectrónica con Código Nº 010531-J y HENRRY GUZMÁN TEJADA de la Facultad de Ingeniería Eléctrica y Electrónica con Código Nº 010519-J de esta CasaSuperior de Estudios; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, sin perjuicio de la responsabilidad penal. 2º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución al Señor Rector, Consejo Universitario, y las Dependencias pertinentes, para conocimiento y fines que corresponde. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ALEJANDRO DANILO AMAYA CHAPA Presidente Tribunal de Honor 2005-2006 GUIDO MERMA MOLINA Secretario Tribunal de Honor 2005-2006 08532 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INDEPA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G79/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G65/G6C/G70/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G44/G45/G50/G41 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 018-2006-INDEPA-PE Lima, 4 de mayo de 2006 Visto, el Memorando Nº 46-2006-INDEPA/ADM y siendo un imperativo legal; es necesario designar a los funcionarios responsables de la difusión por Internet dela información de la Entidad dentro de las normativas de Transparencia y Acceso a la Información Pública. CONSIDERANDO:Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública, modificado por Ley Nº 27927 y por lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece quela Ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información pública,consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificado por Ley Nº 27927 establece entre otros, que todas las disposicionesde las entidades comprendidas en la Ley Nº 27806 están sometidas al principio de publicidad, que el Estado adoptará medidas básicas que garanticen ypromuevan la transparencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública y que dichas entidades tienen la obligación de entregar lainformación que demanden las personas, en aplicación del principio de publicidad, del mismo modo la entidad pública designará al funcionarioresponsable de entregar la información solicitada; Que, el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, modificado por Ley Nº 27927, señalaque las Entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente, de acuerdo a su presupuesto la difusión a través de Internet de lainformación correspondiente a Datos Generales de la Entidad de la Administración Pública, la Información Presupuestal, las adquisiciones de Bienes y Serviciosque realicen, Actividades Oficiales que desarrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad y demás información adicional que la entidadconsidere pertinente, asimismo deberá identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, es necesario designar al funcionario responsable de entregar la información pública solicitada; así como al funcionario responsable de laelaboración del portal de Internet del Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 modificado por Ley Nº 27527 - Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública, reglamentado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 28495,de creación del Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA, reglamentada por Decreto Supremo Nº 065-2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al señor Oscar Camacho Guerrero, como funcionario responsable de entregar laInformación Pública solicitada; y, al señor Cesar Echegaray Guzmán como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Internet, delInstituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA. Artículo 2º.- Los responsables de la Dirección General de Biodiversidad, Conocimientos Colectivos y Territorio, del Órgano de Control Institucional, de la Dirección General de Administración, de la DirecciónGeneral de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Asesoría Jurídica y todos aquellos funcionarios de cargo equivalente, serán responsables de entregar lainformación de acceso público a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su modificatoria, y su reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 072-2003-PCM, en lo que se refiere a la información producida por las Unidades Orgánicas del Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos,Amazónicos y Afroperuano - INDEPA. Artículo 3º.- La Oficina de Trámite Documentario del Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos,