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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G31/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de mayo de 2006 Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº 672-2006-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, para que en representación y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Especial Nº 001- 2004-PATPAL/OCI “Ex Presidente del Patronato del Parque de Las Leyendas percibió Pago de Honorarios Profesionales irregularmente inobservando las normas que rigen al respecto en el Período de Enero de 2003 a Enero de 2004” y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 08894 PRODUCE /G52/G65/G73/G75/G65/G6C/G76/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G72/G69/G67/G6F/G72/GED/G66/G69/G63/G6F/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G41/G72/G74/G65/G73/G61/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G65/G72/G74/G6F/G20/G4D/G61/G6C/G64/G6F/G6E/G61/G64/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 131-2006-PRODUCE Lima, 16 de mayo del 2006Visto el Informe Nº 001-2006-PRODUCE/DNPA del 04 de enero de 2006, de la Dirección Nacional de Pesca Artesanal, hoy Dirección General de Pesca Artesanal, y el Oficio Nº 516-2006-FONDEPES/GG del 2 de mayo de 2006 del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; CONSIDERANDO:Que, con fecha 1º de julio de 2005 se suscribió el Convenio de Cesión para la Administración y Uso del Frigorífico Pesquero Artesanal de Puerto Maldonado, con la finalidad de promover el desarrollo sostenido de las actividades pesqueras artesanales, así como elevar el nivel socioeconómico de la Comunidad Pesquera Artesanal; Que, en el Informe Nº 001-2006-PRODUCE/DNPA, la Dirección Nacional de Pesca Artesanal, hoy Dirección General de Pesca Artesanal, indica que en acción de supervisión, control y asesoramiento realizada sobre la gestión administrativa del Frigorífico Pesquero artesanal de Puerto Maldonado, se han detectado cobros indebidos en beneficio de la asociación de Pescadores de la Provincia de Tambopata, con lo que se ha venido mermando desde meses atrás los ingresos del Frigorífico Pesquero, por lo que recomienda que la Dirección Regional de Producción de Madre de Dios asuma temporalmente su administración; Que, en el Informe Técnico del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, alcanzado con Oficio Nº 516-2006-FONDEPES/GG se señala que se ha incumplido la cláusula tercera del el Convenio de Cesiónpara la Administración y Uso del Frigorífico Pesquero Artesanal de Puerto Maldonado; Que, la cláusula octava del referido Convenio establece que el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las Cláusulas Tercera y Sexta, y demás disposiciones complementarias, será causal de resolución del Convenio, las que serán invocadas, debidamente sustentadas, tanto por el PRODUCE como por el FONDEPES; En uso de las atribuciones conferidas por el literal j) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006- PRODUCE; Con el visado del Viceministro de Pesquería y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Resolver el Convenio de Cesión para la Administración del Frigorífico Pesquero Artesanal de Puerto Maldonado, celebrado entre el Ministerio de la Producción, FONDEPES y la Asociación de Pescadores de la Provincia de Tambopata. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de la Producción de Madre de Dios, la Administración Temporal del Frigorífico Pesquero Artesanal de Puerto Maldonado, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID LEMOR BEZDÍN Ministro de la Producción 08913 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G6D/G6F/G64/G65/G72/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G65/G6D/G62/G61/G72/G63/G61/G64/G65/G72/G6F /G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G41/G72/G74/G65/G73/G61/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G54/G61/G6C/G61/G72/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 133-2006-PRODUCE Lima, 16 de mayo de 2006 Visto, el Informe Técnico Nº 0008- 2006-PRODUCE/ OGDPE-Octai, de fecha 28 de abril de 2006. CONSIDERANDO: Que, mediante los Oficios Nºs. 1391 y 1392-2004- PRODUCE/DVM-PE de fecha 28 de octubre de 2004, el Ministerio de la Producción presentó a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y a la Embajada de Japón en el Perú las propuestas de proyectos para ser financiados por la Cooperación del Gobierno del Japón; Que, por Resolución Ministerial Nº 186-2005- PRODUCE del 13 de julio 2005, se aprueba la Minuta de Discusión sobre el Diseño Básico para el Proyecto: “Ampliación y Modernización del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara”; Que, el 14 de julio de 2005 se suscribe la Minuta de Discusión sobre el Diseño Básico para el Proyecto :“Ampliación y Modernización del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara” entre el Viceministro de Pesquería y el Jefe de Misión de la Agencia de Cooperación Internacional de Japón; Que, el 15 de noviembre de 2005 se suscribe la Minuta de Discusión sobre el Informe Preliminar del Estudio de Diseño Básico del Proyecto: “Ampliación y Modernización del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara” entre el Ministro de la Producción y el Jefe de Misión de la Agencia de Cooperación Internacional de Japón; Que, el 3 de abril de 2006 se suscribe las Notas Nºs. 0-1 A/057/2006 y APCI (DE) 6-18/011, de la Embajada del Japón y del Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, Notas Reversales entre el Gobierno del Perú y el Gobierno del Japón para la ejecución del Proyecto: “Ampliación y Modernización del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara – Provincia Talara – Región Piura”;