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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G31/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de mayo de 2006 señores Julio Chan Sánchez y Gustavo Bedoya Robinson, profesionales que prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior; De conformidad con las Leyes Nºs. 27790, 27619 y 28652 modificada por el Decreto de Urgencia Nº 002- 2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Ho Chi Minh, República Socialista de Viet Nam, de los señores Julio Chan Sánchez y Gustavo Bedoya Robinson, profesionales que prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, del 21 de mayo al 3 de junio de 2006, para que en representación del MINCETUR, participen en las Reuniones mencionadas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 3 010,00 x 2) : US$ 6 020,00 Viáticos (US$ 260,00 x 15 días x 2): US$ 7 800,00 Tarifa CÓRPAC (US$ 30,25 x 2) : US$ 60,50 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución deberá presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; así mismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 08171 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G4F/G4E/G41/G53/G45/G56/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G50/G6F/G70/G75/G6C/G61/G72/G20/G43/G68/G69/G6E/G61/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2006-EF Lima, 17 de mayo de 2006 Visto el Oficio Nº 2067-2006-EF/94.20 de 9 de mayo de 2006 de la Secretaria de Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO:Que, del 5 al 8 de junio de 2006 se desarrollará en la ciudad de Hong Kong, República Popular China, la 31º Conferencia Anual de la Organización Internacional de Comisiones de Valores - (OICV-IOSCO); Que, el mencionado evento reunirá a los reguladores financieros y a la industria bursátil del mundo con el objeto de intercambiar opiniones sobre temas que son de mutuo interés, de esta manera la Conferencia Anual es una oportunidad para discutir temas vitales a los que se enfrentan las comisiones de valores en su tarea de supervisar y regular los mercados de valores; Que, es de vital importancia la asistencia de CONASEV en dicho evento, ya que se tratarán temas que ayudarán a los reguladores en su función de supervisar y regular el mercado de valores, por lo quese considera necesaria la participación en dicho evento de la Presidente de CONASEV; Que, en consecuencia, y a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de CONASEV, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al Presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, modificada por Decreto de Urgencia Nº 006-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la doctora Lilian Rocca Carbajal, Presidente de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, a la ciudad de Hong Kong, República Popular China, del 3 al 9 de junio de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, será con cargo al Presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 232,13 Viáticos : US$ 1 560,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 3 0,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje la referida funcionaria deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica de DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 08949 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G62/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65 /G72/G69/G65/G73/G67/G6F/G20/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G64/G61/G20/G22/G43/G72/G6F/G73/G73 /G43/G75/G72/G72/G65/G6E/G63/G79/G20/G53/G77/G61/G70/G20/G45/G78/G74/G69/G6E/G67/G75/G69/G62/G6C/G65/G22/G20/G63/G6F/G6E/G20/G43/G72/G65/G64/G69/G74 /G53/G75/G69/G73/G73/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G74/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 259-2006-EF/75 Lima, 19 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, el artículo 36.1º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional del Endeudamiento, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, a realizar operaciones de administración de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de mercado, lo que en términos de la propia ley incluye a las operaciones de cobertura de riesgos; Que, asimismo, el artículo 37.2º de la referida ley, establece que los contratos marco de las operaciones