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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G31/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de mayo de 2006 cautelar, a la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, para que dentro del plazo de tres (3) días, expida el permiso de pesca a que se refiere la Resolución Viceministerial Nº 020-2004-PRODUCE/DVM-PE, a favor de la embarcación pesquera "DON ABELARDO" de matrícula CO-4537-PM de propiedad del demandante (Sr. NOVOA PORRAS); hasta que se resuelva el proceso principal, debiendo cumplir con los requisitos que establece el TUPA de la Administración; bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad penal, civil o administrativa al Director de Extracción, en caso de incumplimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Que el artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial el cual establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala, asimismo que ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominación, fuera de la organización jerárquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el órgano jurisdiccional, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecución, ni cortar procedimientos en trámite, bajo la responsabilidad política, administrativa, civil y penal que la ley determine en cada caso; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 099- 2006-PRODUCE/DNEPP-Dchi y la opinión favorable del área legal de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero; SE RESUELVE:Artículo 1º.- En estricto cumplimiento de la Medida Cautelar temporal sobre el fondo, emitido por el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia del Santa, a través de la Resolución Nº 1 de fecha 24 de agosto del 2005, seguido en el expediente Nº 2005-1476, otorgar a favor del señor SEBASTIAN MARTIN NOVOA PORRAS, permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "DON ABELARDO" de matrícula CO-4537- PM con 111.36 m3 de volumen de bodega, en la extracción del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto; utilizando para ello redes de cerco con tamaño mínimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); como consecuencia del Contrato de Asociación y Participación suscrita con Pesquera Olimpo S.R.L. y en virtud al derecho de incremento de flota otorgado por Resolución Viceministerial Nº 020-2004- PRODUCE/DVM-PE. Artículo 2º.- Incorporar la presente resolución en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003- PRODUCE; así como en el anexo III del listado de embarcaciones publicada por Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Artículo 3º.- Excluir la Resolución Viceministerial Nº 020-2004-PRODUCE/DVM-PE del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Artículo 4º.- El derecho administrativo concedido por la presente Resolución quedará sin efecto en el caso que el Poder Judicial, como consecuencia de la revocación de la medida cautelar lo ordene con sentencia firme y desfavorable al titular del derecho indicado. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia y Oficina de Procuraduría Pública del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y al Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia del Santa, debiendo consignarse en el portal de la página web del Ministerio de la Producción www.produce.gob.peRegístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 08921 RELACIONES EXTERIORES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C /G73/G65/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/GF3/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G6F /G64/G65/G20/G61/G70/G6F/G79/G61/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G50/G72/G6F/G74/G6F/G63/G6F/G6C/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G65/G72/G65/G6D/G6F/G6E/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G6E/G64/G6F/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0552-2006-RE Lima, 17 de mayo de 2006 CONSIDERANDO:Que la Resolución Ministerial Nº 0543/RE-2006 del 5 de mayo de 2006 designó al Consejo Asesor encargado de prestar apoyo a la Dirección Nacional de Protocolo en la organización y coordinación de los preparativos de la ceremonia de transmisión de mando presidencial del Perú, a realizarse el próximo 28 de julio; Que, por la importancia del referido evento, es necesario efectuar algunas precisiones sobre los integrantes del Consejo Asesor con el fin de optimizar la eficiencia en la organización de las actividades protocolares vinculadas a la ceremonia de transmisión de mando presidencial; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y los artículos 60º y 63º del Decreto Supremo Nº 130-2003, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modifíquese la Resolución Ministerial Nº 0543/RE-2006 del 5 de mayo de 2006 en los siguientes términos: "Artículo Primero.- Designar al Consejo Asesor encargado de prestar apoyo a la Dirección Nacional de Protocolo en la organización y coordinación de los preparativos de la ceremonia de transmisión de mando presidencial del Perú, el cual estará compuesto de la siguiente manera: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Jaime Ricardo Cacho-Sousa Castro, quien lo presidirá; - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Enrique Armando Román Morey; - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Alfonso Gustavo Teixeira Giraldo, quien se desempeñará como Secretario Ejecutivo. Artículo Segundo.- El Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Vicente Alejandro Azula de la Guerra, se desempeñará como Coordinador General. Artículo Tercero.- El Ministerio de Relaciones Exteriores brindará las facilidades logísticas que requiera el citado Consejo Asesor para su debido funcionamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 08926