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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G31/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de mayo de 2006 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa ALEXANDRA S.A.C. el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 144-98-PE/DNE, modificada por Resolución Viceministerial Nº 040-99-PE y Resolución Directoral Nº 157-2001-PE/DNEPP, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "SIMY 3", con matrícula Nº CO-05580-PM y 360 m³ de capacidad de bodega, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a favor de la empresa PESQUERA FANTASIA S.A. a través de la Resolución Directoral Nº 144-98-PE/DNE, modificada por Resolución Viceministerial Nº 040-99-PE y Resolución Directoral Nº 157-2001-PE/DNEPP, para operar la embarcación pesquera denominada "SIMY 3" con matrícula Nº CO- 05580-PM. Artículo 3º.- Incorporar a la empresa ALEXANDRA S.A.C., como titular del permiso de pesca de la embarcación "SIMY 3", así como la presente Resolución Directoral al literal J) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, excluyendo a la empresa PESQUERA FANTASIA S.A. y a la Resolución Directoral Nº 157-2001-PE/DNEPP de los indicados anexos con respecto a la citada embarcación. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral, y a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, y publicarse en el portal de la Página Web del Ministerio de la Producción www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 08915 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 097-2006-PRODUCE/DNEPP Lima, 29 de marzo del 2006 VISTO: los escritos de registro Nº 00020235, de fechas 25 de agosto y 27 de octubre de 2005 y 8 de febrero de 2006, respectivamente, presentados por la empresa ALEXANDRA S.A.C.; CONSIDERANDO:Que, el artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 377-95-PE, de fecha 12 de julio de 1995, modificadas por las Resoluciones Directorales Nº 042-99-PE/DNP y Nº 100- 99-PE/DNP, se otorgó a la empresa PESCA PERU PISCO NORTE S.A.C. licencia de operación para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos para la producción de harina de pescado, con una capacidad instalada de 59 t/h de procesamiento de materia prima en el establecimiento industrial pesquero ubicado en el distrito de Paracas, provincia de Pisco del departamento de Ica; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 379-97- PE, de fecha 11 de agosto de 1997, se estableció que los adjudicatarios que resulten del proceso de privatización de la unidad operativa 4208 de procesamiento de recursos hidrobiológicos de PESCAPERU PISCO NORTE S.A., deberán efectuar el traslado e implementación de su planta a otra zona ubicada a lo largo del litoral, con excepción de las áreas de influencia de los puertos de Paita, Chimbote, Callao, Tambo de Mora y Pisco (incluyendo Paracas), previo cumplimiento de la normatividad vigente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 595-97-PE, de fecha 16 de octubre de 1997, se suspendió la licencia de operación otorgada por Resolución Ministerial Nº 377- 95-PE, hasta que se hiciera efectivo el traslado de la planta conforme a lo señalado en la Resolución Ministerial citada en el considerando anterior; Que, por Resolución Directoral Nº 237-99-PE/DNP, de fecha 21 de diciembre de 1999, se aprobó el cambio de nombre del titular de la licencia de operación otorgada a PESCA PERU PISCO NORTE S.A.C., mediante Resolución Ministerial Nº 377-97-PE, modificada por Resolución Directoral Nº 042-99-PE/DNP y Resolución Directoral Nº 100-99-PE/DNP, a favor de la empresa PESQUERA FANTASIA S.A. para que se dedique al procesamiento de recursos hidrobiológicos para la producción de harina de pescado, con una capacidad instalada de 59 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento pesquero ubicado en el distrito de Paracas, provincia de Pisco del departamento de Ica; Que, mediante los escritos del visto, ALEXANDRA S.A.C. solicita se otorgue a su favor el cambio de titular de la licencia de operación otorgada mediante Resolución Directoral Nº 237-99-PE/DNP a nombre de PESQUERA FANTASIA S.A., para la producción de harina de pescado con una capacidad de 59 t/h en el establecimiento industrial ubicado en el distrito de Paracas, departamento de Ica, así como el cambio de titular a su favor de la autorización de traslado físico otorgado por la Resolución Ministerial Nº 379-97-PE a PESCA PERU PISCO NORTE S.A.C., modificada por la Resolución Directoral Nº 100- 99-PE/DNP, al haberse fusionado la empresa recurrente con PESQUERA FANTASIA S.A. en virtud de la cual la primera absorbió a la segunda, por lo que la recurrente, asumió, a título universal y en bloque, el patrimonio de la empresa absorbida, conforme a la Escritura Pública, de fecha 24 de diciembre de 2004, otorgada ante Notario Público de Lima, Dr. Ricardo Barba Castro; Que, de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa ALEXANDRA S.A.C., ha cumplido con los requisitos sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente y con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 29 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que es procedente aprobar la solicitud formulada por la recurrente en cuanto se refiere al cambio de nombre del titular de la licencia de operación otorgada a través de la Resolución Directoral Nº 237-99-PE/DNP a favor de PESQUERA FANTASIA S.A.; Que, según se desprende de la Resolución Ministerial Nº 595-97-PE, si bien procede en este caso el cambio de la titularidad de la licencia de operación otorgada por la Resolución Ministerial Nº 377-95-PE, modificada por las Resoluciones Directorales Nº 042-99-PE/DNPP, Nº 100-99-PE/DNPP y Nº 237-99-PE/DNPP, su ejercicio quedará sujeto al traslado físico correspondiente, conforme lo establece además la Resolución Ministerial Nº 379-97-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 082- 2006-PRODUCE/DNEPP-Dchi del 16 de marzo de 2006, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con los artículos 43º inciso d), 45º y 46º de la Ley General de Pesca, los artículos 51º, 53º y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el procedimiento Nº 29 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035- 2003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el literal d) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE;