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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G31/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de mayo de 2006 SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 0586-2004-AG, modificado por la Resolución Ministerial Nº 670-2005-AG, con el texto siguiente: “Artículo 2º.- Facultar al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, para que realice el redimensionamiento de los Bosques de Producción Permanente a nivel nacional, como consecuencia de la actualización, por las entidades correspondientes, de la base cartográfica de las comunidades nativas y campesinas, áreas naturales protegidas, otros derechos de terceros debidamente acreditados; asimismo sobre aquellas áreas cuyo sustento técnico determine que no corresponden a bosques naturales primarios con características bióticas y abióticas, aptas para el aprovechamiento preferentemente de madera y de otros recursos forestales y de fauna silvestre, e igualmente de aquellas superficies que mediante estudios ambientales, económicos y sociales se determine que no deben continuar como Bosque de Producción Permanente”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 08995 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20 /G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G67/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G67/G72/G69/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G2C /G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G79/G20 /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20 /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20 /G61/G6C/G20 /G6E/G75/G65/G76/G6F/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 003-2006-AG Lima, 19 de mayo de 2006 CONSIDERANDO:Que, el 28 de julio de 2006 concluye la gestión del Gobierno Constitucional elegido por el pueblo para el período 2001-2006; Que, a fin de realizar un ordenado proceso de transferencia de la gestión institucional y sectorial al nuevo gobierno nacional elegido mediante voto popular para el período 2006-2011, el Titular del Sector aprobó la Directiva Sectorial Nº 004-2006-DM “Normas sobre Transferencia de la Gestión del Ministerio de Agricultura, Organismos Públicos Descentralizados y Proyectos Especiales”; Que, la citada Directiva Sectorial establece que la Comisión Sectorial de Transferencia será presidida por el Viceministro de Agricultura e integrada por tres miembros designados a través de Resolución Viceministerial; Que, resulta necesario efectuar las designaciones correspondientes; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, y la Directiva Nº 004-2006-DM “Normas sobre Transferencia de la Gestión del Ministerio de Agricultura, Organismos Públicos Descentralizados y Proyectos Especiales”; SE RESUELVE:Artículo 1º.- La Comisión Sectorial de Transferencia encargada de conducir el proceso de transferencia de la gestión del Ministerio de Agricultura, Organismos Públicos Descentralizados y Proyectos Especiales al nuevo Gobierno Nacional elegido mediante voto popular para el período 2006-2011, estará conformada por los siguientes funcionarios:- El Secretario General; - El Director General de Planificación Agraria; y, - El Director Ejecutivo del Proyecto de Investigación y Extensión Agrícola para la Innovación y Competitividad del Agro Peruano (PIEA-INCAGRO). Artículo 2º.- Los Titulares de los Organismos Públicos Descentralizados y Proyectos Especiales del Ministerio de Agricultura coadyuvan a la Comisión Sectorial de Transferencia en el cumplimiento de sus funciones, a requerimiento de la misma. Artículo 3º.- La Comisión Sectorial de Transferencia culminará sus funciones el 28 de julio de 2006. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO ESCUDERO MEZA Viceministro de Agricultura 08992 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0415-2006-AG Mediante Oficio Nº 1104-2006-AG-SEGMA, el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0415-2006-AG, publicada en la edición del día 18 de mayo de 2006. PRIMER CONSIDERANDODICE:"Que ..., se designó al Ing. Julio Escudero Meza, Viceministro ..." DEBE DECIR:"Que ..., se designó al Econ. Juan Carlos Zevallos Ugarte, Viceministro ..." 08922 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G61/G56/G69/G65/G74/G6E/G61/G6D/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61 /G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G74/G6F/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C /G64/G65/G20/G41/G50/G45/G43/G20/G79/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G65/G78/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 159-2006-MINCETUR/DM Lima, 4 de mayo de 2006 Visto el Memorándum Nº 248-2006-MINCETUR/ VMCE del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO:Que, corresponde al Viceministerio de Comercio Exterior determinar, de conformidad con la política nacional de comercio exterior, la estrategia y conducción de las negociaciones de la Agenda Comercial con el Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico - APEC en el ámbito de su competencia; Que, en el marco del Foro APEC, se llevará a cabo en la ciudad de Ho Chi Minh, República Socialista de Viet Nam, la Segunda Reunión de Funcionarios de Alto Nivel de APEC y reuniones conexas, del 22 al 30 de mayo de 2006, así como la Reunión de Ministros Responsables de Comercio, del 1 al 2 de junio de 2006; Que, dada la importancia de los temas a tratar en dichas reuniones, es necesaria la participación de representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para cuyo efecto el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de los