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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (18/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de noviembre de 2006 333114 Gonzales, Luis Delgado Barboza y Walter Quispe Vilcas; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento señalado en la parte expositiva se solicita la modi fi cación del Reglamento Interno de Concejo, aprobado con Edicto Municipal Nº 001-99-MVES del 11.01.1999, modi fi cado con Edicto Municipal Nº 002-99-MVES, en lo que respecta a los Arts. 8º y 15º del mismo, a efectos de que se modi fi que el plazo para convocar a Sesión; así como modi fi car la votación para aprobar la reconsideración de los Acuerdos de Concejo; Estando a lo debatido, y en uso de las atribuciones conferidas por el Inc. 12 del Art. 9º, así como los Arts. 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Mayoritario del Concejo Municipal, se expide la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- MODIFICAR los Artículos 8º y 15º del Reglamento Interno de Concejo, aprobado con Edicto Municipal Nº 001-99-MVES del 11.01.1999, modi fi cado con Edicto Municipal Nº 002-99-MVES, de acuerdo al siguiente detalle: “Artículo 8º.- Las citaciones para la concurrencia a las sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes debe ser por escrito. Entre la Convocatoria y la Sesión medirán cuando menos cinco días hábiles de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo 15º.- Para aprobar la reconsideración de un Acuerdo de Concejo se requiere el 50% más uno del número total de miembros hábiles del Concejo Municipal.” Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 5789-1 Establecen forma en que mercados, paraditas y campos feriales pagarán el Arbitrio de Gestión de Residuos Sólidos (limpieza pública) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 144-MVES Villa El Salvador, 16 de octubre de 2006 Visto: El Informe Nº 001-2006-GAT-GSA/MVES, de fecha 6 de setiembre del 2006, suscrito por los Gerentes de Administración Tributaria y Servicios Ambientales de esta Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades son instituciones con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que se ejerce a través de Ordenanzas; Que, las Municipalidades promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos en armonía con las políticas existentes, siendo competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; Que, por Ordenanza Municipal Nº 118-MVES se aprobó el Marco Legal del Régimen Tributario de los Arbitrios de Gestión de Residuos Sólidos y de Áreas Verdes para el ejercicio fi scal 2006; Que, mediante el Artículo 14º de dicha norma mencionada, se establece que los mercados, paraditas y campos feriales podrán suscribir convenios de pago y/o asistencia recíproca con la Municipalidad sobre la forma y modo de pago de su Arbitrio de Gestión de Residuos Sólidos; Que, el documento señalado en la parte expositiva, los Gerentes de Administración Tributaria y Servicios Ambientales, hacen de conocimiento que en la aplicación de la Ordenanza Nº 118-MVES referida entre otros, al Arbitrio de Gestión de Residuos Sólidos (Limpieza Pública), se elaboró mediante una Comisión Técnica Mixta (entre la Municipalidad y la FUCOMIVES), una propuesta para hacer viable la aplicación de los cobros a los Mercados y similares, partiendo de que hasta diciembre del año 2005 la Municipalidad subsidiaba el servicio de limpieza pública de mercados, teniendo como línea de referencia el Artículo 14º de dicha norma legal, que estableció la posibilidad de suscribir convenios de pago y/o asistencia recíproca con dichas organizaciones sobre la forma y modo de pago del arbitrio mencionado, a fi n de hacer viable dichos cobros teniendo en consideración el alza del arbitrio y la situación económica actual, para lo cual, entre otros, se plantea que dichas organizaciones económicas paguen el arbitrio aludido correspondiente a los meses de enero a julio del 2006, con la misma tarifa y montos que pagaban el año 2005 subsidiando la Municipalidad la diferencia con sus ingresos propios, y que a partir de agosto del 2006, según las dos primeras escalas señaladas en el Artículo 14º de la Ordenanza señalada, afi n que se vayan adecuando al pago real de su arbitrio en función a las normas legales vigentes; Que, resulta conveniente recoger y aprobar de manera general la propuesta presentada, a fi n de hacer viable el cobro del arbitrio mencionado dentro de un marco social, teniendo en consideración la realidad socioeconómica del distrito; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Resolución de Alcaldía Nº 1104-2006-ALC/MVES, de fecha 16.10.2006, se encarga a partir del 16 al 17 de octubre del año en curso, a la Dra. Mónica Parra Toribio la O fi cina de Secretaría General de Concejo, contando con la opinión legal favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica, expresada mediante Informe Nº 1030-2006-OAJ/MVES, de fecha 12.09.2006 y en uso de las atribuciones conferidas en el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, se expide la presente; ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar que los mercados, paraditas y campos feriales, paguen el Arbitrio de Gestión de Residuos Sólidos (limpieza pública), correspondiente a los meses de enero a julio del 2006, con la misma tarifa y montos que pagaban el año 2005, sin intereses, subsidiando la Municipalidad la diferencia con sus ingresos propios, y que a partir de agosto del 2006, paguen según las dos primeras escalas señaladas en el Artículo 14º de la Ordenanza Municipal Nº 118-MVES, según la clasi fi cación de dichas organizaciones de comerciantes, que efectuará la Gerencia de Servicios Ambientales, a fi n que se vayan adecuando al pago real de su arbitrio en función a las normas legales vigentes. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con las Gerencias de Administración Tributaria, Servicios Ambientales, con el apoyo de los demás órganos y Gerencias de esta Municipalidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 5789-2