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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (19/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de noviembre de 2006 333137 Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ordenanza N° 120-MDA, prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 115-MDA, teniendo en consideración la Segunda Disposición Complementaria de esta última, que faculta al señor Alcalde para que dicte normas complementarias así como prorrogue por medio de Decreto de Alcaldía, la vigencia del bene fi cio otorgado. Que, mediante Ordenanza N° 123-MDA de fecha 28 de agosto de 2006 y publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 8 de setiembre de 2006, se prorrogó los bene fi cios establecidos en la Ordenanza N° 120-MDA hasta el 15 de setiembre de 2006. Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 032 de fecha 14 de setiembre de 2006, el Decreto de Alcaldía N° 036 de fecha 29 de setiembre de 2006 y Decreto de Alcaldía N° 043 de fecha 31 de octubre de 2006, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 120-MDA, hasta el 30 de setiembre, 31 de octubre de 2006 y el 15 de noviembre de 2006, respectivamente. Que, es necesario continuar otorgando facilidades a los contribuyentes del distrito para que puedan cumplir con regularizar el pago de sus obligaciones tributarias pendientes de pago, respecto al Impuesto Predial, Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, Tasa de Licencia de Funcionamiento; así como por Multas Administrativas, cuyas deudas se hayan generado hasta el 31 de diciembre del año 2005. Que, resulta pertinente ampliar los plazos de vencimiento de la Ordenanza N° 120-MDA, en vista de la situación socioeconómica por la que atraviesan las personas naturales y jurídicas, sujetos pasivos de los tributos que administra la Municipalidad Distrital de Ate, siendo necesario se expida la presente norma. Que, mediante Informe N° 2918-06-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina que es procedente emitir el Decreto de Alcaldía que disponga la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 120-MDA. ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20° DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972; SE DECRETA: Artículo 1°.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza N° 120-MDA, ampliada por la Ordenanza N° 123-MDA, y los Decretos de Alcaldía N° 032, N° 036 y 043-06-MDA, hasta el 30 de noviembre de 2006, respecto a los Bene fi cios de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias establecidos en la referida norma. Artículo 2°.- PRECISAR, que los bene fi cios establecidos en la Ordenanza N° 115-MDA, respecto a la obligatoriedad de presentación de Declaración Jurada de Actualización de Datos, quedan prorrogados hasta el 30 de noviembre de 2006. Artículo 3°.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, Agencias Municipales de Salamanca, Huaycán y Santa Clara y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FREDY NAVARRO LEYVA Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 5828-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Amplían vigencia del Beneficio Especial Tributario para pago de Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2006 otorgado mediante Ordenanza Nº 085-06/MDLV DECRETO DE ALCALDÍA Nº 061/06/MDLV La Victoria, 16 de noviembre del 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE LA VICTORIA CONSIDERANDO:Que mediante Ordenanza Nº 0085-06/MDLV, de fecha 29 de septiembre del 2006 se establece el Bene fi cio Especial Tributario, aplicable a todo el universo de contribuyentes de la Municipalidad distrital de La Victoria, consistente en el establecimiento de un tope al incremento de los Arbitrios Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del 2006, tomando como referencia el importe establecido para el ejercicio 2005, aplicable únicamente a los períodos que se encuentren pendiente de pago; Que, por O fi cio Nº 242-06-GR/MDLV de fecha 14 de noviembre del 2006, la Gerencia de Rentas hace saber de las propuestas verbales de los contribuyentes de este distrito, solicitando la necesidad de la ampliación del Bene fi cio Especial Tributario dispuesto por Ordenanza Nº 0085-06/MDLV de fecha 29 de septiembre del 2006; Que, en la primera disposición fi nal de la Ordenanza Nº 0085-06-MDLV de fecha 29 de septiembre del 2006, se faculta al señor Alcalde a fi n de que por intermedio de Decreto de Alcaldía amplíe el plazo del Bene fi cio de considerarlo así necesario; Estando a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA : Artículo Único.- Ampliar la vigencia del Bene fi cio Especial Tributario en el distrito de La Victoria para el Pago Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2006, consistente en el establecimiento de un tope en el incremento de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2006, tomando como referencia el importe establecido para el ejercicio 2005, otorgado mediante Ordenanza Nº 085-06/MDLV de fecha 29 de septiembre del 2006, hasta el 20 de diciembre del 2006. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 5803-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Convocan a Concurso Público de Méritos para cubrir temporalmente la plaza de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 564-2006 Los Olivos, 16 de noviembre de 2006 VISTO: El Informe Nº 005-2006-MDLO/GM del despacho de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley Nº 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva y su modi fi catoria contenida en la Ley Nº 28165, el Auxiliar Coactivo es aquél que tiene como función colaborar con el Ejecutor; Que, la Ley Nº 27204 en su Artículo 1º precisa que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7º de la Ley Nº 26979, “Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva”, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, la Gerencia Municipal con Informe Nº 005-2006- MDLO/GM da cuenta de la necesidad de convocar a Concurso Público de Méritos para cubrir temporalmente, por el lapso de cuatro meses, la plaza de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Los Olivos; Que, el Concurso Público de Méritos requiere la constitución de un Comité Especial, conforme a las normas establecidas para dichos efectos, el mismo que deberá encargarse de las acciones inherentes a la convocatoria y evaluación; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;