Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2006 (19/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de noviembre de 2006

Dan por concluida designacion de Subprefecta de la provincia de Alto Amazonas del departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 2297 -2006-IN-1501
MORDAZA, 18 de noviembre del 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial N° 2364-2005-IN-1501 de fecha 22 de Noviembre del 2005 se designo a MORDAZA Gladiz MORDAZA MORDAZA VIDALON, en el cargo publico de confianza de Subprefecto de la Provincia de Alto Amazonas del Departamento de Loreto; De conformidad con el articulo 3°, de la Ley N° 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y designacion de funcionarios publicos, lo dispuesto en el articulo 5° y 24° del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0032004-IN y el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Autoridades Politicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-91-IN; y, Estando a lo propuesto por la Direccion General de Gobierno Interior y de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2005-IN; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluido la designacion de MORDAZA Gladiz MORDAZA MORDAZA VIDALON al cargo de Subprefecto de la Provincia de Alto Amazonas del Departamento de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior

De conformidad con lo establecido en el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 370 modificado por Ley Nº 28141 - Ley del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Adicionase el numeral "1-A", al literal "E" del articulo V ­ NORMAS de la Directiva Nº 008-2004-IN1703/DICSCAMEC ­ " Normas y Procedimientos para el Examen de Manejo de MORDAZA de Fuego y Tiro ", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0731-2004-IN-1706 de 23ABR2004, con el texto siguiente": "1-A. Para MORDAZA de MORDAZA de uso restringido para Seguridad personal, Examen de conocimiento del arma (montaje y desmontaje del arma). - Examen de tiro, con las siguientes consideraciones: - Modalidad: Tiro Instintivo (Tiro en silueta de media figura humana ­ MORDAZA y tronco fijo; tirador en movimiento desplazandose entre una distancia de diez (10) metros a siete (7) metros de la silueta, en cuyo recorrido debera efectuar los cinco (5) disparos, de los cuales un minimo de tres (3) deberan impactar en la silueta, para aprobar el examen correspondiente.) - Poligono: Especial de Tiro Instintivo. - Distancia: De diez (10) metros del punto de partida a siete (7) metros de recorrido de la silueta. - Puntaje aprobatorio: 70% de efectividad (tres impactos en la silueta). Articulo 2°.- La Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil, se encargara del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente modificatoria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior

5870-1

5869-3

Modifican articulo de la Directiva "Normas y Procedimientos para el Examen de Manejo de MORDAZA de Fuego y Tiro" aprobada por R.M. N° 07312004-IN-1706
RESOLUCION MINISTERIAL N° 2298-2006-IN/1700
MORDAZA, 18 de noviembre del 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 014-2006-DE/SG de 15 de Junio del 2006, se modificaron los Reglamentos aprobados con los Decretos Supremos Nºs. 022-98-PCM de 28MAY98 y 002-2005-IN de 28JUN2005; Que en aplicacion del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 014-2006-DE/SG se expidio la Resolucion Ministerial Nº 707-2006-DE/CCFFAA de 24JUL2006, que aprueba la Directiva Nº 065-JCCFFAA/SG de 20JUL2006 sobre Normas Complementarias para Autorizar la Renovacion de Licencias de MORDAZA de Uso Restringido para Seguridad Personal; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0731-2004-IN1706 de 23ABR2004, se aprobo la Directiva Nº 008-2004IN-1703/DICSCAMEC - "Normas y Procedimientos para el Examen de Manejo de MORDAZA de Fuego y Tiro"; Que, se hace necesario adecuar dicha Directiva concordante con los dispositivos enunciados en los dos primeros considerandos, para cuyo efecto es indispensable especificar los lineamientos que deberan ser cumplidos por los usuarios de MORDAZA de fuego consideradas de uso restringido; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y,

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de limpieza en locales de dependencias no policiales del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 2303-2006-IN/0501
MORDAZA, 18 de noviembre del 2006 VISTO: El expediente administrativo relacionado con la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del "Servicio de Limpieza en los locales de las Dependencias No Policiales del MININTER", bajo la causal de situacion de desabastecimiento inminente, hasta por la suma de S/. 157,792.67; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establecen las normas que deben observar las entidades del sector publico en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras; Que, el articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen, entre otros, en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente; Que, el articulo 20° de la MORDAZA en comentario establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19°, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; siendo dicha facultad indelegable; Que, en todos los casos de exoneracion, la contratacion y la ejecucion de los contratos se regulan por la Ley en comentario, su Reglamento y demas normas complementarias;

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