Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2006 (19/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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industriales pesqueros se requiere de autorizacion, la que constituye un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actual Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que, el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, el numeral 52.1 del articulo 52º del citado Reglamento, senala que la autorizacion de instalacion se otorga con vigencia no mayor de Un (1) ano, la cual podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado. La autorizacion caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion del establecimiento industrial pesquero, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de Pesqueria, actual Ministerio de la Produccion ; Que, la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo N° 040-2001-PE, regula entre otros, los requerimientos y las condiciones sanitarias para la ubicacion, diseno, construccion y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos pesqueros destinados al consumo humano directo; Que, mediante Resolucion Directoral N° 149-2001PE/DNEPP del 23 de MORDAZA de 2001 rectificada mediante Resolucion Directoral N° 017-2002-PE/DNEPP del 22 de enero de 2002, se aprobo el cambio de titular de la Licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 243-97-PE del 20 de MORDAZA de 1997, a favor de MVP ENTERPRISE S.R.L. para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos a traves de su planta de congelado, con una capacidad instalada de 3 t/dia de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mz 248 Lote 4 de la MORDAZA industrial del distrito, provincia y departamento de Piura; Que, mediante los escritos del visto, la empresa MVP ENTERPRISE S.R.L. solicita el otorgamiento de una autorizacion para incrementar la capacidad instalada de su Planta de congelado a una capacidad proyectada de 15 t/dia, en el establecimiento industrial ubicado senalado en el considerando precedente; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria ( ex DINAMA ) a traves del Certificado Ambiental N° 002-2006-PRODUCE/DINAMA califica favorable el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa MVP ENTERPRISE S.R.L para el proyecto de incremento de capacidad de su Planta de Congelado, de 3 t/dia a 15 t/dia; Que, el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, en su calidad de Autoridad competente del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera, ha procedido a dar conformidad a los Planos Sanitarios y de Distribucion presentados por la empresa pesquera MVP ENTERPRISE S.R.L. con respecto a los requerimientos establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades pesqueras y acuicolas, en el Protocolo Tecnico Sanitario para Autorizacion de incremento de capacidad instalada N° PSI-008-06-CG-SANIPES; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano en el Informe N° 251-2006-PRODUCE/DGEPPDch fechado el 11 de agosto del 2006, y con la opinion favorable de la instancia correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 4 del articulo 43º , los articulos 44°, y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los articulos 49° y 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento N° 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion , aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2006- PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a MVP ENTERPRISE S.R.L autorizacion para incrementar la capacidad instalada de

su Planta de Congelado en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mza 248 Lote 4 de la MORDAZA industrial del distrito, provincia y departamento de MORDAZA con la siguiente proyeccion : De 3 toneladas / dia a 15 toneladas / dia Articulo 2°.- La empresa MVP ENTERPRISE S.R.L debera instalar la maquinaria y equipos correspondientes al incremento autorizado en la presente resolucion en su establecimiento industrial pesquero cuyos Planos Sanitarios y de Distribucion han sido debidamente calificados por la Autoridad competente del Servicio Nacional de Saneamiento Pesquero, asi como dar cumplimiento a los compromisos contenidos en el Estudio de Impacto Ambiental calificado Favorable por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria; Articulo 3°.- Otorgar a MVP ENTERPRISE S.R.L un plazo de Un (1) ano, contado a partir de la fecha de notificada la presente resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, siempre que acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado, para que la interesada concluya con la instalacion correspondiente al incremento de la capacidad instalada en su Planta de congelado de productos hidrobiologicos. La licencia de operacion correspondiente debera solicitarse dentro de un plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de autorizacion o de ser el caso, de la fecha de vencimiento del plazo de su renovacion. Articulo 4°.- La autorizacion de incremento de capacidad instalada de la planta de congelado senalada en el articulo 1° de la presente Resolucion, caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5°.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos 2° y 3° de la presente Resolucion seran causales de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 6°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a El MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 835-2006-MTC/02
MORDAZA, 15 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de MORDAZA de 2006, modifica el MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley MORDAZA citada, estableciendo que, aquellos viajes que realiza la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizaran mediante Resolucion Ministerial, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del inicio de la comision de servicios;

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