Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2006 (19/11/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

333127

Nacional de los Registros Publicos de MORDAZA y Callao, correspondiente a la Partida Nº 11801167 expedido con fecha 15 de setiembre de 2006, que acredita la vigencia del poder respectivo. - Certificado de Inspeccion de Taller Nº 783376 de fecha 12 de setiembre de 2006, emitido por la Entidad Certificadora de Conversiones SGS DEL PERU S.A.C., senalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 0012005-MTC/15. - Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. - Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la presente Directiva, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes. - Nomina del personal tecnico del Taller que incluye nombres completos y numeros de sus documentos de identidad, y MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion y experiencia en conversiones vehiculares al sistema de combustion a GNV. - MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion N° 1155-2006PRODUCE/DVI/DGI-DNTSI, de FUTURGAS PERU S.A.C. ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Produccion como proveedor de Equipos Completos ­ PEC. - MORDAZA del Contrato de Concesion, celebrado por la solicitante con el proveedor de Equipos Completos ­ PEC autorizado FUTURGAS PERU S.A.C. mediante el cual se garantiza el normal suministro de los kits de conversion, asi como el soporte tecnico y la capacitacion del personal. - MORDAZA del Contrato de Arrendamiento, celebrado por MORDAZA Antoku Uesu Uesu, con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. - MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad Distrital de Barranco. - MORDAZA de la Poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 1301078 emitida por MORDAZA Peruano Suiza Compania de Seguros y Reaseguros, destinada a cubrir los danos a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT, conforme a los terminos senalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y la Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a AMISERVICE S.A.C. para que opere el taller ubicado en Av. El Sol Nº 750, distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 12 de setiembre de 2007 12 de setiembre de 2008 12 de setiembre de 2009 12 de setiembre de 2010 12 de setiembre de 2011

procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 04 de setiembre de 2007 04 de setiembre de 2008 04 de setiembre de 2009 04 de setiembre de 2010 04 de setiembre de 2011

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre

5664-1

PODER JUDICIAL ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Designan mediante Concurso Publico de Oposicion y Meritos al Director General de la Academia de la Magistratura
RESOLUCION Nº 026-2006-AMAG-CD
MORDAZA, 13 de noviembre de 2006 EL PLENO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA VISTOS: El Acta que contiene el resultado final del Concurso Publico de Oposicion y Meritos para la provision de la plaza del cargo de confianza de Director General de la Academia de la Magistratura, y el Acuerdo adoptado en Sesion Extraordinaria del Pleno del Consejo Directivo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion N° 002-2005-AMAG-CD, de fecha 13 de MORDAZA de 2005, se encargo las funciones de Directora Academica de la Academia de la Magistratura, a la doctora Waldy MORDAZA Arroba Ugaz, quien se desempenaria interinamente en dicha labor hasta que se designe al titular que ocupara la indicada funcion; Que mediante Resolucion N° 115-2005-AMAG-CD/P, de fecha 30 de diciembre de 2005, se dispuso dar continuidad al encargo dispuesto de Directora Academica para el presente ejercicio fiscal; Que mediante Resolucion N° 007-2005-AMAG-CD, de fecha 27 de junio de 2005, se encargo las funciones de la Direccion General de la Academia de la Magistratura, a la doctora Waldy MORDAZA Arroba Ugaz, quien se desempenaria interinamente en dicha labor mientras dure el procedimiento

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.