Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2006 (19/11/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

333122

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de noviembre de 2006

la suspension del procedimiento administrativo de cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a CORPORACION VIRGO S.A., a traves de la Resolucion Directoral Nº 347-2004PRODUCE/DNEPP, solicitada en la actualidad PESQUERA RIBAUDO S.A. en calidad de sucesora procesal de UNISEA PRODUCE S.A.C., toda vez que se acredito la existencia de un MORDAZA judicial ante el Tercer Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en el que se venia discutiendo la validez de los acuerdos societarios de la Junta General de Socios por los cuales CORPORACION VIRGO S.R.L. transfirio la propiedad de los bienes conformantes del establecimiento industrial pesquero; Que, asimismo, en el articulo 2° de la citada Resolucion Viceministerial, se dispuso que la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero deberia inhibirse de continuar con el tramite de cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a CORPORACION VIRGO S.A., a traves de la Resolucion Directoral Nº 347-2004-PRODUCE/DNEPP, solicitada por PESQUERA RIBAUDO S.A. en calidad de sucesora procesal de UNISEA PRODUCE S.A.C., hasta que el organo jurisdiccional resuelva el litigio al que se hace mencion el considerando precedente; Que, a traves del escrito del visto el senor MORDAZA ROGGER MORDAZA BALAREZO comunica al Despacho del Viceministerio de Pesqueria que se ha desistido del MORDAZA judicial que hubiera iniciado para cuestionar la validez de los acuerdos societarios de la Junta General de Socios por los cuales CORPORACION VIRGO S.R.L. transfirio la propiedad de los bienes conformantes del establecimiento industrial pesquero, solicitando en este sentido que se deje sin efecto la Resolucion Viceministerial N° 131-2006-PRODUCE/DVP, asimismo, PESQUERA RIBAUDO S.A., ha solicitado a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero que continue con el tramite de cambio de titular de licencia de operacion que viene solicitando en calidad de sucesor procesal de UNISEA PRODUCE S.A.C.; Que, a traves del Oficio N° 2006-1368-0-1801-JR-CI03 de fecha 2 de noviembre de 2006, el Juez Titular del Tercer Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite la Resolucion N° 19, a traves de la cual se aprueba el desistimiento de la pretension, en consecuencia se da por concluido el MORDAZA a que se hace referencia en el considerando anterior, sin declaracion sobre el fondo, disponiendo que se archive definitivamente el mismo; Que, en este sentido, estando a lo informado por el Tercer Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y habiendose acreditado que el MORDAZA judicial sobre impugnacion de los acuerdos societarios de la Junta General de Socios de Corporacion Virgo S.R.L. ha concluido, por lo que se infiere que carece de objeto mantener la vigencia de la Resolucion Viceministerial N° 131-2006-PRODUCE/DVP, corresponde dejar sin efecto la misma, debiendo continuar la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero con los tramites que considere correspondientes respecto al procedimiento de cambio de titular de licencia de operacion otorgada a Corporacion Virgo S.R.L.; En uso de la facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal h) del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dejar sin efecto la Resolucion Viceministerial N° 131-2006-PRODUCE/DVP de fecha 2 de octubre de 2006, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Viceministerial a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA, y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA EYZAGUIRRE Viceministro de Pesqueria

Otorgan a persona natural autorizacion de incremento de flota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 341-2006-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 28 de setiembre de 2006 Visto el escrito de registro Nº 00019425 del 23 de marzo del 2006, presentado por don SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 010-2006PRODUCE/DNEPP de fecha 9 de enero del 2006, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al senor SPIRIDON KALINICOS KONTEGEORYI, para operar la embarcacion pesquera denominada "BATHI", con matricula Nº CO-22593-PM de 174.88 m3 de capacidad de bodega totalmente insulada y con sistema de preservacion R.S.W., equipada con redes de cerco de 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa para el consumo humano directo; Que mediante Resolucion Directoral Nº 291-2004PRODUCE/DNEPP de fecha 25 de octubre del 2004, se otorgo al armador SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI, autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion "EMILY" de matricula PT-3882-CM, para la construccion de una embarcacion pesquera con 100.22 m3 de capacidad de bodega totalmente insulada y con sistema de preservacion a bordo MORDAZA R.S.W., para dedicarse a la extraccion de los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm), modificada en su articulo 6º por la Resolucion Directoral Nº 139-2005-PRODUCE/DNEPP de fecha 23 de MORDAZA del 2005, en el extremo referido a la construccion de una nueva embarcacion pesquera de 50.22 m3 de capacidad de bodega, manteniendose la autorizacion de incremento de flota, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado inicialmente; Que de conformidad con lo dispuesto por el articulo 24º del Decreto Ley Nº 259777 ­ Ley General de Pesca, la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de la Produccion en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que a traves del escrito del visto, el armador SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI, solicita incremento de flota utilizando la embarcacion pesquera "BATHI", de 174.88 m3 de capacidad de bodega para la ampliacion de la misma, via aplicacion de los 50.22 m3, de autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 291-2004PRODUCE/DNEPP, modificada por Resolucion Directoral Nº 139-2005-PRODUCE/DNEPP, desistiendose del derecho de acceso para el recurso sardina resultando la embarcacion "BATHI" con 225.10 m3 de capacidad de bodega insulada y con sistema de preservacion a bordo MORDAZA R.S.W., para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm), con destino al consumo humano directo; Que la Resolucion Directoral Nº 291-2004-PRODUCE/ DNEPP, de fecha 25 de octubre de 2004, otorgo un plazo de 18 meses contados a partir de la notificacion, es decir el 26 de octubre de 2004, por lo que a la fecha de la emision de la Resolucion Directoral Nº 139-2005-PRODUCE/ DNEPP, de fecha 23 de MORDAZA del 2005, estaba por cumplir el MORDAZA mes del plazo de vigencia para el incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega, MORDAZA que modifica lo senalado en la Resolucion Directoral Nº 291-2004-PRODUCE/DNEPP, en el extremo que referido a la construccion de una nueva embarcacion pesquera de 50.22 m3 de capacidad de bodega, manteniendose la autorizacion, en los mismos terminos y condiciones por lo que vencia el 26 de MORDAZA del ano 2006, sin embargo a pesar que la solicitud se presento faltando un mes para cumplirse el plazo de vigencia de la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 291-2004PRODUCE/DNEPP, se debera otorgar el plazo de un (1) mes, toda vez que fue este el periodo que le faltaba

5821-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.