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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de noviembre de 2006 333376 Agustino, provincia y departamento de Lima, disponiendo que la Zona Registral Nº IX -Sede Lima cancele el dominio de terceros sobe el terreno antes citado que forma parte del predio inscrito a fojas 171 del tomo 1030 del Registro de Predios de Lima y a independizar dicha área en vía de regularización a favor del Estado correlacionándola con la ficha Nº 216855 trasladada al código Nº P02183419 del Registro de Predios; Que, la citada Resolución se expidió sobre la base de la información proporcionada por el Registro de Predios de Lima, que de conformidad con el Informe Técnico Nº 3240-2005-SUNARP-Z.R.NºIX-OC de fecha 19 de mayo de 2005, señaló que del terreno de 48 175.01 m² se observaba un área de 17,217.10 m², gra ficamente comprendida en el ámbito de lo inscrito en el tomo 1030 fojas 171 del Registro de Predios de Lima; Que, la citada resolución no ha sido inscrita, toda vez que el título Nº 262526-2006 de fecha 25 de mayo de 2006, con el cual se solicitó su inscripción fue observado por la Registradora Pública de la Zona Registral Nº IX -Sede Lima, indicando que el documento técnico Nº 1108-2006/SBN-GO-JAR que sustenta la citada Resolución no representa la información física de detalle contenida en el plano del título archivado Nº 3344 y su correspondiente partida inscrita en el tomo 1030 fojas 171 del Registro de Predios de Lima; Que, efectuadas las concordancias de ubicación de ambito del predio inscrito en el tomo 1030 fs. 171, considerando la información física existente en el plano del título archivado 3344 del 5 de agosto de 1980, complementado con la información física actual existente en la zona, se ha determinado que el área a revertir es de 16,335.56 m²; Que, por las razones antes expuestas es procedente modi ficar de oficio la Resolución Nº 019-2006/SBN-GO- JAR del 28 de febrero de 2006; Que, el inciso s) del Artículo 39º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modi ficado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modi ficado por los Decretos Supremos Nºs 107-2003-EF y 042-2006-EF y Ley Nº 27444; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0173-2006/SBN-GO-JAR, de fecha 31 de octubre de 2006; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modi ficar el Artículo 1° y 2º de la Resolución Nº 019-2006/SBN-GO-JAR, de fecha 28 de febrero de 2006, en los términos siguientes: Artículo 1º .- Formalizar la reversión al dominio del Estado en vía de regularización del terreno de 16,335.56 m² ubicado en el distrito de El Agustino, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º .- La Zona Registral Nº IX -Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución procederá a cancelar el dominio de terceros sobre el terreno de 16,335.56 m² que forma parte del predio inscrito a fojas 171 del tomo 1030 del Registro de Predios de Lima y a independizar dicha área en vía de regularización a favor del Estado, correlacionándola con la ficha Nº 216855 trasladada al código de predio Nº P02183419 del Registro de Predios, de acuerdo con el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA ALCIRA CERRON BALDEON Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 5923-3SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PUBLICOS Designan funcionarios responsables de brindar información en diversas Oficinas Registrales de la Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 145-2006-SUNARP/GG Lima, 17 de noviembre de 2006 VISTO; el Oficio Nº 588-2006-Z.R.NºII/JEF, remitido por el señor abogado Rafael Pantoja Barboza, Jefe (e) de la Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada con fecha 2 de agosto de 2002, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información establecido en el numeral 2) del artículo 5º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, de fecha 7 de agosto de 2003, se aprobó el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, estableciéndose en su artículo 4º la obligatoriedad en la designación de los funcionarios responsables de entregar la información y de elaborar el Portal de Transparencia, para las Entidades que cuenten con o ficinas desconcentradas, a fin de tramitarse la información solicitada con mayor celeridad; Que, mediante Resolución Nº 218-2004-SUNARP/ SN, publicada el 28 de mayo de 2004, se aprobó el procedimiento para la atención de solicitudes de acceso a la información que produzca o posea la SUNARP, Sede Central y Órganos Desconcentrados; Que, mediante el documento de Visto, la Jefatura de la Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo, solicita se designe nuevos funcionarios encargados de brindar la información en mérito a la Ley Nº 27803 y su Reglamento, en las O ficinas Registrales de Chiclayo, Cajamarca, Chachapoyas, Jaén, Bagua y Chota; Que, en tal sentido, es necesario designar a los funcionarios de dichas O ficinas Registrales como responsables de brindar la información que se les solicite, en virtud a las normas referidas en los considerandos precedentes; Que, mediante la Resolución Nº 294-2005-SUNARP/ SN de fecha 22 de noviembre de 2005, se delegó, entre otras funciones a la Gerencia General la facultad de designar a los funcionarios responsables de brindar información de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27806 y por el Texto Único Ordenado de la misma aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; Que, estando a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, el artículo 14º inciso k) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a los funcionarios responsables de brindar la información que se solicite dentro del marco legal de la Ley Nº 27806 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, en las siguientes O ficinas Registrales: ZONA REGISTRAL Nº XI - SEDE ICA RESPONSABLES OFICINA REGISTRAL Lic. Blanca Oliden Díaz O ficina Registral de Chiclayo (Sede Principal) Abogado Froilán Trebejo Peña O ficina Registral de Cajamarca