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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (23/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de noviembre de 2006 333364 Artículo Cuarto.- Encargar a la O ficina Central de Logística y Servicios Auxiliares remita copia de la presente resolución y del Informe Técnico Legal que la sustenta a la Contraloría General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, así como su publicación en forma electrónica, a través del SEACE, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Quinto.- El Vice Rectorado Administrativo, así como la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN Rector 5981-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Rectifican R.D. Nº 1075/INC mediante la cual se declaró Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Cerro de Oro RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1903/INC Lima, 9 de noviembre de 2006 VISTO, el Informe Nº 028-2006-INC/DREPH/DA/SMRS/ MRM de fecha 29 de setiembre de 2006, del Lic. Mario Miguel Ruales Moreno, Supervisor de la Macro Región Sur, y; CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1075/INC de fecha 17 de octubre de 2001, se resuelve en su artículo 1º Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Cerro de Oro, ubicada en el distrito de San Luis, provincia de Cañete, departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 028-2006-INC/DREPH/ DA/SMRS/MRM de fecha 29 de setiembre de 2006, del Lic. Mario Miguel Ruales Moreno, Supervisor de la Macro Región Sur y el Informe Nº 1027-2006-INC/DREPH/DA/SDIC/JHVL de fecha 29 de setiembre de 2006 de la Subdirección de Investigación y Catastro, remiten el expediente técnico conformado por plano perimétrico, plano topográ fico, ficha técnica y memoria descriptiva en los sistemas de referencia PSAD96 y WGS84 del sitio arqueológico Cerro de Oro, ubicado en el distrito de San Luis, provincia de Cañete y departamento de Lima; Que, con Acuerdo Nº 846 de fecha 29 de setiembre de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, aprobar: 1. Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Cerro de Oro Nº PP 072-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 PSAD56, a escala 1/4000, de fecha setiembre de 2006, con un área de 151.07 ha. y un perímetro de 4938.17 m.l., ubicado en el distrito de San Luis, provincia de Cañete y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 2. Plano Topográ fico del Sitio Arqueológico Cerro de Oro Nº PTOP 053-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 PSAD56, a escala 1/4000, de fecha setiembre de 2006, con un área de 151.07 ha. y un perímetro de 4938.17 m.l., ubicado en el distrito de San Luis, provincia de Cañete y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 3. Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Cerro de Oro Nº PP 072-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 WGS84, a escala 1/4000, de fecha setiembre de 2006, con un área de 151.07 ha. y un perímetro de 4938.17 m.l., ubicado en el distrito de San Luis, provincia de Cañete y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 4. Plano Topográ fico del Sitio Arqueológico Cerro de Oro Nº PTOP 053-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 WGS84, a escala 1/4000, de fecha setiembre de 2006, con un área de 151.07 ha. y un perímetro de 4938.17 m.l. ubicado en el distrito de San Luis, provincia de Cañete y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Que, mediante Informe Nº 029-2006-INC/DREPH/DA/ SMRS/MRM de fecha 4 de octubre de 2006 el Lic. Mario Ruales Moreno, Supervisor de la Macro Región Sur, concluye que se ha podido veri ficar y determinar en campo y en base a las investigaciones previas, que Cerro de Oro corresponde su clasifi cación como ZONA ARQUEOLOGICA MONUMENTAL, de acuerdo al Reglamento de Investigaciones Arqueológicas aprobado mediante Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, en su Capítulo I, artículo 2º literal a, pues su magnitud y fisonomía esta caracterizada por poseer valor urbanístico de conjunto (esta compuesto de grandes conjuntos piramidales, con calles y plazas), así como, poseer un carácter singular (es el más grande de la costa surcentral con 151 has.) y que contiene monumentos y/o ambientes urbano-monumentales; Que, con Acuerdo Nº 869 de fecha 6 de octubre de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda: - Rectificar los numerales 1, 2, 3 y 4 del Acuerdo 846 de fecha 29 de setiembre de 2006 de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología que señala a Cerro de Oro como Sitio Arqueológico, el mismo que debe consignar a Cerro de Oro como Zona Arqueológica Monumental; - Incluir en el Acuerdo Nº 846 de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología de fecha 29 de setiembre de 2006, en la ubicación política de la Zona Arqueológica Monumental Cerro de Oro el distrito de Cerro Azul; - Recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura recti fique el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 1075/INC de fecha 17 de octubre de 2001, considerando la categorización de Zona Arqueológica Monumental Cerro de Oro y la ubicación de la misma en los distritos de San Luis y Cerro Azul; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la O ficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 1075/INC de fecha 17 de octubre de 2001, la misma que quedará redactada de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Cerro de Oro, ubicada en los distritos de San Luis y Cerro Azul, provincia de Cañete, departamento de Lima.”