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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (23/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de noviembre de 2006 333365 Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico de la Zona Arqueológica Monumental Cerro de Oro Nº PP 072-INC_DREPH/DA/ SDIC-2006 PSAD56, a escala 1/4000, de fecha setiembre de 2006, con un área de 151.07 ha. y un perímetro de 4938.17 m.l., ubicada en los distritos de San Luis y Cerro Azul, provincia de Cañete y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 2. Plano Topográ fico de la Zona Arqueológica Monumental Cerro de Oro Nº PTOP 053-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 PSAD56, a escala 1/4000, de fecha setiembre de 2006, con un área de 151.07 ha. y un perímetro de 4938.17 m.l., ubicada en los distritos de San Luis y Cerro Azul, provincia de Cañete y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 3. Plano Perimétrico de la Zona Arqueológica Monumental Cerro de Oro Nº PP 072-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 WGS84, a escala 1/4000, de fecha setiembre de 2006, con un área de 151.07 ha. y un perímetro de 4938.17 m.l., ubicada en los distritos de San Luis y Cerro Azul, provincia de Cañete y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 4. Plano Topográ fico de la Zona Arqueológica Monumental Cerro de Oro Nº PTOP 053-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 WGS84, a escala 1/4000, de fecha setiembre de 2006, con un área de 151.07 ha. y un perímetro de 4938.17 m.l. ubicada en los distritos de San Luis y Cerro Azul, provincia de Cañete y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) los planos mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 5916-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a sitios arqueológicos ubicados en los departamentos de Moquegua, Arequipa y Huánuco RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1909/INC Lima, 9 de noviembre de 2006 VISTO, el Oficio Nº 773-2006/INC-DRM de fecha 27 de octubre de 2006 del señor Félix Luque Prado, Director del Instituto Nacional de Cultura Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, con Informe Nº 1186-2006-INC-DREPH-DA- SDIC-LDZM de fecha 2 de noviembre de 2006, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, comunica que se ha procedido a la revisión del expediente técnico comprendido por el plano perimétrico, ficha técnica y memoria descriptiva del sitio arqueológico Cerro San Bernabé, ubicado en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; Que, mediante Acuerdo N° 956 de fecha 3 de noviembre de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Cerro San Bernabé, ubicado en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la O ficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Cerro San Bernabé, ubicado en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua. Artículo 2°.- Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro San Bernabé de fecha octubre de 2006, a escala 1/250, con un área de 1119.5415 m2 y un perímetro de 142.3227 ml., ubicado en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3°.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del sitio arqueológico mencionado en el Artículo 1º y del plano señalado en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 5916-2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1910/INC Lima, 9 de noviembre de 2006 VISTO, el Oficio Nº 1540-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 6 de octubre de 2006 del Ing. Roberto M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, y; CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación;