Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2006 (25/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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b) Producir ruidos nocivos y/o molestos por el uso de altoparlantes, equipo de sonido o grupo electrogeno. 50% UIT. c) Producir ruidos nocivos y/o molestos, en zonas circundantes hasta 100 metros de ubicacion de centros hospitalarios, guarderias, escuelas, asilos, lugares de descanso u otros similares. 50% UIT. d) Producir ruidos nocivos y/o molestos, por el uso de Sistemas de Alarmas sin razon alguna, no siendo desconectados de manera inmediata. 25% UIT. e) Permitir que sus animales produzcan ruidos en forma persistente afectando la tranquilidad de los vecinos. 50% UIT. f) Producir ruidos nocivos y/o molestos por el uso de megafono, bocinas de triciclos (informal). 25% UIT g) Producir ruidos nocivos o molestos por el uso de bocinas, escapes libres y/o alarmas vehiculares: a.- Taxis, Automoviles, Omnibus, Camionetas, Combis o similares 50% UIT. b.- Camiones o Vehiculos de Carga Pesada 100% UIT. c.- Mototaxis 25% UIT. Articulo 19º.- REINCIDENCIAS La reincidencia se sancionara con el cierre temporal del local comercial emisor de ruido molesto y si se repite la reincidencia, se procedera con el cierre definitivo del local infractor y la cancelacion de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento. Si se tratase que la fuente emisora de ruido molesto fuese movil se procedera al decomiso del equipo que lo genera. Estas acciones seran puestas en conocimiento del Fiscal Provincial de Turno, para que el infractor sea denunciado ante el Poder Judicial por Delito contra la Salud. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las sanciones previstas en la presente Ordenanza seran incorporadas al Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 091-MDSM. Segunda.- Encarguese a la Gerencia de Policia Municipal y Control de la MORDAZA, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- Facultese al Sr. MORDAZA, para que a traves de Decreto de Alcaldia se expidan las normas pertinentes para la reglamentacion de la presente Ordenanza Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 6024-1

VISTO: El Dictamen Nº 003-2006-CODUCDT/MDSA de la Comision de Obras, Desarrollo MORDAZA, Catastro y Desarrollo Territorial y el Informe Nº 0634-2006-GAJ - GG/ MDSA de la Gerencia de Asesoria Juridica respecto a la propuesta de Asignacion de Nomenclatura Vial presentada por la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponde al Concejo Municipal las funciones normativas; Que, el Reglamento de Nomenclatura de Vias y Areas de Recreacion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 04-95-MTC, en su Articulo 2º senala que los Concejos Distritales son las entidades encargadas de proponer a la Municipalidad Provincial correspondiente la denominacion de las vias publicas y de las areas de recreacion publica en sus jurisdicciones; Que, por su parte, los numerales 3.3. y 3.4 del inciso 3) del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales: "elaborar y mantener el catastro distrital y disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeracion predial"; Que, la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, a traves del Informe Nº 148-2006-GODU-GG/MDSA senala que la propuesta de asignacion de nomenclatura de las calles de las diferentes habilitaciones han sido previamente comunicadas a sus poblaciones a efectos de que no existan discrepancias ni oposiciones, habiendo manifestado su conformidad; Que, es necesario actualizar y ampliar la Nomenclatura de las Vias de algunos Urbanizaciones, Asociaciones y Cooperativas del distrito de MORDAZA MORDAZA, para brindar servicios de manera agil y eficiente y sobre todo para asegurar la correcta identificacion de las vias y por ende de los predios; Estando a lo expuesto, y a las facultades establecidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA unanime los senores Regidores: ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la nueva nomenclatura vial de los siguientes Centros Urbanizados del distrito de MORDAZA Anita: - Urbanizacion "El Asesor II". - Urbanizacion "Alameda de Ate". - Cooperativa de Vivienda MORDAZA Aurelia. - Cooperativa de Vivienda Pachacutec. - Asociacion de Vivienda "Residencial MORDAZA Anita", - Asociacion de Vivienda "Santa Anita" II Etapa. - Asociacion de Vivienda "Santa MORDAZA de Vista Alegre". - Asociacion de Vivienda Cultura Peruana Moderna. - Asociacion de Vivienda Los Portales. - Asociacion de Vivienda Los Pinos. - Compania Inmobiliaria Promotora Constructora Pacasmayo S.A. - CICOPSA (Asociacion de Vivienda La Encalada). - Asociacion de Vivienda Sapotal I Etapa. - Asociacion de Vivienda las MORDAZA de MORDAZA Anita. - Asociacion de Vivienda Sapotal II Etapa. - Compania Inmobiliaria Promotora Constructora Pacasmayo S.A. - CICOPSA (Asociacion de Vivienda Los Jardines de la Encalada). - Asociacion de Vivienda Sucre. - Asociacion Pro Vivienda San Carlos. - Asociacion de Vivienda MORDAZA La Oroya. - Cooperativa de Vivienda MORDAZA C. Tello.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban nueva nomenclatura vial de Centros Urbanizados del distrito de MORDAZA MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2006-MDSA MORDAZA MORDAZA, 21 de setiembre del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA

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