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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (25/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de noviembre de 2006 333509 un crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2006. El O fi cio N° 1287-2006-MEM-DM de fecha 6 de octubre de 2006, en el que se indica la suscripción de Convenio de ejecución de Obras en el marco de la Ley N° 28880 – Shock de Inversiones. CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, establece la autonomía administrativa de los Gobiernos Regionales con la facultad de organizar internamente, determinar y reglamentar los servicios en el Gobierno Regional La Libertad; Que por Ley N° 27867.- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su Modi fi catoria, Ley N° 27902, que establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales. Defi ne la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1508-2005-GR-LL/PRE de fecha 30 de diciembre de 2005, se promulgó el Presupuesto Institucional para el año Fiscal 2006 Que, por Ordenanza Regional N° 010-2005-CR/R-LL de fecha 30 de mayo del 2005, se aprueba la Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para la Asignación de Personal del Gobierno regional La Libertad; Que la Ley N° 28880 aprobó un crédito suplementario para proveer recursos a favor de los sectores, Vivienda, Construcción, y Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Salud, Educación, Energía y Minas, Agricultura, Interior, Mujer y Desarrollo Social, Justicia, para ser destinados a ejecución de actividades y proyectos de inversión de índole y efecto social, cuya realización debe efectuarse de manera inmediata considerando su impacto en la población más pobre del país. En uso de las atribuciones propias conferidas por la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización concordante con la Ley N° 27867 y su modi fi catoria Ley N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 26850, Decreto Supremo N°s. 083 y 084-2004-PCM, Resolución de Contraloría N° 195-88-CG y con las visaciones correspondientes; SE RESUELVE : Artículo Primero.- APROBAR la relación de Proyectos que estarán considerados en el ámbito de la Ley N° 28880 y el Decreto Supremo N° 024-2006 que pertenecen al Shock de Inversiones del Sector Energía y Minas y que se indican a continuación y cuyos Costos son de acuerdo a lo indicado en la Ficha SNIP aprobada, sin considerar la sensibilidad del Proyecto. El valor referencial para contratación será obtenido y detallado en la aprobación del Expediente de Contratación. N° NOMBRE DEL PROYECTO SNIP META INVERSIÓN TOTAL SNIP (S/.)INVERSIÓN LEY 28880 (S/.) 2006VALOR REFERENCIAL PIPS MENORES DE EMERGENCIA 1 ELECTRIFICACION DE LA LOCALIDAD DE HUANGABAL26003 SISTEMA 154,600.00 30,920.00 207,940.00 2 ELECTRIFICACION DEL CASERIO DE COLLAMBAY Y ANEXOS13262 SISTEMA 403,039.00 80,608.00 507,358.00 3 INFRAESTRUCTURA DE TRANSMISIÓN DE ENERGIA ELECTRICA - JULCAN8899 SISTEMA 1,500,000.00 300,000.00 1,802,154.00 4 INFRAESTRUCTURA DE TRANSMISIÓN DE ENERGIA ELECTRICA – OTUZCO8825 SISTEMA 1,600,000.00 320.000.00 2,235,348.00 5 SISTEMA DE UTILIZACIÓN LINEA DE SUBTRANSMISION, RED PRIMARIA, SECUNDARIA Y ACOMETIDAS EN 13.2/0.38-0.22 KV PARA EL CENTRO POBLADO MENOR DE SAN IGNACIO9376 SISTEMA 1,151,217.00 230,243.00 1,073,507.00 6 ELECTRIFICACION RURAL DEL CASERIO LA FORTUNA Y OTROS25731 SISTEMA 122,616.00 24,523.00 182,414.00 7 ELECTRIFICACION RURAL DEL CASERIO TOMA DE LOS LEONES Y OTROS25740 SISTEMA 111,254.00 22,251.00 197,444.00 8 ELECTRIFICACION RURAL LOS CASERIOS LOS GRADOS Y OTROS25785 SISTEMA 111,696.00 22,339.00 187,218.00 9 PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO Sitabamba – SANTIAGO DE CHUCO23909 SISTEMA 2,592,023.00 518,405.00 2,670,794.00 TOTAL 7,746,445.00 1,549,289.00 9,064,177.00 Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia Regional de Infraestructura a través de la Dirección de Ingeniería y Obras del Gobierno Regional La Libertad, supervisen la ejecución de los sistemas, de acuerdo a sus respectivos Expedientes Técnicos, Artículo Tercero.- La presente Resolución será transcrita a la Contraloría General de la República, Dirección Nacional de Presupuesto Público y a las Unidades Orgánicas del Gobierno Regional La Libertad. Regístrese y comuníquese; HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 6100-2 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 1521-2006-GR-LL-PRE Trujillo, 15 de noviembre del 2006VISTO:El Decreto de Urgencia N° 024-2006 de fecha 26 de setiembre de 2006, en el que se da el Procedimiento Especial para la Ejecución de las Actividades y proyectos Bajo el Ámbito de la Ley N° 28880, Ley que autoriza un crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2006.Los Mensajes Vía Correo S/N° del Ing. Jorge Sulem Chu-Jon, de fecha 3 de Octubre de 2006, en el que se indica la suscripción de Convenio de ejecución de Obras en el marco de la Ley N° 28880 – Shock de Inversiones. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, establece la autonomía administrativa de los Gobiernos Regionales con la facultad de organizar internamente, determinar y reglamentar los servicios en el Gobierno Regional La Libertad;