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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de noviembre de 2006 333501 el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2006; y, En uso de las facultades que le con fi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Disposiciones de Austeridad Adicionales para el ejercicio 2006, Nº SBS-DIR-ADM-322-01; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Jimmy Izu Kanashiro, Analista Principal del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, a las Islas Lombok, Indonesia del 25 de noviembre al 3 de diciembre de 2006, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2006, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (clase económica) US$ 4 230,83 Viáticos 1 040,00Tarifa CORPAC 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 6040-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Autorizan funcionamiento de Solfín Sociedad Agente de Bolsa S.A.C. y disponen su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN CONASEV Nº 084-2006-EF/94.10 Lima, 17 de noviembre de 2006 VISTOS:El expediente N° 2006028899, así como el Informe N° 476-2006-EF/94.55 de fecha 9 de noviembre de 2006, presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos, con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencial Nº 005-2006- EF/94.55 de fecha 11 de junio de 2006, se otorgó a los señores Enrique José Solano Morales y Carlos Alejandro Solano Morales la autorización de organización de Solfín Sociedad Agente de Bolsa S.A.C. o su abreviatura Solfín SAB, en su calidad de organizadores; Que, mediante escrito de fecha 27 de octubre de 2006, complementado con fechas 8 y 9 de noviembre de 2006, los organizadores solicitaron a CONASEV se otorgue la autorización de funcionamiento a Solfín Sociedad Agente de Bolsa S.A.C. y su respectiva inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, luego de la evaluación de la documentación presentada por los referidos organizadores, se ha determinado que Solfín Sociedad Agente de Bolsa S.A.C. ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 045-2006-EF/94.10, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF, para obtener la autorización de funcionamiento como sociedad agente de bolsa; Que, Solfín Sociedad Agente de Bolsa S.A.C. deberá constituir una garantía a favor de CONASEV antes del inicio de sus operaciones, de conformidad con lo establecido por el artículo 136 del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 093-2002-EF, así como de acuerdo con lo establecido por el artículo 186 del mismo cuerpo legal; y, Estando a lo dispuesto por el inciso d) del artículo 11 del Texto Único Concordante de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126; así como a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional reunido en sesión de fecha 13 de noviembre de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Solfín Sociedad Agente de Bolsa S.A.C. como sociedad agente de bolsa, la misma que podrá utilizar también la denominación abreviada Solfín SAB. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Solfín Sociedad Agente de Bolsa S.A.C. en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Solfín Sociedad Agente de Bolsa S.A.C. deberá constituir una garantía a favor de CONASEV antes del inicio de sus operaciones. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Solfín Sociedad Agente de Bolsa S.A.C., así como a los señores Enrique José Solano Morales y Carlos Alejandro Solano Morales. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente 5838-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 616-2006-OS/CD Mediante O fi cio Nº 379-2006-OSINERG/GART, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución OSINERG Nº 616-2006-OS/CD publicada en la edición del día 17 de noviembre del año 2006. En el Artículo 1º en lo referido a la aprobación de los Factores Nodales de Potencia para los Puntos de Medición o Barras de Entrega comprendidos en las Bases (página 333015)