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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (25/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de noviembre de 2006 333510 Que por Ley N° 27867.- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su Modi fi catoria, Ley N° 27902, que establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales. Defi ne la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1508-2005-GR-LL/PRE de fecha 30 de diciembre de 2005, se promulgó el Presupuesto Institucional para el año Fiscal 2006 Que, por Ordenanza Regional No. 010-2005-CR/R-LL de fecha 30 de mayo del 2005, se aprueba la Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para la Asignación de Personal del Gobierno Regional La Libertad; Que la Ley N° 28880 aprobó un crédito suplementario para proveer recursos a favor de los sectores, Vivienda, Construcción, y Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Salud, Educación, Energía y Minas, Agricultura, Interior, Mujer y Desarrollo Social, Justicia, para ser destinados a ejecución de actividades y proyectos de inversión de índole y efecto social, cuya realización debe efectuarse de manera inmediata considerando su impacto en la población más pobre del país. En uso de las atribuciones propias conferidas por la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización concordante con la Ley N° 27867 y su modi fi catoria Ley N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 26850, Decreto Supremo N° 083 y 084-2004-PCM, Resolución de Contraloría N° 195-88-CG y con las visaciones correspondientes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la relación de Proyectos que estarán considerados en el ámbito de la Ley N° 28880 y el Decreto Supremo N° 024-2006 que pertenecen al Shock de Inversiones del Sector Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y que se indican a continuación y cuyos Costos son de acuerdo a lo indicado en la Ficha SNIP aprobada, sin considerar la sensibilidad del Proyecto. El valor referencial para contratación será obtenido y detallado en la aprobación del Expediente de Contratación. N° NOMBRE DEL PROYECTO SNIP META INVERSIÓN TOTAL SNIP (S/.)INVERSIÓN LEY 28880 (S/.) 2006VALOR REFERENCIAL PIPS MENORES DE EMERGENCIA1 MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DEL ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE JULCAN11149 SISTEMA 1’932,882.00 500,000.00 2 MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE DE LA CIUDAD DE OTUZCO18122 SISTEMA 1’999,513.00 150,000.00 TOTAL 3’932,395.00 650,000.00 Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia Regional de Infraestructura a través de la Dirección de Ingeniería y Obras del Gobierno Regional La Libertad, supervisen la ejecución de los sistemas, de acuerdo a sus respectivos Expedientes Técnicos, Artículo Tercero.- La presente Resolución será transcrita a la Contraloría General de la República, Dirección Nacional de Presupuesto Público y a las Unidades Orgánicas del Gobierno Regional La Libertad. Regístrese y comuníquese.HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 6100-3 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Aprueban relación de Obras de Electrificación Rural a ejecutarse bajo el Proceso de Selección Abreviado (PSA) RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 486-2006-GR.LAMB/PR Chiclayo, 13 de noviembre de 2006VISTO:La Resolución Ministerial Nº 524 – 2006-MEM/ DM, del Ministerio de Energía y Minas, que aprueba la transferencia fi nanciera a favor de diversos Gobiernos Regionales y Municipalidades para la ejecución de proyectos de inversión; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28880 aprobó un crédito suplementario para proveer recursos a favor de diversos sectores, a fi n de que los mismos sean destinados a la ejecución de actividades y proyectos de inversión de índole y efecto social, cuya realización debe efectuarse de manera inmediata considerando su impacto en la población más pobre del país; Que, mediante Resolución Directoral Nº 049 – 2006 - EF/76.01 se establecieron los Lineamientos para la Aplicación del numeral 3.2 del artículo 3º de la Ley Nº 28880 – Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, precisando, como requisito previo para que el Gobierno Nacional, mediante Resolución Ministerial efectúe las transferencias fi nancieras a los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y empresas públicas, la suscripción de “Convenios para la ejecución de proyectos de inversión – Ley Nº 28880, artículo 3º numeral 3.2”; Que, en atención a lo expresado en el párrafo anterior, el Gobierno Regional Lambayeque suscribió, con fecha 12 de octubre del 2006, el Convenio Nº 009-06-MEM, con el Ministerio de Energía y Minas, a efectos de ejecutar los proyectos de inversión referidos en el anexo 01; Que, por Decreto de Urgencia Nº 024 – 2006, se aprueba el mecanismo que en materia de contrataciones y adquisiciones denominado Proceso de Selección Abreviado (PSA) deberían observar las entidades comprendidas en la Ley Nº 28880, en cuyo artículo 2º se establece que la relación de bienes, servicios y obras se aprueba mediante Resolución del Titular de la Entidad o máxima autoridad administrativa. Dicha Resolución, incluyendo la relación, se publica en el Diario O fi cial El Peruano y en los respectivos portales electrónicos de las Entidades; Que, según Resolución Ministerial Nº 524 – 2006- MEM/DM del Ministerio de Energía y Minas, se aprueba la transferencia financiera para el año 2006, a favor de diversos Gobiernos Regionales y Municipalidades, entre ellos, al Gobierno Regional Lambayeque,