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NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 9 de octubre de 2006 329905REPUBLICADELPERU por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República,en el Programa Nacional de Manejo de CuencasHidrográficas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS- Gerencia Departamental Ayacucho; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, a través del Oficio Nº 0902-2004-CG/DC dispuso la realización de un Examen Especial al mencionado Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación deSuelos -PRONAMACHCS- Gerencia DepartamentalAyacucho, en cumplimiento del Plan Anual de Control de laOficina Regional de Control Ica, cuyo período de análisiscomprendió desde el 01.ENE. al 31.DIC.2003, designando para el caso una Comisión a efectos de realizar dicho examen; Que, como resultado del Examen Especial, la mencionada Oficina Regional emitió la Hoja deRecomendación S/N de 07.JUL.2004, en la cual se haseñalado que durante el ejercicio 2003 en los procesos de selección llevados a cabo por las Agencias Zonales de la referida entidad para la adquisición de productos y/o insumos como fertilizantes, semillas, herramientas,entre otros, un asistente de Gerencia habría conminadoa los administradores, quienes presidían los comitésespeciales designados para los procesos de selección, a fin que determinado proveedor resulte favorecido con el otorgamiento de la buena pro; igualmente habríaconminado a los jefes de las Agencias Zonales para quefirmen oportunamente los cheques y les habría solicitado"colaboraciones voluntarias" con supuestos finespolíticos; asimismo, se habrían simulado procesos y suplantado firmas para favorecer a proveedores con propuestas económicas superiores a las del mercado; Que, debido a la existencia de irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comisión de delito yal requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin,la Comisión consideró conveniente solicitar la participación de la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República,a fin que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General,conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado elAtestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dichaUnidad Técnica a través del Oficio Nº 053-2006-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/OPA.ICA de 02.MAR.2006a la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Huamanga - Ayacucho, a fin que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso,por la comisión de los delitos de Colusión, NegociaciónIncompatible con el Cargo y Falsificación de Documentos,ilícitos previstos y sancionados por los artículos 384º, 397ºy 427º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d) y o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánicadel Sistema Nacional de Control y de la ContraloríaGeneral de la República, constituye atribución de esteOrganismo Superior de Control, disponer el inicio de lasacciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que, producto de una verificación se encuentre presunciónde ilícito penal, así como participar en los procesosjudiciales, administrativos, arbitrales u otros, para laadecuada defensa de los intereses del Estado, cuandotales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, a fin que se apersone e impulselas acciones legales correspondientes e interponga losrecursos que la Ley le faculta en aras de la defensajudicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y susmodificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y representación delEstado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por loshechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiéndoselepara el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 02857-2 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 295-2006-CG Lima, 5 de octubre de 2006 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 023-2006-CG/GDPC de 26.SET.2006, los Oficios Nºs. 029-2006-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/SC de 09.ABR.2006 y 1067-2006-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG de 18.MAY.2006, respectivamentey el Atestado Nº 034-2006-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-OPACGR-CUSCO de 21.MAR.2006, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría Generalde la República, en el Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la realización de un Examen Especial que viene practicando laOficina de Control Institucional de la Presidencia del Consejode Ministros al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, como resultado del mencionado Examen, dicha Oficina de Control Institucional emitió la Hoja Informativa Nº 01-2004-PCM/CA-INDECI de 04.JUN.2004; en la cual sedeterminaron presuntas irregularidades en la documentaciónsustentatoria de las rendiciones de cuenta de los funcionariosy servidores que realizaron comisiones de servicios duranteel período 2000 y 2001 a las diversas Direcciones Regionales del INDECI, evidenciándose que los comprobantes de pago que sustentan la prestación del servicio, habrían sidoadulterados con la finalidad de beneficiarse con los montosasignados por dicho concepto; Que, debido a la existencia de irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comisión de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin, se consideró conveniente solicitar la participaciónde la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacionaldel Perú Adscrita a la Contraloría General de la República,a fin que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General, conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 -Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaboradoel Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido pordicha Unidad Técnica a través del Oficio Nº 029-2006- DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/SC de 09.ABR.2006 a la Tercera Fiscalía Provincial Mixta en lo Penal de Madrede Dios, a fin que este órgano formalice la denunciapertinente ante el Juzgado Penal competente para elcaso, por la comisión de los delitos de Peculado,Falsificación de Documentos y Falsedad Ideológica, ilícitos previstos y sancionados por los artículos 387º, 427º y 428º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d) y o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica delSistema Nacional de Control y de la Contraloría General dela República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del ProcuradorPúblico, en los casos en que, producto de una verificaciónse encuentre presunción de ilícito penal, así como participaren los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros,para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste, por lo que resulta conveniente autorizar al ProcuradorPúblico a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, a fin que se apersone e impulselas acciones legales correspondientes e interponga losrecursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos;