Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2006 (12/09/2006)
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
TEXTO DE LA PÁGINA 55
TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LAS PRESTACIONES DEL D.L. 19990, D.L. 18846 y PENSIONES POR ENCARGO-PEE(1)
Derecho de Pago (3). Automatica Positivo Negativo Evaluacion Previa CALIFICACION Dependencia donde se inicia el tramite Autoridad competente para resolver en primera instancia el tramite Autoridad que resuelve el recurso administrativo Observaciones
N°
Denominacion del Procedimiento (Base Legal y Fecha de Publicacion)
Requisitos (2)
. Documento que sustente el error por parte de la Administracion, en la emision de la resolucion de inscripcion, recuperacion facultativa (DNI, F-300, F-305 o F-302). Gratuito 30 dias Plataformas de Atencion al Publico de MORDAZA y Oficinas Departamentales de ONP. Jefe de la Division de Recaudacion. Mediante el formulario F-306 se puede realizar consultas relacionadas a la inscripcion o recuperacion facultativa.
El Peruano martes 12 de setiembre de 2006
. Formulario F-306, debidamente llenado.
R
EP
UB
LICA DEL P E
R
U
57.6.-Solicitudes o Consultas varias relativas al procedimiento de inscripcion facultativa.Decreto Supremo Nº 01474-TR (07.08.1974) Arts. 1 y siguientes , Decreto Supremo Nº 011-74-TR (31.07.1974) Arts. 1 y siguientes , Ley Nº 27444 (11.04.2001) Arts. 1 y siguientes.
. Original y MORDAZA del documento de identidad del solicitante. . Carta poder simple y MORDAZA simple del DNI del apoderado (de ser el caso).
58
NORMAS LEGALES
Gratuito
X
Mesa de partes en MORDAZA y Oficinas Departamentales de la ONP.
Jefe de la Division de Recaudacion.
Reclamacion: Division de Recaudacion. Apelacion: Tribunal Fiscal.
Este procedimiento se sujeta a los plazos establecidos en el TUO del Codigo Tributario Decreto Supremo Nº 135-99-EF (19.08.1999) modificado por el Decreto Legislativo Nº 953 (05.02.2004), Arts. 38, 39 y 40. De acuerdo al D.S.Nº 039-2001-EF - Art. 7 - a, la ONP es competente respecto de solicitudes de devolucion y/o compensacion de pagos indebidos o en exceso por periodos tributarios anteriores a MORDAZA de 1999.
DEVOLUCION Y/O COMPENSACION DE APORTES INDEBIDOS O EN EXCESO AL SNP-DECRETO LEY Nº 19990 58.1.- Devolucion y/o compensacion por aportes indebidos o en exceso, solicitada por los empleadores (asegurados obligatorios). Decreto Supremo Nº 01474-TR (07.08.1974) Arts. 1 y siguientes, Decreto Supremo Nº 011-74-TR (31.07.1974), Arts. 1º y siguientes.TUO del Codigo Tributario Decreto Supremo Nº 135-99-EF (19.08.1999), modificado por el Decreto Legislativo Nº 953 (05.02.2004), Arts. 38, 39 y 40.
. Solicitud dirigida a la Jefatura de Division de Recaudacion, firmada por el Representante Legal de la empresa, acreditando su representatividad mediante documento publico o privado con firma legalizada por notario o fedatario de la ONP, de conformidad con el articulo 23º del Codigo Tributario.
. MORDAZA autenticada de las Planillas de Remuneraciones o de las Declaraciones Juradas de Trabajadores del periodo materia del pedido de devolucion y/o compensacion, presentados ante la administracion tributaria. . Contrato de Afiliacion al Sistema Privado de Pensiones (de ser el caso). . Comprobantes de pago de aportes del periodo materia de devolucion y/o compensacion (Certificados de Pagos Regulares). . Demas documentos vinculados que estimen necesario para obtener
327937