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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de abril de 2007 342756 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA N° 00001-2007-MDSJM-A Mediante O fi cio N° 088-2007-MDSJM-SG, la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía N° 00001-2007-MDSJM-A, publicado en la edición del día 23 de marzo de 2007 En el Artículo 1ºDICE:........... que estará conformada por:El Gerente de Desarrollo Económico Local. El Gerente de Rentas.El Gerente de Servicios a la Ciudad. DEBE DECIR:............... que estará conformada por:El Gerente de Desarrollo Económico Local El Gerente de Rentas El Gerente de Desarrollo Urbano 44121-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Declaran en situación de desabaste- cimiento inminente el servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 0019-2007/MDSA Santa Anita, 22 de marzo del 2007 VISTOS:En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 22 de marzo del presente año, el Memorándum Nº 0300-2007-GSP-GG/MDSA de la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social sobre el Desabastecimiento Inminente del Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos; CONSIDERANDO:Que, la Gerencia de Administración con Memorándum Nº 344-2007-GA/MDSA re fi ere que la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social con Memorándum Nº 0300-2007-GSP-GG/MDSA da cuenta que el Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos se encuentra asegurado sólo hasta el 27.03.07 y que el proceso de licitación pública para la adquisición de dicho bien, se encuentra en trámite, lo que demandaría un tiempo estimado de 45 días calendario hasta la suscripción del nuevo contrato, situación que implica la necesidad de solicitar una declaratoria de situación de desabastecimiento inminente; a fi n de evitar la proliferación del referido servicio que conllevaría a la acumulación de residuos sólidos y consecuente daño a la salud de los vecinos por la falta de limpieza en nuestro distrito, debiéndose adoptar las acciones que correspondan dentro de los alcances de la normatividad vigente en materia de contrataciones y adquisiciones; Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización con Memorándum Nº 019-2007-GPPR-GG/MDSA señala que sí existe disponibilidad presupuestal para poder atender lo requerido; Que, de acuerdo al artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio y obra compromete en forma directa e inminente la continuación de las funciones, servicios, actividades y operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas requiriéndole invitar a un solo proveedor cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. La adquisición y contratación del bien o servicio u obra objeto de la exoneración será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para tal efecto; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 142-2007-GAJ/MDSA, señala que existen los presupuestos establecidos en el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, para la declaración del estado de Desabastecimiento Inminente solicitado; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9º numeral 8 y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, luego del debate correspondiente y con la aprobación de la mayoría de los señores miembros del Concejo Municipal, y aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente, el Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos, por el período de 45 días calendario o por el tiempo que dure el Proceso de Selección Concurso Público Nº 001-2007-CE/MDSA, el que suceda primero, cuyo valor referencial es de S/. 426,894.60 (Cuatrocientos Veintiséis Mil Ochocientos Noventa y Cuatro con 60/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento, Recursos Directamente Recaudados. Artículo Segundo.- Disponer que la Subgerencia de Logística de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, realice la contratación referida en el artículo primero mediante acciones inmediatas, debiendo observar para ello, lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia del Órgano de Control Institucional de esta Entidad, realice las acciones que correspondan para determinar la responsabilidad por los hechos que dieron origen a la presente declaratoria de desabastecimiento inminente. Artículo Cuarto.- Poner el presente Acuerdo y los informes que lo sustentan en conocimiento de la Contraloría General de la República y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Quinto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su adopción y disponer la publicación en el SEACE-CONSUCODE de conformidad con el artículo 147º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, cúmplase y publíquese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 43824-1