Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2007 (01/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2007

a) MORDAZA simple del documento de identidad del solicitante o representante legal o comprobante de informacion registrada en el RUC expedido por SUNAT. b) Certificado de Numeracion Municipal o MORDAZA simple del recibo de pago, dentro del ultimo trimestre, de luz, agua o telefono. c) Exhibir original y presentar MORDAZA del comprobante de pago de los gastos administrativos y costas procesales que se hubiera generado. d) Documento publico que sustente la propiedad de los bienes muebles, inmuebles o valores propuestos para el pago de la deuda, los mismos que deben estar libres de carga, gravamen o MORDAZA judicial o extrajudicial. e) En el caso de bienes inmuebles se debera adjuntar la tasacion del bien realizado por un perito perteneciente al Cuerpo Tecnico de Tasadores del Peru o por el Consejo Nacional de Tasadores CONATA. f) MORDAZA autenticada del documento o poder que faculta expresamente al solicitante o su representante, de ser el caso, a transferir los bienes muebles e inmuebles o valores propuestos, con una fecha de emision no mayor a 30 dias. g) Presentar Declaracion Jurada de responsabilidad por vicios ocultos de los bienes presentados. h) Estado de la deuda emitido y entregado por la Plataforma de Atencion de la Municipalidad Distrital de Barranco a la fecha de recepcion de la solicitud. 7.2. Para el pago en servicios: a) MORDAZA simple del documento de identidad o comprobante de informacion registrada en el RUC expedido por SUNAT, del solicitante o del representante legal, de ser el caso. b) Certificado de Numeracion Municipal o MORDAZA simple del recibo de pago, dentro del ultimo trimestre, de luz, agua o telefono. c) Exhibir original y presentar MORDAZA del comprobante de pago de los gastos administrativos y costas procesales que se hubieran generado. d) Estado de la deuda emitido y entregado por la Plataforma de Atencion de la Municipalidad Distrital de Barranco a la fecha de recepcion de la solicitud. Articulo 8º.- Procedimiento. Presentada la solicitud, la Plataforma de Atencion de la Municipalidad Distrital de Barranco verificara en el acto que el deudor cumpla con los requisitos que senala la presente MORDAZA, y si este cumpliera con los mismos, se registrara la solicitud como recibida. El solicitante que hubiera cumplido con los requisitos exigidos por la presente ordenanza, tendra un plazo de tres dias habiles para cancelar en efectivo el diez por ciento (10%) del total de la deuda. En caso que el solicitante omita la MORDAZA de alguno de los documentos senalados en el articulo precedente o si estos son presentados con deficiencias que impidan una correcta evaluacion, la Unidad de Tramite Documentario y Archivo Central, a traves de Plataforma de Atencion requerira al solicitante en el acto, para que en el plazo de dos (2) dias subsane la omision o deficiencia en que ha incurrido. Vencido dicho plazo, sin que MORDAZA subsanado o cancelado, se tendra por no presentada la solicitud. Verificado el cumplimiento de los requisitos senalados en la presente ordenanza, la Unidad de Tramite Documentario y Archivo Central remitira la solicitud acompanada de la respectiva documentacion, a la Subgerencia de Logistica. Articulo 9º.- Evaluacion de la Solicitud. Para la evaluacion, la Subgerencia de Logistica considerara si los bienes muebles, inmuebles o servicios ofrecidos se encuentran contenidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Barranco del ejercicio 2007 y si son necesarios para la misma. La Subgerencia de Logistica, valorizara los bienes y servicios ofrecidos, dentro del plazo de cinco (05) dias habiles luego de la recepcion de la solicitud, bajo responsabilidad administrativa del Subgerente. De ser el caso la Subgerencia mencionada podra solicitar a las Gerencias y Subgerencias competentes de la Municipalidad Distrital de Barranco, que dentro del plazo de tres (3) dias improrrogables, emitan opinion respecto a los bienes o servicios ofrecidos bajo responsabilidad administrativa del Gerente o Subgerente correspondiente, lapso por el cual se suspende el plazo senalado en el parrafo anterior. Las solicitudes que no hubieran sido preevaluadas positivamente seran remitidas a la Gerencia de Administracion Tributaria, quien emitira la resolucion denegatoria, en un plazo de dos dias. En ningun caso correspondera la

devolucion de lo pagado conforme a lo establecido en el articulo MORDAZA de la presente ordenanza. Articulo 10º.- Valorizacion. Evaluada la solicitud y estando conforme a las necesidades de la Municipalidad Distrital de Barranco, la Subgerencia de Logistica procedera a valorizar los bienes o servicios ofrecidos por el administrado. Para la valorizacion de los bienes muebles o servicios, la Subgerencia de Logistica tendra como referencia el monto senalado en la solicitud y los valores referenciales que posea. En el caso de los bienes inmuebles, para la valorizacion se tendra como referencia el valor establecido por Peritos del Cuerpo Tecnico de Tasadores del Peru o el Consejo Nacional de Tasadores, CONATA, previamente remitida en la solicitud. En todos los casos, dichos montos deben ser evaluados conjuntamente con los valores que le otorga el MORDAZA a cada bien mueble o servicio presentado. La valorizacion realizada es inapelable, en todo caso el administrado podra desistirse de su solicitud. De considerarlo necesario para una mejor valorizacion, se podra programar la MORDAZA de los bienes o la visita a los mismos, debiendo levantarse un acta de dicha MORDAZA o visita, la misma que formara parte del acta de valorizacion. Articulo 11º.- Aprobacion de la Solicitud. Luego de efectuada la valorizacion, la Subgerencia de Logistica notificara al solicitante el monto de la misma, otorgandole un plazo de tres (3) dias para que se apersone a las oficinas de dicha Subgerencia para la firma del acta de valorizacion. Luego de firmada el acta, la Subgerencia de Logistica elevara un informe a la Gerencia de Administracion Tributaria, quien, en un plazo de dos dias habiles, decidira sobre la aprobacion de la solicitud. Articulo 12º.- Entrega de los bienes y/o servicios. Aprobada y notificada la Resolucion de aprobacion, y en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias, el solicitante debera apersonarse ante la Municipalidad Distrital de Barranco, a fin de coordinar, suscribir el contrato y poner a disposicion de la Subgerencia de Logistica, los bienes, valores o servicios contenidos en la Resolucion, siguiendo el procedimiento que corresponda a la naturaleza y particularidades de cada uno. Vencido el plazo sin que se MORDAZA cumplido lo dispuesto en el parrafo anterior, el deudor perdera automaticamente el derecho a pagar en bienes, valores o servicios. En este caso la Subgerencia mencionada podra otorgar un plazo adicional MORDAZA de cinco (5) dias de considerarlo conveniente. Articulo 13º.- Cuando el Valor del Bien o Servicio sea Menor o Mayor a la Deuda Acogida. Si el monto de la valorizacion del bien o servicio, es menor al monto imputable, el deudor debera pagar la diferencia al contado o fraccionadamente, de conformidad con las normas que regulan la materia. Cuando el monto de la valorizacion sea mayor al monto imputable, la Municipalidad Distrital de Barranco compensara la diferencia con alguna deuda que posea el administrado. Articulo 14º.- Intereses Moratorios de la Deuda. Los intereses moratorios generados por la deuda materia de acogimiento seran calculados hasta la fecha de la MORDAZA de la solicitud, despues de dicha fecha no se aplicaran intereses. En el caso de las solicitudes no aprobadas, el calculo de los intereses se retomara desde la fecha de la MORDAZA de la solicitud. Articulo 15º.- Bienes Sujetos a Inscripcion. En el caso de bienes sujetos a inscripcion en los Registros Publicos o cuya enajenacion se encuentra sujeta al cumplimiento de formalidades, solo se podra otorgar la conformidad luego de la inscripcion de la transferencia en los Registros Publicos a favor de la Municipalidad Distrital de Barranco o con el cumplimiento de las formalidades establecidas en las disposiciones legales correspondientes. Articulo 16º.- De las Personas que Prestan el Servicio. En la ejecucion de los servicios que presten los deudores, estos deberan mantener la confidencialidad de la informacion a la cual tengan acceso durante el periodo del mismo. Asimismo, estaran sujetos a un sistema de supervision y evaluacion permanente por personal de la Corporacion

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