Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2007 (01/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Municipal, orientado a verificar la conformidad de los mismos, en funcion a las condiciones tecnicas contenidas en el contrato suscrito con la Municipalidad Distrital de Barranco para dichos fines. Articulo 17º.- Causales de Perdida del Derecho a Pagar Mediante Bienes o Servicios Se perdera el derecho a pagar la deuda mediante bienes o servicios cuando ocurra alguna de las siguientes causales: a) Por perdida del bien por culpa del deudor o la imposibilidad sobreviniente de la prestacion del servicio. b) Cuando los bienes entregados o los servicios prestados no cumplan con las caracteristicas senaladas en la Resolucion de aprobacion. c) Cuando se detectase que los deudores no cumplen eficientemente o cumplen parcialmente con los servicios ofrecidos, de conformidad con el contrato suscrito para dichos fines. d) Cuando se detectase que el deudor hubiera utilizado el nombre de la institucion para realizar actos de provecho particular o a favor de terceros. e) Por interponer recurso impugnativo, demanda contencioso administrativa, accion de MORDAZA o cualquier otra accion ante el Poder Judicial o ante organos administrativos contra la Municipalidad Distrital de Barranco, respecto de la deuda acogida a esta modalidad de pago. f) Por no mantener la confidencialidad de la informacion a la cual el deudor tenga o MORDAZA tenido acceso durante la ejecucion del servicio prestado. g) Por otras que en funcion a su gravedad y a criterio de la Municipalidad Distrital de Barranco MORDAZA meritorias de la finalizacion del beneficio de pago en bienes o servicios. h) Por el incumplimiento de los requisitos previstos en los articulos 5º y 8º de la presente ordenanza. Articulo 18º.- De la Perdida del Derecho y sus Efectos. Presentada alguna de las causales establecidas en el articulo anterior, la Gerencia de Administracion Tributaria emitira una Resolucion mediante la cual comunicara al solicitante la perdida del derecho a pagar en bienes o servicios y procedera con la cobranza correspondiente de la parte de la deuda no pagada, luego de efectuada la imputacion de pagos conforme a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario por los bienes o servicios prestados, en caso de corresponder. Articulo 19º.- Conformidad de la Transferencia de Bienes o Prestacion de Servicios. La Subgerencia de Logistica luego de verificar la conformidad de la transferencia de los bienes entregados o la finalizacion satisfactoria de la prestacion del servicio, emitira un Informe de Conformidad, que contendra el monto compensado, remitiendo el mismo a la Gerencia de Administracion Tributaria para la acotacion de la deuda correspondiente. Articulo 20º.- Cancelacion del Monto de la Deuda Acogida. El monto compensado sera el valor correspondiente al bien, valor o servicio prestado, conforme se encuentre consignado en el Informe de Conformidad mencionado en el articulo anterior. Se MORDAZA por compensada o cancelada la deuda con la emision de la Resolucion de pago que para dicho efecto emitira la Gerencia de Administracion Tributaria. Articulo 21º.- Incorporacion de los Bienes. Emitida la Resolucion senalada en el articulo anterior, los bienes se incorporaran al patrimonio de la Municipalidad Distrital de Barranco, de conformidad con las normas que rigen la administracion de los bienes de los Gobiernos Locales. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- El pago en bienes o servicios no es compatible con la aplicacion de otros beneficios tributarios. Segunda.- La Gerencia de Administracion Tributaria y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto efectuaran las modificaciones contables y presupuestales necesarias para regularizar las asignaciones y compensaciones a que hubiera, debido a la ejecucion del pago con bienes y servicios. Tercera.- Facultese al MORDAZA Distrital, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza, incluida su prorroga.

Cuarta.- La presente ordenanza tendra vigencia, desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de diciembre del ano 2007. Registrese, comuniquese publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Balance General y la Memoria Anual de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 023
Lince, 26 de marzo de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; POR CUANTO: El Concejo de Lince en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso 17) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, concordante con los Articulos 11º y 54º de dicho texto legal, corresponde al Concejo Municipal aprobar el Balance y la Memoria Anual; Que, la Municipalidad de Lince ha cumplido con lo dispuesto por la Ley Nº 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, que tiene como objeto establecer el MORDAZA legal para dictar y aprobar normas y procedimientos que permitan armonizar la informacion contable de las entidades del sector publico y del sector privado, asi como, para elaborar las cuentas nacionales, la Cuenta General de la Republica, las cuentas fiscales y efectuar el planeamiento que corresponda; Que, mediante Informe Nº 047-2007-MDL/GA de fecha 21 de marzo de 2007, la Gerencia de Administracion presenta el Balance General y Estado de Gestion al 31 de diciembre de 2006 y, asimismo, presenta la Memoria Anual del Ejercicio 2006 que contiene las caracteristicas generales del distrito y las actividades realizadas durante dicho periodo; Que, la aprobacion del Balance General y Estado de Gestion correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006, no implica la aprobacion de la gestion ni de los actos administrativos que aquellos sustentan, los que son objeto de acciones de control por parte del Sistema Nacional de Control, segun las normas de la materia; En uso de las facultades establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta el Concejo por UNANIMIDAD; ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar el Balance General y la Memoria Anual de la Municipalidad de Lince al 31 de diciembre de 2006. Articulo Segundo.- Disponer que se remitan los documentos mencionados en el articulo precedente a la Contaduria Publica de la Nacion, en cumplimiento de la normatividad vigente. Articulo Tercero.- Precisar que dicha aprobacion es un acto formal de ordenamiento administrativo y juridico que no implica la aprobacion de la gestion ni los actos administrativos que aquellos sustentan, los cuales estaran sujetos a las acciones de control y fiscalizacion permanente. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y la Jefatura de Contabilidad realizar las acciones pertinentes a fin de dar cumplimiento al presente Acuerdo. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA

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