Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2007 (01/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional de MORDAZA, conforme a lo acordado en su sesion de la fecha: ACUERDA: Primero.- Exigir al Honorable Tribunal Constitucional, cumpla con el Art. 1º de su Ley Organica Nº 28301, trasladando su sede a la MORDAZA de MORDAZA y por tanto celebrar sus reuniones y audiencias en esta ciudad. Segundo.- Disponer que el presente Acuerdo Regional sea publicado en el Diario Oficial El Peruano y en diario de Avisos Judiciales de la Region Arequipa. Disponiendose en dicho acto su registro y notificacion. MORDAZA, 26 de marzo de 2007 MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARRAGA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA

la Ley Nº 26935 y en uso de las facultades previstas en el literal j) del articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA, que han sido conferidas por la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 033-2007-GR CUSCO/PR que designa al Director Regional que suscribe; por los considerandos expuestos; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 001-2007GR CUSCO/DIRCETUR/DT "Procedimiento de Autorizacion Sectorial previa a la Licencia de Funcionamiento para Agencias de Viaje y Turismo que operen en la Region del Cusco", que consta de ocho acapites, y que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Toda solicitud que se encuentre en tramite respecto a la inscripcion en el Directorio de Agencias de Viajes y Turismo de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional del MORDAZA, debe observar en primer orden el procedimiento previsto para la autorizacion sectorial. Articulo Tercero.- Otorgar el plazo de sesenta dias habiles desde su publicacion a las Agencias de Viajes y Turismo que se encuentren inscritas en el Directorio de Agencias de Viajes y Turismo de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional del MORDAZA, para su regularizacion. Vencido este plazo la DIRCETUR iniciara las acciones que correspondan conforme a ley. Articulo Cuarto.- Poner la presente Resolucion en conocimiento de los Gobiernos Locales de la Region del MORDAZA, Instituto Nacional de Cultura ­ MORDAZA e Instituto Nacional de Recursos Naturales para los fines pertinentes. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo DIRECTIVA Nº 001-2007- GR CUSCO/DIRCETUR ""PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACION SECTORIAL PREVIA A LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA AGENCIAS DE VIAJE Y TURISMO QUE OPEREN EN LA REGION DEL CUSCO" MORDAZA, 21 de marzo de 2007 1. OBJETIVOS Los objetivos de la presente Directiva son: 1.1. Garantizar que operen en el MORDAZA solo las agencias de viaje y turismo que reunan condiciones adecuadas para la prestacion del servicio, conforme al Reglamento de Agencias de Viaje y Turismo, Decreto Supremo Nº 026-2004-MINCETUR. 1.2. Establecer el procedimiento y requisitos que deberan reunir las personas naturales o juridicas para la obtencion de la autorizacion sectorial previa a la licencia de funcionamiento para el inicio de sus actividades como agencia de viajes y turismo, conforme establece la Ley Nº 26935 y su Reglamento. 2. ALCANCE Se encuentran comprendidas en el ambito de lo dispuesto en la presente Directiva las personas naturales o juridicas que se encuentren inscritas en el Registro Unico de Contribuyentes ­RUC- como agencia de viajes y turismo (sea que se trate de una agencia de viajes y turismo mayorista, minorista u operador de Turismo), y que operen dentro del ambito de competencia administrativa de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional del Cusco. 3. BASE LEGAL a) Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales b) Ley Nº 26935, Ley sobre Simplificacion de Procedimientos Administrativos y las Autorizaciones Sectoriales para el inicio de actividades de las empresas. c) Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. d) Decreto Supremo Nº 024-98-ITINCI, Reglamento de la Ley Nº 26935.

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GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Directiva "Procedimiento de Autorizacion Sectorial previa a la Licencia de Funcionamiento para Agencias de Viaje y Turismo que operen en la Region del Cusco"
RESOLUCION DIRECTORAL N° 004-2007-GR CUSCO/DIRCETUR/DT
MORDAZA, 21 de marzo de 2007 EL DIRECTOR REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO DEL MORDAZA VISTO: El Informe N° 011-2007/DIRCETUR/AL/TOOO, sobre la Aplicacion del Decreto Supremo Nº 026-2004-MINCETUR, Reglamento de Agencias de Viaje y Turismo, asi como la observancia a la Ley Nº 26935 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 024-98- ITINCI. CONSIDERANDO: Que, es funcion de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional del MORDAZA DIRCETUR CUSCO-, supervisar la correcta aplicacion de las Normas Legales relacionadas con la actividad turistica y el cumplimiento de los estandares exigidos a los prestadores de servicios turisticos de la region. Que, el articulo 8º del Decreto Supremo Nº 026-2004MINCETUR, Reglamento de Agencias de Viaje y Turismo; articulo 3º de la Ley Nº 26935, Ley sobre Simplificacion de Procedimientos Administrativos y las Autorizaciones Sectoriales para el inicio de actividades de las empresas; y, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 024-98-ITINCI, Reglamento de la Ley Nº 26935, determinan la obligacion de las Agencias de Viajes y Turismo de obtener la Autorizacion Sectorial previa a la Licencia de Funcionamiento para el inicio de sus actividades. Que, resulta necesario establecer los requisitos y procedimientos para otorgar la correspondiente autorizacion, a fin de garantizar que en la Region MORDAZA, solo operen las agencias que reunan condiciones adecuadas para la prestacion del servicio, conforme a lo dispuesto por el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 026-2004-MINCETUR, Reglamento de Agencias de Viaje y Turismo. De conformidad con lo dispuesto por los literales c), e) y m) del articulo 63º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 084-2006-MINCETUR/ DM, Resolucion Ejecutiva Regional Nº 544-2005-GR CUSCO/ PR, Decreto Supremo Nº 026-2004-MINCETUR, Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, Ley Nº 26935, Ley sobre Simplificacion de Procedimientos Administrativos y las Autorizaciones Sectoriales para el inicio de actividades de las empresas, Decreto Supremo Nº 024-98-ITINCI, Reglamento de

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