Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2007 (01/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

342744

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2007

Precision respecto al pago de la Tasa en Recursos de Apelacion

ACUERDO N° 004/2007
27 de marzo de 2007 El senor Presidente del Tribunal manifesto su preocupacion con relacion a una potencial confusion de los operadores de la normativa de contrataciones y adquisiciones acerca de la exigencia de efectuar el pago de tasa para la interposicion de un recurso de apelacion, bajo el ambito de aplicacion del Decreto Supremo Nº 028-2007-EF. Al respecto, el articulo 155 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por el Decreto Supremo Nº 028-2007-EF, publicado el 03.03.2007 en el diario oficial El Peruano, establece los requisitos de admisibilidad de los recursos de apelacion, habiendo eliminado la exigencia del comprobante de pago de la tasa para la interposicion de dicho recurso. Asimismo, cabe senalar que el articulo 54 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, modificado por la Ley Nº 28911, ha dispuesto que las discrepancias que surjan entre la Entidad y los postores de un MORDAZA de seleccion, solamente podran dar lugar a la interposicion del recurso de apelacion; el mismo que sera conocido y resuelto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. De otro lado y de conformidad con los articulos 2° y 3° de la Ley Nº 28911, se tiene que las modificaciones establecidas por esta ley seran aplicables a los procesos de seleccion que se convoquen a partir de su vigencia. Es decir que la citada Ley entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del Decreto Supremo Nº 028-2007-EF, el cual aprueba las modificaciones del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Concordante con lo MORDAZA expuesto, el Comunicado Nº 003-2007 (PRE) emitido por la Presidencia de CONSUCODE, ha senalado que las modificaciones efectuadas al regimen de solucion de controversias durante el MORDAZA de seleccion, establecidas por la Ley Nº 28911 y el Decreto Supremo Nº 0282007-EF, seran aplicables a todos los procesos de seleccion que se convoquen a partir del 04.03.2007. Por tanto, no habiendose efectuado aun la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006EF, en el sentido que sea incluido el recurso de apelacion como un procedimiento administrativo que conoce el Tribunal, es necesario interpretar la normativa, precisando que no es exigible el pago de una tasa para la MORDAZA de recursos de apelacion. Vista la propuesta formulada por el senor Presidente, el Tribunal, luego del analisis y debate correspondiente, por unanimidad, ACORDO: Precisar a los operadores de la normativa de contratacion estatal, que en el caso de la interposicion de recursos de apelacion, referidos a procesos de seleccion convocados a partir del 04.03.2007, no sera exigible la MORDAZA del comprobante de pago de la tasa para su tramitacion. LATORRE BOZA; ISASI BERROSPI; MORDAZA MILLA; CABIESES LOPEZ; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, de conformidad con el articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica publicara en el Diario Oficial "El Peruano", con caracter de MORDAZA Legal, la variacion mensual que MORDAZA experimentado el Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana; Que, asimismo la Primera Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 510, expresa que el INEI, debera publicar mensualmente con caracter de MORDAZA Legal, la Variacion Acumulada del Indice de Precios al Consumidor, con respecto al indice del mes de diciembre del ano anterior; Que, en el mes de enero del 2002 se realizo la revision de la metodologia y de los procedimientos de calculo del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, estableciendose como periodo Base: Diciembre 2001=100,00; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicacion de la Variacion Mensual del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, correspondiente al mes de marzo del 2007 y la Variacion Acumulada del Indice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre del 2006, asi como aprobar la publicacion del Boletin Mensual que contiene la informacion oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, (Base: Diciembre 2001 = 100,00) correspondiente al mes de marzo del 2007, asi como su Variacion Porcentual Mensual y Acumulada.
ANO 2007 MES ENERO FEBRERO MARZO NUMERO INDICE 110,52 110,81 111,19 VARIACION PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 0,01 0,26 0,35 0,01 0,27 0,62

Articulo 2º.- Aprobar la publicacion del Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, correspondiente al mes de marzo del 2007, documento que contiene la Informacion Oficial del Indice de Precios al Consumidor. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe

44398-1

Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente al mes de marzo de 2007
RESOLUCION JEFATURAL N° 108-2007-INEI
MORDAZA, 31 de marzo del 2007 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI, elabora el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como periodo Base: Ano 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es necesario disponer la publicacion de la Variacion Mensual y Acumulada del Indice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de marzo del 2007, y del Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, que contiene la informacion oficial del Indice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional con la Base: Ano 1994= 100,00, correspondiente al mes de marzo del 2007, asi como su variacion mensual y acumulada.

44073-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana correspondiente al mes de marzo de 2007
RESOLUCION JEFATURAL N° 107-2007-INEI
MORDAZA, 31 de marzo del 2007

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