Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2007 (14/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972-Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 41 de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos institucionales, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto; y Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- SUSPENDER los alcances de la Ordenanza Municipal Nº 038-2005/MDV-ALC de fecha 13 de MORDAZA del 2005, por espacio de treinta dias, a fin que la Gerencia de Participacion Vecinal de esta corporacion MORDAZA, presente en dicho plazo, una nueva propuesta de reglamentacion, para la eleccion de las organizaciones sociales. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 48109-4

N° 025-2007-PCM. Por lo que este plazo vence el dia lunes 16/4/2007. Por estas consideraciones, de acuerdo a las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y con el MORDAZA por unanimidad del Concejo Municipal en la Sesion de fecha 31 de marzo de 2007; SE ACUERDA: Articulo Unico.- Fijar la remuneracion del MORDAZA en la suma de S/. 4 225.00 (Cuatro mil doscientos veinticinco nuevos soles 00/100); ello en aplicacion del Decreto Supremo N° 025-2007-PCM. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 48099-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA-PAMPAS
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO N° 007-2007-MPT/A Pampas, 26 de marzo del 2007 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26.MAR.2007, el Informe Nº 023-2007-MPT-GM, emitido por la Gerencia Municipal, Informe Legal Nº 048-2007ALM-GAL-MPT/P del Asesor Juridico MORDAZA MORDAZA MORDAZA, e Informe Nº 034-UPA.MPT/P-2007 del jefe de la Unidad de Produccion Alimentarios, poniendo a consideracion del Concejo la exoneracion del MORDAZA de seleccion por desabastecimiento inminente para la adquisicion de leche evaporada entera y hojuelas de MORDAZA enriquecida con quinua y kiwicha para los beneficiarios del Programa Vaso de Leche, periodo marzo y MORDAZA 2007; CONSIDERANDO: Que, el literal c), del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion (procesos de licitacion publica, concurso publico, adjudicacion directa y adjudicacion de menor cuantia) las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad a la presente ley; senalando el literal c) del articulo 20º - formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion, que las exoneraciones se aprobaran por Acuerdo de Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales; Que, asimismo, el articulo 20º de la MORDAZA legal citada, concordante con el articulo 146º de su Reglamento, establece, respecto al procedimiento de exoneracion que la Resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, el cual debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision; Que, segun lo dispuesto por la referida MORDAZA,

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ISLAY
Fijan remuneracion de MORDAZA de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO N° 030-2007-MPI Mollendo, 31 de marzo de 2007 El Concejo Provincial de Islay en Sesion Ordinaria de fecha 31 de marzo del ano 2007; y, CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM se han fijado medidas sobre los ingresos que por todo concepto perciben los alcaldes. La remuneracion fijada se ha determinado teniendo en cuenta la proporcion de la poblacion electoral de la circunscripcion de acuerdo a la informacion emitida por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC. En el distrito de Mollendo existen 18 444 electores, haciendo un indice de poblacion electoral de 0.0567, factores que determinan una remuneracion mensual de S/. 3 250.00 (Tres mil doscientos cincuenta nuevos soles 00/100) a los que se agrega un adicional por ser capital de provincia de S/. 975.00 (Novecientos setenta y cinco nuevos soles 00/100), haciendo un total de S/. 4 225.00 (Cuatro mil doscientos veinticinco nuevos soles 00/100) como ingreso total mensual por todo concepto. Que, la remuneracion actual del MORDAZA Provincial de Islay, es de S/. 4 640.00 (Cuatro mil seiscientos cuarenta nuevos soles 00/100) debiendo ser reajustada a la suma de S/. 4 225.00 (Cuatro mil doscientos veinticinco nuevos soles 00/100), en aplicacion del Dispositivo MORDAZA senalado. Que la adecuacion de la remuneracion del MORDAZA debe ser aprobada por el Concejo Municipal dentro de los 15 dias posteriores a la publicacion del Decreto Supremo

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