Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2007 (14/04/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

343541

OBSERVACION 1.1. DIRECTOR DEL HOSPITAL PROVINCIAL MORDAZA DE MORDAZA, PERCIBIO IRREGULARMENTE REMUNERACIONES POR LA SUMA DE S/.11,990.25 SIN EXISTIR CONTRAPRESTACION DE SERVICIOS. Realizada la evaluacion a los Registros de Asistencia establecidos en el HPDBL, se aprecia que el Medico MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alburquerque, incurrio en inasistencia injustificada, conforme se corrobora con los Informes del Area de Control de Asistencia Nº 011, 013, 019, 023, 025, 037, 039, 042, 047, 049 y 052-GR.LAMB-DRSALHPDBL-E-D.H.A.C.A, del 27 de enero; 4, 10, 24 y 26 de febrero; 8, 11, 15 y 31 de marzo; asi como 7 y 14 de MORDAZA de 2004, por la suma de S/.11,990.25; tal como lo acredita la Planilla Unica de Pagos por dichos meses, suscrita por el referido profesional, como si hubiera realizado labor efectiva (ANEXO 08); sin embargo, durante los meses de febrero a junio 2004, ha percibido en forma irregular remuneraciones por la suma de S/.11,990.25, sin haber realizado labor efectiva o existido contraprestacion de servicios. OBSERVACION 1.2. DIRECTOR DEL HOSPITAL PROVINCIAL DOCENTE MORDAZA DE MORDAZA, PERCIBIO IRREGULARMENTE REMUNERACIONES, POR LA SUMA DE S/.10,327.67, NO OBSTANTE HABER SIDO CESADO TEMPORALMENTE EN SUS FUNCIONES. Mediante Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 042-2004-GR.LAMB/DRSAL, de 21.JUN.2004, al Medico MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBURQUERQUE, se le aplica sancion disciplinaria de cese temporal de doce (12) meses sin goce de remuneraciones, por inasistencia injustificada en el periodo comprendido de febrero a junio de 2004, la misma que fue ejecutada en parte, o sea por el lapso aproximado de cuatro meses (24.JUN-2004 a 27.OCT.2004), interrumpiendose sus efectos debido a la reposicion provisional del indicado servidor en el puesto de trabajo, del dia 27.OC.2004 (ANEXO Nº 6, 10 Y 11). Como fundamento de esta observacion se debe indicar la conducta asumida por el Medico MORDAZA MORDAZA Alburquerque, expresada en el hecho de solicitar y aceptar el pago de las remuneraciones, aun conociendo que el MORDAZA judicial no terminaba con su reposicion provisional; asi como la conducta de los servidores involucrados, evidencia en el hecho de cancelar remuneraciones dejadas de percibir, sin contraprestacion de servicios; y sin existir sentencia judicial que ordene el pago, hecho que ha causado perjuicio economico a la Entidad, por la suma de S/.10,327.67. Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 262-2003GR.LAMB/PR, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Regional del Gobierno Regional Lambayeque; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada los dias 5 y 19 de febrero de 2007, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, iniciar las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Nº 008-020-2-0633-GR.LAMB/DRSALOECI, de fecha 6 de diciembre de 2006. Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional, y; Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, Decreto Ley N° 17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional, Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 27867 y su modificatoria

Ley Nº 27902 - Ley Organica de gobiernos Regionales;

Articulo Primero.- AUTORIZAR al senor abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico del Gobierno Regional MORDAZA, el inicio de las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Nº 008020-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI, por las razones expuestas. Articulo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduria Publica del Gobierno Regional MORDAZA, transcribiendo la presente Resolucion Ejecutiva Regional para su conocimiento y fines pertinentes, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. NERY MORDAZA DE KROLL Presidente Regional (e) 48306-1

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables de la comision de delitos en los CLAS Apurlec y MORDAZA MORDAZA de Olmos de la Direccion Regional de Salud MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 199-2007-GR.LAMB/PR Chiclayo, 4 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Expediente Administrativo con Registro Nº 97789, de fecha 5 de marzo de 2007 y el Acuerdo del Directorio de Gerentes Regionales de fecha 19 de marzo de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 698-2006-GR.LAMB/ DRSAL-OEAJ, de fecha 2 de marzo de 2007, el Dr. MORDAZA Echeandia MORDAZA ­Director Regional de Salud MORDAZA, ha remitido el Informe Especial Nº 002010-2007-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI denominado Recursos Financieros de los Reembolsos del Seguro Integral de Salud, por la suma de S/. 32,570.38; han sido desvirtuados para cubrir diversos gastos corrientes, en el CLAS "APURLEC", Direccion Regional de Salud Lambayeque", en ciento veintiseis (126) folios, solicitando se autorice al Procurador Publico Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional de MORDAZA, a iniciar las acciones judiciales que correspondan contra los presuntos responsables comprendidos en dicho informe; Que, del Informe Especial MORDAZA mencionado, se tienen los siguientes hechos: De la revision selectiva de la documentacion sustentatoria relacionada con las Rendiciones Mensuales de Reembolsos del Seguro Integral de Salud (SIS) al CLAS "APURLEC" y Actas de Declaraciones Juradas de Rendiciones de Cuentas, del periodo sujeto a control (enero 2004 a diciembre 2004), se aprecia que con los recursos financieros, provenientes de dichos reembolsos, se han pagado gastos corrientes, por la suma de S/. 32,570.38, los mismos que por su naturaleza, no han sido destinados para garantizar la adecuada ejecucion de los Planes de Beneficios del SIS, asi como, la atencion y calidad del servicio de salud, por parte de los Establecimientos de Salud (Anexo Nº2);

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.