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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (14/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 96

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de abril de 2007 343554 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Incorporan servicio denominado “Otorga- miento de Certificados Domiciliarios” en el TUPA de la Municipalidad (Se publica la presente resolución a solicitud de la Municipalidad de Surquillo, mediante O fi cio Nº 091-2007/ SG-MDS, recibido el 12 de abril de 2007) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1515-2006-MDS Surquillo, 7 de agosto de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO; CONSIDERANDO: Que, con fecha 5 de agosto de 2006, se ha publicado en el Diario O fi cial El Peruano la Ley Nº 28862, Ley que elimina la atribución de la Policía Nacional del Perú a expedir certi fi cados domiciliarios, modi fi cándose asimismo el artículo 2º de la Ley Nº 27839 que asignaba dichas funciones a los Gobiernos Locales dentro de su jurisdicción; Que, la eliminación de la atribución asignada originalmente a la Policía Nacional del Perú ha motivado que la Administración Municipal, ante la creciente demanda de certi fi caciones domiliciarias por parte de los vecinos del distrito, deba implementar dicho servicio con arreglo a Ley; Que, en consecuencia, corresponde incorporar el servicio “Otorgamiento de Certi fi cados Domiciliarios” como servicio no exclusivo (en la medida en que el mismo también es prestado por los Notarios Públicos y los Jueces de Paz) en el Texto Único de Servicios No Exclusivos aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 1607-2004/SG- MDS de fecha 13 de diciembre de 2004; Estando a la propuesta formulada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe Nº 217- 2006/GPP-MDS de fecha 7 de agosto de 2006, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo 1º.- INCORPORAR en el Texto Único de Servicios No Exclusivos aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 1607-2004/SG-MDS de fecha 13 de diciembre de 2004 el servicio denominado “Otorgamiento de Certi fi cados Domiciliarios” y el cobro del derecho conforme al Cuadro Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social y de Juventudes el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Estadística e Informática la publicación de la presente Resolución en la página Web de la Corporación Municipal y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión de esta disposición. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO SERVICIOS NO EXCLUSIVOS Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOREQUISITOS DERECHOS DE PAGOS CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE APRUEBA TRÁMITERECURSOS IMPUGNATIVOSAUTO- MÁTI- CO EVALUACIÓN % U.I.T.Importe S/.POSI- TIVONEGA- TIVONO REGU GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y DE JUVENTUDES Servicios No Exclusivos 1 Otorgamiento de Certi fi cado DomiciliarioBase Legal Ley Nº 28362 Ley Orgánica de MunicipalidadesN° 279721. Copia simple de DNI 2. Copia simple de Recibos de Agua, luz y/o teléfono que acredite domicilio0.1472 S/. 5.00 X 2 días Unidad de Trámite DocumentarioGerencia de Desarrollo Social y de Juventudes MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Precisan que la Ordenanza Nº 151/ MVMT que aprueba el TUPA de la Municipalidad entrará en vigencia con la ratificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA Nº 004-2007-MVMT Villa María del Triunfo, EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO: POR CUANTO: En sesión extraordinaria de la fecha que se indica;CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú preceptúa que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa; Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 establece que las Ordenanzas, en materia tributaria, expedidas por las municipalidades deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, la Ordenanza Nº 151/MVMT publicada integrante en el Diario O fi cial El Peruano el 31/5/2004, que aprueba el TUPA de esta Corporación Edil, no está rati fi cado por la Municipalidad de Lima, en virtud de lo cual no se encuentra en vigencia; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente; aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRECISAR que el texto Integro de la Ordenanza Nº 151/MVMT que aprueba el Texto Único 48031-1