Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2007 (14/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

343547

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Prorrogan plazos para el pago del primer trimestre del Impuesto Predial y de primera y MORDAZA cuota de Arbitros Municipales
DECRETO DE ALCALDIA N° 005-2007-A/MDC Carabayllo, 5 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194° de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 192° de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como para crear, modificar y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, el articulo 15° del Decreto Supremo N° 1562004-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal senala que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero o en su defecto podra ser fraccionado en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota se pagara hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de mayo. agosto y noviembre, debiendo ser reajustado con el Indice de Precios al por Mayor (IMP) que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; Que, mediante las Ordenanzas N°s. 087 y 095-A/MDC, se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006, asi como se establecio el cronograma de pagos en forma mensual, siendo su vencimiento el ultimo dia habil de cada mes; Que, en la Primera Disposicion Final de la Ordenanza N° 087-A/MDC se establecio un incentivo del 10% por el pago adelantado de los Arbitrios Municipales por todo el ano sin incluir los derechos de emision; Que, mediante Ordenanza N° 118-A/MDC de fecha 31 de diciembre de 2006, se prorrogo para el Ejercicio Fiscal 2007 el importe de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo determinados en la Ordenanza N° 087 y 095-A/MDC; Que, en la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final se dispone que en todo lo no previsto en la Ordenanza N° 118-A/MDC, tengase presente el lo que sea aplicable, lo estipulado en la Ordenanza N° 087-A/MDC y su modificatoria Ordenanza N° 095-A/MDC; Que, mediante las citadas Ordenanzas se faculta al MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia se dicten las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de las Ordenanzas de los Arbitrios Municipales; Que, es necesario dar facilidades a los contribuyentes del Distrito a fin de que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias ante la Administracion Tributaria Municipal; Estando a las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el vencimiento del primer trimestre del Impuesto Predial hasta el 31 de marzo de 2007. Articulo Segundo.- PRORROGAR el vencimiento del pago de la primera y MORDAZA cuota de los Arbitrios

Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo hasta el 31 de marzo de 2007. Articulo Tercero.- PRORROGAR el beneficio del pronto pago del 10% de descuento de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo hasta el 31 de marzo de 2007. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Informatica y a la Subgerencia de Imagen Institucional la difusion correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 48688-1

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Incluyen MORDAZA de adquisicion de utiles de oficina en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 075 -2007-ALC/ML Lurin, 16 de marzo de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN VISTO: El Informe Nº 038-2007-SGLMB/ML de fecha 7 de febrero del 2007, respectivamente presentado por el Sub Gerente de Logistica y Margesi de Bienes. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 38-2007-SGLMB/ML el Sub Gerente de Logistica y Margesi de Bienes, solicita la exclusion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Lurin en lo que se refiere al item Nº 03 Adquisicion de Utiles de Oficina, bajo la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva por un monto S/. 48,082.00 (Cuarenta y Ocho Mil Ochenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles) e incluir la Adquisicion de Utiles de Oficina bajo la modalidad de Menor Cuantia por Subasta Inversa Presencial, por un valor de S/. 23,928.00 (Veintitres mil novecientos veintiocho con 00/100 Nuevos Soles). Asimismo la Adquisicion de Utiles de Oficina bajo la Modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia por un monto de S/. 34,059.54 (Treinta y Cuatro Mil Cincuenta y Nueve con 00/100 Nuevos Soles). Que, mediante Informe Nº 180-2007-OAJ/ML, la Oficina de Asesoria Juridica, opina por que se apruebe la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, item 03, "Adquisicion de Utiles de Oficina" de la Municipalidad de Lurin Que, el numeral 2) de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones considerara todas las adquisiciones y contrataciones cuyos procesos de seleccion, sea que se trate de licitaciones publicas, concursos publicos o adquisiciones directas publicas o selectivas, asi como las Adjudicaciones de Menor Cuantia programables, se convocaran durante el correspondiente ejercicio presupuestal. Que, el numeral 7) de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, en concordancia con los articulos 27º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones puede ser

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