Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2007 (26/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
VALORES ESTADO DE CONSERVACION FRESCO Kg./s/. SALPRESO Kg./s/. 3,64 3,63 2,02 3,12 2,19 SECO SALADO Kg./s/. 3,42 2,17 1,44 3,61 2,38

344167

Especies

protegidas no declaradas intangibles, presentada por la ASOCIACION DE MARICULTORES DE SAN ANDRESASOMASA. CONSIDERANDO: Que el articulo 6º de la Ley Nº 27460 - Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura, establece que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) es el ente rector a nivel nacional de la actividad acuicola que promueve, MORDAZA y controla el desarrollo de la actividad en coordinacion con los organismos competentes del Estado conforme al Reglamento de la precitada Ley; Que el numeral 4.1 del articulo 4º de la citada Ley, establece que el Ordenamiento Acuicola es el conjunto de normas y acciones que permiten administrar la actividad en base al conocimiento actualizado de sus componentes biologicos, economicos, ambientales y sociales; Que el articulo 6º del Reglamento de "Administracion y Manejo de las Concesiones Especiales para el Desarrollo de la Maricultura de Especies Bentonicas en la Reserva Nacional de Paracas", aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2001-PE, del 1 de junio del 2001, senala que las Concesiones Especiales se otorgaran a aquellas organizaciones sociales de pescadores artesanales en funcion a la disponibilidad de areas dentro de las Zonas de Uso Especial determinadas por el INRENA y habilitadas para el desarrollo de la actividad por la Autoridad Maritima, de acuerdo a la ubicacion y distribucion de dichas areas que para tal efecto realizara el MIPE (hoy Ministerio de la Produccion); Que mediante los escritos del visto la recurrente, solicita concesion especial para desarrollar actividades de acuicultura, mediante el cultivo del recurso "Concha de abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de mar de 14.56 Has, ubicada en el lote 14 de la MORDAZA de El Queso de MORDAZA Independencia, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados se desprende que la recurrente ha cumplido con los requisitos sustantivos y los procedimentales, establecidos en el procedimiento Nº 40 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; Que mediante el Oficio Nº 1471-2006-INRENA-J-IANP de fecha 20 de noviembre de 2006, el Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, alcanza opinion favorable al Plan de Manejo presentado por la ASOCIACION DE MARICULTORES DE SAN ANDRES-ASOMASA, para el otorgamiento de concesion especial en la Reserva Nacional de Paracas; De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27460, Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 030-2001-PE y el Decreto Supremo Nº 023-2001-PE, que aprueba el Reglamento de "Administracion y Manejo de las Concesiones Especiales para el Desarrollo de la Maricultura de Especies Bentonicas en la Reserva Nacional de Paracas"; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura de la Direccion General de Acuicultura y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; SE RESUELVE:

Zungaro MORDAZA Zungaro MORDAZA Zungaro Tablabarba Zungaro tigre Zungaro MORDAZA

5,80 4,27 2,15 3,50 2,93

ANEXO V CUADRO DE RECURSOS AMAZONICOS ORNAMENTALES PROHIBIDOS DE EXTRAERSE N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 ESPECIE MORDAZA MORDAZA Maniota Alianza MORDAZA Pintada Toa Maparate Tigrinus Cunchimana MORDAZA MORDAZA Tigre Zungaro Achacubu Yulilla Paiche Doncella Acarahuazu Sabalo Tucunare Gamitama Ractacara pintada o ractafogon Fasaco Curuhuara Palometa MORDAZA 3 bandas Bacalao, panshina o pez MORDAZA MORDAZA Corvina Llambina Yahuarachi Boquichico o bocachico Ractacara Chio-chio Carachama Chambira MORDAZA 4 bandas Yaraqui Sardina VALOR EN SOLES S/. 8,63 11,17 38,00 4,70 6,39 2,52 5,68 203,00 2,90 8,12 8,04 4,51 3,51 13,18 9,15 5,75 6,64 5,41 8,62 0,20 5,25 2,84 6,11 1,00 2,30 6,33 3,83 1,43 3,58 5,67 1,31 1,35 3,95 3,87 1,00 2,43 1,99

53139-2

Otorgan concesiones a asociaciones para desarrollar actividades de acuicultura mediante el cultivo del recurso "concha de abanico"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 019-2007-PRODUCE/DGA MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2007 Visto los escritos de registro Nºs 00023440 del 10 de MORDAZA, 00041204 y su Adjunto Nº 1 del 23 de junio y 18 de MORDAZA de 2006 y 00042152 del 28 de junio de 2006, relacionados con la solicitud concesion especial para desarrollar actividades de acuicultura en areas naturales

Articulo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION DE MARICULTORES DE SAN MORDAZA - ASOMASA, concesion especial para desarrollar actividades de acuicultura mediante el cultivo del recurso "Concha de abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de mar de catorce hectareas y tres mil novecientos metros cuadrados (14.56) Has. ubicada en el lote 14 de la MORDAZA de El Queso de MORDAZA Independencia, del distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas (DATUM WGS 84):
VERTICE A B C D LATITUD SUR 14° 17' 11.4072" 14° 17' 11.5008" 14° 17' 19.3956" 14° 17' 19.2984" LONGITUD OESTE 76° 07' 19.56" 76° 06' 59.5368" 76° 06' 53.9496" 76° 07' 13.9728"

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