Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2007 (02/08/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

350586

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de agosto de 2007

convencionales las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 134-2007-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad privada para la ubicacion de la subestacion de distribucion electrica convencional MORDAZA aerea biposte Nº 21138, para Servicio Publico de Electricidad, ubicada en La Parcela E-12, Codigo Catastral Nº 11953, Proyecto La Cacica, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 22 marzo de 2006, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente MORDAZA de MORDAZA de Area de Servi- propiedad terreno dumbre Subestacion de Distribucion Electrica Area: 40,00 Privada MORDAZA m². y sus Nº 21138 aires Ubicacion: distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA Descripcion de la servidumbre Coordenadas UTM (PSAD 56) : Vertice A B C D Norte 8 646 476,977 8 646 468,904 8 646 466,543 8 646 474,617 Este 295 419,616 295 413,715 295 416,945 295 422,846

96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion aerea biposte N° 2823, para Servicio Publico de Electricidad, ubicada en la berma lateral de la MORDAZA Los Tamarindos, Mz. Q, Lote 1, Cuadra Unica, Urbanizacion MORDAZA, denominada actualmente MORDAZA Caranday, Mz. D, Lote 01, Urbanizacion MORDAZA, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 109° y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe N° 148-2007-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion aerea biposte N° 2823, para Servicio Publico de Electricidad, ubicada en la berma lateral de la MORDAZA Los Tamarindos, Mz. Q, Lote 1, Cuadra Unica, Urbanizacion MORDAZA, hoy MORDAZA Caranday, Mz. D, Lote 01, Urbanizacion MORDAZA, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

31198607

Expediente

Descripcion de la servidumbre

Area de servidumbre

MORDAZA de Propiedad

MORDAZA de terreno

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
31153903

Subestacion de Electrica N° 2823

Distribucion Suelo y aires: 4,95 m2 Publica MORDAZA

Ubicacion: distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM (PSAD 56) : Vertice Norte Este 285 332,60 285 335,88 285 336,03 285 332,75

A 8 664 271,66 B 8 664 272,00 C 8 664 270,51 D 8 664 270,17

88978-1

Imponen servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de subestacion de distribucion a favor de concesion de la que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 347-2007-MEM/DM
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Expediente N° 31153903, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de servidumbre de ocupacion de bienes publicos, para la instalacion de la subestacion de distribucion aerea biposte N° 2823, para Servicio Publico de Electricidad; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema N° 107-

Articulo 2°.- Dentro de la faja de servidumbre, no podra construirse obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3°.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4°.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5°.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

88978-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.