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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (02/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2007 350603 Declaran aprobada transferencia de autorización otorgada mediante R.M. Nº 456-2006-MTC/03 a favor de Asociación de Radiodifusión Evangélica Bautista El Sembrador RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 411-2007-MTC/03 Lima, 26 de julio del 2007 VISTA, la Solicitud registro Nº 2006-018221 del 17 de julio de 2006 presentada por la empresa Radio Difusora Comercial Austral S.R.LTDA., sobre transferencia de autorización para prestar el servicio de radiodifusión a favor de la ASOCIACIÓN DE RADIODIFUSIÓN EVANGÉLICA BAUTISTA EL SEMBRADOR; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 456- 2006-MTC/03 (Nº orden 55) publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 8 de setiembre de 2006 se renovó por mandato expreso de la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 28853, la autorización otorgada a la empresa Radio Difusora Comercial Austral S.R.LTDA., para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Tacna, por el plazo de diez (10) años, que vencerá el 31 de julio de 2011; Que, el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidas, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión dispone que para proceder a la transferencia de una autorización, debe haber transcurrido por lo menos dos (02) años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorización y que el adquiriente no se encuentre incurso en alguna de las causales establecidas en el artículo 23º de la Ley de Radio y Televisión; Que, con Solicitud registro Nº 2006-018221 del 17 de julio de 2006, la empresa Radio Difusora Comercial Austral S.R.LTDA., solicitó aprobación para la transferencia de la autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Tacna a favor de la ASOCIACIÓN DE RADIODIFUSIÓN EVANGÉLICA BAUTISTA EL SEMBRADOR; Que, el pedido de transferencia de la autorización otorgada a la empresa Radio Difusora Comercial Austral S.R.LTDA., mediante Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 74º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, asimismo la ASOCIACIÓN DE RADIODIFUSIÓN EVANGÉLICA BAUTISTA EL SEMBRADOR, sus asociados, miembros del Consejo Directivo y Representante Legal, no se encuentran incursos en ninguna de las causales previstas en el artículo 23º de la Ley de Radio y Televisión; Que, la entonces Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 262-2007-MTC/17.01.ssr., opina que se debe aprobar la solicitud de transferencia de la referida autorización presentada por la empresa Radio Difusora Comercial Austral S.R.LTDA., a favor de la ASOCIACIÓN DE RADIODIFUSIÓN EVANGÉLICA BAUTISTA EL SEMBRADOR, debiéndose expedir el acto administrativo correspondiente, reconociendo a la mencionada Asociación, como nueva titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, así como de los derechos y obligaciones derivadas de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar aprobada la transferencia a favor de la ASOCIACIÓN DE RADIODIFUSIÓN EVANGÉLICA BAUTISTA EL SEMBRADOR, de la autorización otorgada a la empresa Radio Difusora Comercial Austral S.R.LTDA., mediante Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03 (Nº orden 55), para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Tacna, así como el permiso, licencia y autorizaciones de enlaces auxiliares al servicio de radiodifusión correspondiente. Artículo 2º.- Reconocer a la ASOCIACIÓN DE RADIODIFUSIÓN EVANGÉLICA BAUTISTA EL SEMBRADOR, como titular de la autorización señalada en el artículo precedente, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Artículo 3º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extenderle la correspondiente Licencia de Operación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 90679-1 Corrigen error material y modifican numeración y fecha de resolución por la de Resolución de Presidencia del Directorio Nº 041-2007-APN/PD de fecha 21 de junio de 2007 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE DIRECTORIO Nº 051-2007-APN/PD Callao, 24 de julio de 2007 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 19º de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN), la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, la APN) es un organismo público descentralizado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y fi nanciera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, en vista que la APN es una entidad del sector público, debe efectuar sus contrataciones de servicios, según lo previsto en el Texto Único Ordenado - T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante, LCAE), aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus modi fi catorias (en adelante, RLCAE); Que, mediante Resolución de Presidencia de Directorio Nº 030-2007-APN/PD de fecha 28 de mayo de 2007, se aprobó la exoneración del proceso de selección correspondiente a la contratación directa con el Servicentro Neptuno de la Dirección de Bienestar de la Marina de Guerra del Perú, para la reparación de vehículos asignados en afectación en uso a la APN, por un valor referencial de S/. 13,465.05 con cargo a recurso directamente recaudados; Que con fecha 23 de junio de 2007, se público en el Diario O fi cial El Peruano, la Resolución de Presidencia de Directorio Nº 030-2007-APN/PD, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 147 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Sin embargo, se observa que en la referida Resolución de Presidencia se ha cometido un error material al momento de consignar el número y fecha de la Resolución de Presidencia de Directorio, debiendo esta ser emitida como Resolución de Presidencia Nº 041-2007-APN/PD de fecha 21 de junio de 2007; Que, el artículo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Ley Nº 27444, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión.