TEXTO PAGINA: 25
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2007 350595 medicamentos ARV y para la pro fi laxis de la transmisión vertical de VIH/sida a nivel nacional, resulta pertinente modi fi car la Directiva Administrativa Nº 112-2007-MINSA/ SIS-V.01 - Directiva Administrativa que regula el proceso de pago para las prestaciones del Seguro Integral de Salud - SIS, aprobada por Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA; Con el visado del Viceministro de Salud, la Dirección General de Salud de las Personas, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Con la opinión favorable del Seguro Integral de Salud;De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el numeral 9 del acápite VI - DISPOSICIONES ESPECÍFICAS de la Directiva Administrativa Nº 112-2007-MINSA/SIS-V.01 - Directiva Administrativa que regula el proceso de pago para las prestaciones del Seguro Integral de Salud - SIS, aprobada por Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA, conforme al siguiente texto: La transferencia de recursos a las unidades ejecutoras por concepto de pago de las prestaciones de salud y administrativas será efectuada por la O fi cina General de Administración previa autorización del Jefe Institucional del SIS, efectuada mediante Resolución Jefatural. En el caso del pago por medicamentos ARV e insumos para niños y para pro fi laxis de la transmisión vertical y su correspondiente distribución, cuya adquisición y entrega se haya efectuado por la Unidad Ejecutora 1 del MINSA, la transferencia de recursos se efectuará a esta Unidad Ejecutora. El costo de los procedimientos realizados continuará siendo reembolsado por el SIS a cada Unidad Ejecutora”. Artículo 2º.- Encargar a la O fi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente resolución, en el Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 90791-1 Modifican artículo del ROF de la Dirección de Salud IV Lima Este y rectifican R.M. Nº 1000-2006/MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 609-2007/MINSA Lima, 31 de julio del 2007 Visto: el Expediente Nº 06-090046-001, que contiene la propuesta de recti fi cación de error material del artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 1000-2006/MINSA y de modi fi cación del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Salud IV Lima Este; y, CONSIDERANDO:Que, el vigente Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Salud IV Lima Este fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 827-2003-SA/DM, del 16 de julio de 2003, cuyo artículo 10º regula la Estructura Orgánica, la misma que contempla, entre otros, a los Órganos Desconcentrados; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 1000-2006/MINSA, del 29 de diciembre de 2006, se modi fi có el artículo 7º del mencionado Reglamento de Organización y Funciones, haciendo referencia a los vigentes Órganos Desconcentrados; sin embargo, como se observa del contenido de dicha norma, la correcta referencia de modi fi cación debió efectuarse al artículo 10º y no al artículo 7º, por lo que, en aplicación del artículo 201º, numeral 201.1, de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Nº 27444, corresponde recti fi car el error material incurrido en el citado artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 1000-2006/MINSA;Que, de otro lado, el vigente artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Salud IV Lima Este (teniendo en cuenta la Resolución Ministerial Nº 1000-2006/MINSA) regula la Estructura Orgánica de dicha Dirección de Salud, considerando los siguientes Órganos Desconcentrados: 16 Hospital Nacional Hipólito Unanue, 17 Hospital Hermilio Valdizán, 18 Dirección de Red de Salud El Agustino - Santa Anita, 19 Dirección de Red de Salud Vitarte - La Molina, 20 Dirección de Red de Salud Chosica - Chaclacayo y 21 Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho; Que, con el expediente de la referencia, a solicitud de la Dirección de Salud IV Lima Este, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha propuesto la modi fi cación del mencionado artículo 10º en mérito a las modi fi caciones de delimitación de las Direcciones de Salud, Direcciones de Red de Salud y Direcciones de Microrredes de Salud del Ministerio de Salud, entre las cuales se encuentra la mencionada Dirección de Salud, efectuadas mediante la Resolución Ministerial Nº 936-2006/MINSA del 3 de octubre de 2006; Que, al respecto, el literal a) del numeral 5.2.8 de la Directiva Nº 007-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA, establece que la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones procede, entre otros supuestos, por la aprobación o modi fi cación de un dispositivo legal que afecte directa o indirectamente la naturaleza, estructura orgánica, las funciones, ámbitos jurisdiccionales, atribuciones, servicios que brinda la entidad y otros; Que, en ese orden, habiéndose emitido la Resolución Ministerial Nº 936-2006/MINSA, que afecta la estructura orgánica de la Dirección de Salud IV Lima Este, procede modi fi car el artículo 10º de su Reglamento de Organización y Funciones, considerando los respectivos Órganos Desconcentrados; De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley del Ministerio de Salud, Nº 27657, y el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Recti fi car el error material incurrido en el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 1000-2006/MINSA, de la siguiente manera: Dice:“Artículo 2º.- Modi fi car el Artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Salud IV Lima Este, ...” Debe decir:“Artículo 2º.- Modi fi car el Artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Salud IV Lima Este, ...” Artículo 2º.- La Resolución Ministerial Nº 1000-2006/ MINSA queda subsistente en todos los demás términos que contiene. Artículo 3º.- Modi fi car el artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Salud IV Lima Este en los siguientes términos: “Artículo 10º- ESTRUCTURA ORGÁNICA La estructura orgánica de la Dirección de Salud IV Lima Este, se establece hasta el tercer nivel organizacional y es la siguiente: (...)ÓRGANOS DESCONCENTRADOS 16 Hospital Nacional Hipólito Unánue 17 Hospital Hermilio Valdizán18 Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho 19 Dirección de Red de Salud Lima Este Metropolitana” Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 90791-2