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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (02/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2007 350596 Aprueban Directiva Sanitaria “Esquema y Calendario Nacional de Vacunación” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 610-2007/MINSA Lima, 31 de julio del 2007 Visto el Expediente Nº 07-068737-001, que contiene el Memorándum Nº 2681-2007-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 690-2006/MINSA, de fecha 25 de julio del 2006, se aprobó la Directiva Sanitaria Nº 006-MINSA/DGSP-V:01: Esquema o Calendario de Vacunación, cuyo objetivo fue servir de marco legal, para modi fi car el uso de algunas vacunas dentro del Esquema o Calendario de Vacunación para su ejecución por las dependencias del Estado, lográndose reducir la incidencia de enfermedades inmunoprevenibles, modi fi cándose de esta forma la situación epidemiológica de dichas enfermedades, cabe precisar que la citada Directiva se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre del año en curso; Que, a partir del año 2008 se introducirán nuevas vacunas como: la vacuna contra in fl uenza a la población comprendida entre los 6 a 23 meses, 29 días y a la población mayor de 65 años, las vacunas contra neumococo y rotavirus en la población menor de un año en las regiones priorizadas como de pobreza y extrema pobreza, en concordancia a los lineamientos técnicos internacionales y las recomendaciones dadas por la Organización Mundial de la Salud - OMS, según los avances cientí fi cos y las presentaciones de las nuevas vacunas; Que, en tal virtud, es conveniente aprobar el documento técnico correspondiente que establezca dicha disposición; Estando a lo informado por la Dirección General de Salud de las Personas; Con las visaciones del Viceministro de Salud, del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Sanitaria Nº - MINSA/DGSP-V.01 : “Esquema y Calendario Nacional de Vacunación”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución, la misma que entrará en vigencia a partir del 1 de enero del año 2008 y continuará vigente hasta cuando la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones con el aval del Comité Consultivo considere pertinente introducir cambios, los mismos que serán aprobados con la respectiva resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones, es responsable de la difusión e implementación de la citada Directiva. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud y las que hagan sus veces en el nivel regional, a través de las Direcciones Ejecutivas de Salud de las Personas, serán responsables del cumplimiento de la mencionada Directiva Sanitaria en el ámbito de sus jurisdicciones. Artículo 4º.- Encargar a la O fi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Directiva Sanitaria en el Portal de Internet del Ministerio de Salud. Artículo 5.- La Directiva Sanitaria Nº 006-MINSA/ DGSP-V.01: “Esquema o Calendario de Vacunación” aprobada con Resolución Ministerial Nº 690 -2006/MINSA, tendrá vigencia hasta el mes de diciembre del año 2007. Regístrese, comuníquese y publíqueseCARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 90791-3TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican R.M. Nº 223-2007-MTC-02 en lo referente a la coordinación del desarrollo y ejecución del Programa de Infraestructura Vial “Proyecto Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 408-2007-MTC/02 Lima, 27 de julio de 2007 VISTO:El Informe Nº 297-2007-MTC/25.p.p del Coordinador del Programa de Infraestructura Vial denominado “Proyecto Perú”, referido a la modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 223-2007-MTC-02; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 223-2007- MTC-02, de fecha 10 de mayo de 2007, se creó, entre otros, el Programa de Infraestructura Vial denominado “Proyecto Perú”, señalándose que la Secretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones era la encargada de coordinar con las dependencias del Ministerio, así como con las entidades públicas y privadas correspondientes, el desarrollo y ejecución del citado programa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones, en lo sucesivo ROF, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 352-2007- MTC/01 se aprobó el Cuadro de Equivalencias entre el ROF, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, y el ROF, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el cual señala que la Secretaría de Transportes ahora se denomina Dirección General de Concesiones en Transportes; Que, mediante Informe Nº 297-2007-MTC/25.p.p, el Coordinador del Programa de Infraestructura Vial denominado “Proyecto Perú” señala que de acuerdo a lo indicado en el artículo 79º del ROF, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Concesiones en Transporte cumplirá sus funciones, exclusivamente, en el ámbito de las concesiones. Por tal motivo, dado que el desarrollo del Programa de Infraestructura Vial denominado “Proyecto Perú” se realizará a través de contratos de servicios de conservación, resulta necesario designar al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVÍAS NACIONAL como coordinador del referido Programa; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791 y en el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el artículo único de la Resolución Ministerial Nº 223-2007-MTC-02, en el extremo referido al encargado de coordinar con las dependencias del Ministerio, así como con las entidades públicas y privadas correspondientes, el desarrollo y ejecución del Programa de Infraestructura Vial denominado “Proyecto Perú”, designándose al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL como coordinador del referido Programa. Artículo 2º.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL realice las acciones administrativas que resulten necesarias para cumplir con el encargo efectuado, debiendo reportar el avance de sus actividades al Viceministerio de Transportes. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 90690-1