Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2007 (15/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de agosto de 2007

Av. Industrial Nº 3434 Urb. Industrial Panamericana Norte, Independencia, provincia y departamento de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 28 de Junio del 2008 28 de Junio del 2009 28 de Junio del 2010 28 de Junio del 2011 28 de Junio del 2012

Los expedientes solicitando acreditacion de ingenieros para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales que a continuacion se mencionan: a) Reg. Nº 054267 presentado por el Colegio de Ingenieros del Peru, Consejo Departamental de Arequipa; b) Reg. Nº 016409 presentado por el Colegio de Ingenieros del Peru, Consejo Departamental de Piura; c) Reg. Nº 052437 presentado por el Colegio de Ingenieros del Peru, Consejo Departamental de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC y 037-2006-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, se modifico el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que establece los requisitos para la nacionalizacion de vehiculos usados tanto por el regimen regular de importacion, como tambien por los regimenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecanico o mecanico electricista debidamente acreditado ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2161-2004MTC/15, se establecieron las disposiciones que regulan de manera complementaria los requisitos, impedimentos y demas condiciones para la acreditacion de ingenieros que suscribiran la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2573-2004MTC/15, se modifico el articulo 4º de la Resolucion Directoral mencionada en el parrafo precedente a efectos de que la MORDAZA para acreditar volumen de importaciones, la misma que constituye requisito de la solicitud de acreditacion, pueda ser expedida no solamente por SUNAT, sino tambien por el Gerente General o Administrador de CETICOS o ZOFRATACNA; Que, del analisis de los expedientes presentados, se advierte que en todos ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos del articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 21612004-MTC/15; en efecto, estas han sido presentadas por entidades con legitimidad para formularlas; se han adjuntado fotocopias de los documentos nacionales de identidad y de los titulos profesionales a nombre de la nacion de los ingenieros cuya acreditacion se solicita, asi como tambien los curriculum vitae que acreditan dos (2) anos de experiencia en el ramo automotriz, Certificados de Inscripcion y Habilidad vigentes expedidos por el Colegio de Ingenieros del Peru, Fichas Registro de Firma y Declaracion Jurada de no tener impedimentos respecto a cada uno de los profesionales; debiendo expedirse la resolucion correspondiente; De conformidad con la Ley 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC y Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acreditar como Ingenieros Mecanicos y/o Mecanicos Electricistas para que suscriban las

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 20 de MORDAZA del 2008 20 de MORDAZA del 2009 20 de MORDAZA del 2010 20 de MORDAZA del 2011 20 de MORDAZA del 2012

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 87430-1

Acreditan a Ingenieros Mecanicos y/o Mecanicos Electricistas para que suscriban Fichas Tecnicas de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que se refiere el Reglamento Nacional de Vehiculos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 12292-2007-MTC/15 MORDAZA, 2 de agosto de 2007

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