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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de agosto de 2007 352020 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PALLASCA - CABANA Exoneran de proceso de selección la adquisición de maquinaria para la rehabilitación y reconstrucción de vías de comunicación y acceso ACUERDO DE CONCEJO Nº 218-MPP-2007 Pallasca, 20 de agosto de 2007 Visto: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 10 de agosto del 2007; El Informe Técnico Nº 001-2007-OI/MPP. que da cuenta sobre los graves daños causados por la fuerte precipitación pluvial (lluvias) del 2007; los mismos que por el cambio climático constante han comprometido la situación de los pobladores que se encuentran gravemente afectados en su salud y en sus actividades, agrícolas y de crianza por lo que es necesario implementar inmediatamente acciones de apoyo social; que no se pueden cumplir por la falta de maquinaria y otros equipos que se requieren para la habilitación de las trochas carrozables y caminos de acceso, construcción de drenajes y otros de la única vía de penetración que es la carretera tramo Chimbote Tauca, Cabana; que se interrumpe permanentemente la libre transitabilidad y acceso a los distritos y centros poblados cuyos pobladores además vienen sufriendo en la actualidad las consecuencias de los fenómenos climáticos que por causa de la naturaleza vienen ocurriendo en nuestra zona; El informe de la comisión multisectorial de emergencia, en la que solicita declarar en Estado de Emergencia las vías de comunicación que han quedado gravemente dañadas y compromete en forma directa las actividades de los pobladores de la Provincia quienes han perdido sus cosechas y crianzas de ganado vacuno por falta de las vías de comunicación que se encuentran en mal estado, responsabilidad directa de la Municipalidad Provincial, tal como lo preceptúa el Art. 32º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, poniendo en grave riesgo el desarrollo de sus habitantes y la vida humana, que es el bien máximo que ha de preservarse; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Art. II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972 ,establece que las Municipalidades son órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante análisis de los hechos la Municipalidad Provincial de Pallasca justi fi ca la necesidad de que se declare en situación de urgencia la adquisición de maquinaria consistente en: un Camión Volquete y otros. Para la rehabilitación de las vías de acceso con la que cuenta la Provincia de Pallasca, sus distritos y centros poblados, máxime si se trata del poco tiempo que queda para la próxima temporada de lluvias y además porque en la región no se encuentra maquinaria de ningún tipo en las entidades públicas y mucho menos existen empresas privadas que se dediquen a proveer estos equipos en alquiler, para ejecutar los trabajos señalados. Así mismo la municipalidad cuenta con proyectos de construcción de: redes de desagüe Cabana, Canales de riego Huambo-Aija-Cabana, relleno sanitario del Manantial Amarillo , La Construcción de la Escuela de Aija, la Construcción de Emboquillado de las Calles de nuestra ciudad, el mejoramiento de las carreteras vecinales, Aija Huambo la Florida, Cabana, Màlape –Cajapay, Cabana-Tuctubamba, Cabana-El Quinual, la Construcción de infraestructura educativa en varias I.E. en los caseríos de nuestro distrito y más que todo implementar el servicio de recojo de basura garantizando un servicio oportuno y e fi ciente del recojo y tratamiento de residuos y desperdicios sólidos( basura) que han puesto en riesgo la salud de nuestros pobladores de la ciudad de Cabana y centros poblados aledaños. En dicho análisis se acuerda adquirir los equipos y maquinaria señalados para la atención de lo expuesto en el presente año 2,007; de lo contrario advierte daños irreversibles que comprometen la vida socio-económica de la Provincia en su conjunto; Que, mediante Informe de Asesoría Legal ha cumplido con emitir su opinión favorable de acuerdo a lo establecido en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y el Reglamento de Organización y Funciones del gobierno Municipal; Que , por otra parte La Autoridad Provincial y distritales se han reunido con los Ministros de Estado del Gobierno Central en la ciudad de Lima en el que se ha puesto de mani fi esto la necesidad de actuar en forma inmediata ante los daños causados por la pasada temporada de lluvias y el fenómeno de friaje, informándonos que involuntariamente han obviado incluir a los pueblos andinos de La Región Ancash en los diversos dispositivos de emergencia que también el ejecutivo ha publicado el DU. Nº 003-2007 PCM; DU. Nº 006-2007 PCM.; DS. Nº 052-2007-PCM; DU Nº 018-2007 Y otras normas que exoneran de los procesos de selección con la fi nalidad de atender inmediatamente las emergencias que se vienen presentando en el territorio Nacional, dispositivos que marginan a nuestra Provincia por lo que en uso de las normas legales existentes se debe actuar con celeridad; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos antes referidos, procede autorizar y exonerar del proceso de selección correspondiente, las adquisiciones e implementar las acciones inmediatas, por la causal prevista en el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º, 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM y artículos 142º, 146º,147º y 148º del Reglamento de de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM y los documentos del visto que forman parte integrante del presente acuerdo y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE ACORDÓ:Artículo 1º.- DECLARAR EN EMERGENCIA, las vías de comunicación, los servicios básicos esenciales y las actividades socio-económicas de la Provincia de Pallasca por el término de 90 días. Artículo 2º.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, la adquisición de la maquinaria siguiente: 01 volquete de 250 hp, para la rehabilitación y reconstrucción de las vías de comunicación y acceso colapsados de la Provincia de Pallasca Región Ancash. Artículo 3º.- Exonerar del proceso de selección la adquisición de la maquinaria siguiente: 01 Volquete de 12 m3 de 250 HP; por un monto referencial de S/. 415,000 NUEVOS SOLES(CUATROCIENTOS QUINCE MIL NUEVOS SOLES) el mismo que se efectuará conforme a los procedimientos previstos por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, con cargo a los fondos del canon minero. Artículo 4º.- Encargar a la o fi cina de administración de la Municipalidad Provincial de Pallasca, la adquisición de la citada maquinaria pesada, en el marco de la normatividad del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones de Estado, su reglamento. Artículo 5º.- Autorizar amplia y su fi cientemente al Señor AUGUSTO GERARDO VASQUEZ HEREDIA, Alcalde del Concejo Provincial de PALLASCA para realizar todas las gestiones y trámites, conducentes a la formalización y ejecución del presente acuerdo. Artículo 6º.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano conforme a Ley encargando a la O fi cina de Administración remitir copia del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloría General de la República y al Consucode dentro de los plazos establecidos por las normas vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.AUGUSTO G. VASQUEZ HEREDIA Alcalde 98337-1