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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de agosto de 2007 352143 CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional desarrolla una política de diálogo y trato directo con las autoridades regionales y municipales con el objetivo de fortalecer la gobernabilidad democrática y hacer más e fi ciente la función social del Estado; Que, el Gobierno Nacional, mediante el Acta “Acuerdo por Ayacucho” del 23 de julio de 2007, se ha comprometido a constituir una Comisión Multisectorial de Alto Nivel, conformada por los Ministros de Agricultura, Salud, Energía y Minas, Transportes y Comunicaciones o sus representantes, a fi n de que integre la Mesa de Trabajo por Ayacucho, con el Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho, los Directores Regionales de cada uno de los sectores, los alcaldes provinciales, Congresistas de la República y los representantes de las organizaciones sociales y gremiales que acredite la autoridad regional; Que, en cumplimiento del compromiso asumido, resulta pertinente constituir una Comisión Multisectorial de Alto Nivel, encargada de de fi nir la agenda de prioridades y la acción conjunta del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional de Ayacucho y de los Gobiernos Locales del departamento de Ayacucho; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º- Constitución de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel Constituir una Comisión Multisectorial de Alto Nivel, cuyo objeto es participar en la Mesa de Trabajo por Ayacucho, con el fi n de de fi nir en forma conjunta una agenda para lograr un acuerdo integral de lucha por la reducción de la pobreza, extrema pobreza, promoción del desarrollo y el progreso de los pueblos del departamento de Ayacucho. La agenda concertada deberá abordar los aspectos a tratar en los sectores agricultura, educación, salud, energía y minas, y transportes y comunicaciones La Comisión Multisectorial de Alto Nivel estará adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2º- Conformación de la Comisión Multisectorial Alto Nivel La Comisión Multisectorial de Alto Nivel que se constituye mediante el artículo precedente estará integrada por: a) Un (1) representante del Presidente del Consejo de Ministros, quien la presidirá; b) Un (1) representante del Ministro de Agricultura;c) Un (1) representante del Ministro de Educación;d) Un (1) representante del Ministro de Salud;e) Un (1) representante del Ministro de Energía y Minas; y, f) Un (1) representante de la Ministra de Transportes y Comunicaciones; La Comisión Multisectorial de Alto Nivel mencionada se instalará en un plazo que no excederá de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicación de la presente resolución ministerial. Artículo 3º- Designación de representantes ante la Comisión Multisectorial Los representantes, titulares y suplentes, ante la Comisión Multisectorial, serán designados mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicación de la presente resolución ministerial. Artículo 4º.- Informe fi nal La Comisión Multisectorial de Alto Nivel deberá entregar su Informe Final al Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 100050-3Modifican conformación de la Comisión Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 248-2007-PCM Lima, 22 de agosto de 2007 VISTO: El O fi cio Nº 3766-2007-PCM/SG-OPP, el O fi cio Nº 119-2007-CGBVP/CG y Memorándum Nº 434-2007-PCM/OPP; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 478- 2002-PCM del 20 de diciembre de 2002 se constituyó la Comisión Sectorial de Transferencia de la PCM ante el Consejo de Nacional de Descentralización - CND, integrada por: el Secretario General de la PCM, quien la preside; el señor José Silva Ferrer, funcionario del INDECI; el ingeniero Omar Landeo Orozco, Jefe de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la PCM; y, el señor César Villacorta Arévalo, funcionario del CONAM; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 021-2006- PCM se aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006, en el cual se programó, en el caso del Sector a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, transferir la función de promover y facilitar la formación y equipamiento de Compañías de Bomberos Voluntarios; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 068-2006- PCM se dispuso culminar al 31 de diciembre de 2007, las transferencias programadas en el Plan de Mediano Plazo 2006-2010, de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de acuerdo al Anexo que forma parte de dicho Decreto Supremo, en cual se ha previsto en el caso del Sector Presidencia del Consejo de Ministros, la transferencia de funciones en materia de defensa civil y materia ambiental, obviándose la función relativa al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; Que, sin perjuicio de ello, en el numeral 2.2 del Plan de Transferencia Sectorial 2007 de la PCM, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 044-2007-PCM del 7 de febrero de 2007, se ha previsto que en el presente período se abordarán las acciones efectivas de la transferencia de las funciones comprendidas en el Plan de transferencia 2006 coincidiendo conforme a los nuevos dispositivos con la ejecución de la transferencia de las funciones del Plan de Transferencia 2007; Que, al haberse previsto en el Plan de Transferencia Sectorial 2007 de la PCM la transferencia de las funciones comprendidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006, el cual incluye una función relativa al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, resulta pertinente modificar la conformación la Comisión Sectorial de Transferencia de la PCM incorporando a un representante de dicha institución; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM-SD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi fi cación de la conformación de la Comisión Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros Modi fi car la conformación la Comisión Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros, que fue constituida por la Resolución Ministerial Nº 478-2002-PCM del 20 de diciembre de 2002, la cual quedará integrada por los siguientes miembros: