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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de agosto de 2007 352148 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar del Ejército del Perú, para participar en la “XXX Conferencia Bilateral de Inteligencia entre el Ejército del Perú y el Ejército de Colombia”, a realizarse en la ciudad de Bogotá - Colombia en el período comprendido del 2 al 8 de setiembre del 2007, y que a continuación se detalla: - Gral. Brig. Aldo Ricardo DODERO ORTIZ DE ZEVALLOS - Crl. Inf. Elmer Fernando DÁVILA VARGAS- Tte. Crl. Art. Alberto Gil MEDINA BEDÓN Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima-Bogotá-Lima$ 488.00 x 3 personas = $ 1,464.00 Viáticos: $ 200.00 x 3 personas x 7 días = $ 4,200.00 TUUA: $ 30.25 x 3 personas = $ 90.75 Artículo 3º.- El Personal Militar autorizado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y, a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 4º.- El señor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término del viaje, sin exceder el período total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 101035-5 Amplían permanencia de oficial del Ejército en EE.UU. para continuar con tratamiento médico altamente especializado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 222-2007-DE/EP/S.1.a.1.7 Lima, 24 de agosto de 2007Visto, el O fi cio Nº 151 Q-14.a/15.00, del 3 de octubre del 2006, de la Jefatura de Salud del Ejército; CONSIDERANDO: Que, mediante RCGE Nº 2984 DP-SDAPE de 20 noviembre de 1998 se pasó a la Situación de Retiro al Alférez de Caballería Johnny Richard TOCRE DIAZ, por Incapacidad Psicosomática, ocurrida en “Acto de Servicio”;Que, mediante Peritaje Médico Legal realizado el 29 de marzo de 2006 se determinó que; el 4 de julio de 1994, el Alférez de Caballería Johnny Richard TOCRE DIAZ sufrió la caída de caballo, ocasionándose traumatismo vertebro-medular con luxo fractura a nivel de la cuarta y quinta vértebra cervical, fue intervenido quirúrgicamente en el Hospital Militar Central, recibió tratamiento en los Estados Unidos de Norteamérica en los años 1996, 1998, y 2000; diagnosticándosele Cuadriplejia por traumatismo vertebro medular, presentando en la fecha del precitado Peritaje Médico Legal, dolor neurapático crónico en hombro derecho por injuria medular, que se controla parcialmente y por tiempos cortos con terapia farmacológica multimodal, lo que exacerba los episodios de distónia neurovegetativa, cuadros severos de hipertensión arterial, recomendando viaje al extranjero para recibir tratamiento especializado, en el National Rehabilitation Hospital, Washington DC-USA; Que, mediante R.S. Nº 175-2006 DE/EP/A.1.a.1.7 de 22 de mayo del 2006, se autorizó la evacuación del Cap. Cab. (R) Johnny Richard TOCRE DIAZ, al NATIONAL REHABILITATION HOSPITAL, WASHINGTON DC-USA, a fi n de recibir tratamiento médico altamente especializado por el período de treinta (30) días, a partir del 12 de junio del 2006, posteriormente con O fi cio Nº 127 Q-14.a/15.00 de la Jefatura de Salud del Ejército, comunica que la Agregaduría Militar de la Embajada del Perú en los EE.UU. hizo conocer que en dicho nosocomio se programó la cita para el 27 de junio 2006, motivo por el cual el paciente viajó el 26 de junio debiendo permanecer hasta el 26 de julio del 2006; Que, con Fax Nº 068 AM-4/15.00 de 23 de agosto de 2006, el Agregado Militar en los Estados Unidos, dio cuenta que el Cap. Cab. (R) Johnny Richard TOCRE DIAZ permanecería internado en el NATIONAL REHABILITATION HOSPITAL hasta el 24 de agosto de 2006; y, con Hoja de Recomendación Nº 010 Q-14.a/15.00 de agosto 2006 de la Jefatura de Salud del Ejército, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la ampliación de permanencia del Cap. Cab. (R) Johnny Richard TOCRE DIAZ, en el NATIONAL REHABILITATION HOSPITAL - WASHINGTON DC. USA, del 27 de julio al 24 de agosto del 2006; Que, hasta la fecha no se ha emitido la Resolución que regularice la indicada ampliación de permanencia del Cap. Cab. (R) Johnny Richard TOCRE DIAZ, en el NATIONAL REHABILITATION HOSPITAL - WASHINGTON DC. USA, del 27 de julio al 24 de agosto del 2006, y en consecuencia no se le ha efectuado el pago de los conceptos que conforme a Ley le corresponden por dicho período de permanencia en el exterior, por lo que debe procederse a emitir la norma pertinente con tal objeto; Que, el gasto que irrogue la ampliación de la permanencia del Cap. Cab. (R) Johnny Richard TOCRE DIAZ en el NATIONAL REHABILITATION HOSPITAL - WASHINGTON DC. USA, del 27 de julio al 24 de agosto del 2006, será atendido con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2007; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión; Que, de conformidad con la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 - Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 que aprueba el Reglamento de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa y su modi fi catoria, el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004 y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2007; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Con e fi cacia anticipada, ampliar la permanencia del Cap. Cab. (R) Johnny Richard TOCRE