Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2007 (26/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de agosto de 2007

Central, aperturara Procesos Administrativos a los asociados y dirigentes de la Institucion, cuando las circunstancias lo requieran, previa denuncia. ll) El Consejo de Vigilancia es responsable del cumplimiento de su Plan de Trabajo. m) Supervisar el otorgamiento y volumen de Prestamos, Derramas y MORDAZA Economico por Fallecimiento - AEFA, de conformidad a los fondos presupuestados. n) Responsabilizarse en forma mancomunada con el Directorio Central, Gerente General y Auditor Interno, de velar por la integridad de la Reserva Tecnica. o) Elaborar el programa de visitas de trabajo a las Juntas Promotoras en coordinacion con el Directorio Central. Articulo 58º.- El Consejo de Vigilancia esta conformado por tres (3) miembros: - Presidente. - Secretario. - Vocal. Articulo 59º.- Son funciones del Presidente del Consejo de Vigilancia: a) Representar al Consejo de Vigilancia. b) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo de Vigilancia. c) Firmar con el Secretario los documentos oficiales d) Coordinar las acciones institucionales con el Presidente del Directorio Central. e) Supervisar el cumplimiento de las funciones de los miembros del Directorio Central. f) Presentar informes anuales y Memoria al termino de su gestion. g) Participar en los Comites Economico-Financiero y el Comite de Patrimonio Inmobiliario y Construccion, asi como el Comite de Juntas Promotoras. Articulo 60º.- Son funciones del Secretario del Consejo de Vigilancia: a) Llevar al dia el Libro de Actas. b) Redactar las comunicaciones oficiales y firmar conjuntamente con el Presidente. c) Tramitar los oficios y otras comunicaciones, asi como hacer el seguimiento correspondiente. d) Organizar y tener al dia el archivo del Consejo de Vigilancia. e) Elaborar informes para su difusion. f) Participar en los Comites de Educacion y Promocion de Nuevos Socios y el Comite de Organizacion, Personal y Asuntos Legales. Articulo 61º.- Son funciones del Vocal del Consejo de Vigilancia: a) Apoyar las acciones del Presidente y Secretario. b) Formular propuestas en bien de la Institucion. c) Realizar tareas relacionadas con las comisiones que le asigne el Consejo de Vigilancia. d) Participar en el Comite de Beneficios y Servicios. Articulo 62º.- El Consejo de Vigilancia podra establecer las acciones de control en coordinacion con el auditor interno. CAPITULO VII DE LA AUDITORIA INTERNA Articulo 63º.- El Organo de Auditoria Interna estara a cargo de un Auditor, quien debera gozar de la independencia profesional suficiente para cumplir sus funciones, de manera eficiente y oportuna, contando con las facultades necesarias para el logro de sus objetivos de control. El Auditor interno tiene labores diferentes a las funciones operativas y administrativas de la Institucion. Representa a la parte tecnica profesional del Control Institucional, debiendo informar sus hallazgos al Directorio Central, Consejo de Vigilancia y Superintendencia de Banca y Seguros. El cargo de Auditor Interno debera ser asignado a un profesional contable titulado y colegiado, con especialidad en Auditoria.

Articulo 64º.- Las funciones del Auditor Interno, incluye los siguientes aspectos: a) Evaluar el diseno, alcance y funcionamiento del sistema de control interno institucional, con enfasis en el adecuado funcionamiento e independencia de los organos de ejecucion. b) Verificar el cumplimiento del Reglamento de la Institucion; asi como la Ley de Instituciones Bancarias Financieras y de Seguros, normas modificatorias y complementarias, y las disposiciones emitidas por otros organismos de supervision competentes. c) Verificar el cumplimiento de las normas contables establecidas por la Superintendencia de Banca y Seguros y por otras entidades reguladoras, segun corresponda. d) Evaluar el funcionamiento de los sistemas informaticos y los mecanismos de control establecidos por la Institucion, para la seguridad de los mismos. e) Coordinar con el Presidente del Directorio Central, el Consejo de Vigilancia y el Comite de Auditoria, para desarrollar nuevas acciones de control. f) Evaluar el cumplimiento de los manuales de funciones, de procedimientos y demas normas internas de la Institucion; asi como proponer modificaciones a los mismos. g) Proponer las modificaciones al Manual de Auditoria Interna, y someterlo a consideracion del Directorio Central para su aprobacion. h) Efectuar el seguimiento permanente de la implementacion de las observaciones y recomendaciones formuladas por la Superintendencia de Banca y Seguros, los auditores externos y otras entidades reguladoras. i) Elaborar el Plan Anual de Control Interno y someterlo a consideracion del Directorio Central para su aprobacion; y cumplir con las acciones de control programadas, emitiendo los informes que se deriven de las mismas. j) Realizar acciones de control no programadas, de ser necesario, a solicitud del Directorio Central, Consejo de Vigilancia y de la Gerencia General. k) Mantener el archivo actualizado de los Reglamentos especificos, Manuales y demas normas internas de la Institucion; asi como las Memorias y otros documentos que determine la Superintendencia de Banca y Seguros. l) Comunicar de manera inmediata y simultaneamente al Directorio Central, Consejo de Vigilancia, Comite de Auditoria y a la Superintendencia de Banca y Seguros, una vez concluidas las investigaciones correspondientes, la ocurrencia de hechos institucionales significativos de caracter doloso. m) Verificar la eficacia de los controles internos implementados para operaciones o servicios en la etapa previa a su lanzamiento. n) Verificar el cumplimiento de aspectos especificos determinados por la Superintendencia de Banca y Seguros. o) Realizar otras evaluaciones que la Institucion senale. p) Las funciones que desempena el Auditor Interno estan contenidas en el Manual de Auditoria Interna, que incluye las disposiciones de la Superintendencia de Banca y Seguros; asi como las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas (NAGA's) y las Normas Internacionales de Auditoria (NIA's). q) Preparar el cuestionario de control, que debe aplicar, para evaluar los riesgos institucionales, y otros medios instrumentales de inspeccion que permitan un mejor desempeno de sus funciones. r) Responsabilizarse en forma mancomunada con el Directorio Central, Consejo de Vigilancia y Gerente General, de velar por la integridad de la Reserva Tecnica. s) El auditor interno podra establecer acciones de control en Coordinacion con el Consejo de Vigilancia y Comite de Auditoria. CAPITULO VIII DE LOS ORGANOS DE PROMOCION Y APOYO Articulo 65º.- Son Organos de Promocion y Apoyo, las Juntas Promotoras de todo el MORDAZA, reconocidas por el Directorio Central mediante Resolucion. Articulo 66º.- Las Juntas Promotoras se constituiran en todas las Provincias donde existan mas de cien (100) asociados del SESDIS y estaran dirigidos por tres (3) miembros elegidos por votacion directa y universal cuyo mandato tendra una duracion de tres (3) anos, pudiendo

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