Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2007 (26/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de agosto de 2007

picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informes Nºs 0622004-PRODUCE/DNEPP-DCHI, 343-2004-PRODUCE/ DNEPP-DCHI y 260-2006-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la conformidad del Area Legal de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, por el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE y la Resolucion Ministerial Nº 071-2001-PE y los procedimientos Nº 19 ­ A y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE; y En uso de las facultades conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el articulo 149º del Decreto Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE : Articulo 1º.Acumular los procedimientos administrativos con registro de ingreso Nº CE-01030001 del 17 de enero del 2003 y Nº CE-06867001 del 1 de junio del 2004, iniciados por la empresa PESQUERA VELEBIT S.A. Articulo 2º.- Modificar el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 616-97-PE del 20 de octubre de 1997, que otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion "MARIANA B" de matricula CO-16651-PM con 439.65 m3 de capacidad de bodega; solo en el extremo referido al cambio de matricula, y a la implementacion de sistema de preservacion a bordo de la misma; entendiendose que la embarcacion pesquera "MARIANA B" posee la matricula CO-16662-PM y cuenta ademas con sistema de preservacion RSW a bordo; manteniendo los demas terminos y condiciones del permiso otorgado inicialmente. Articulo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2004PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 4º.-. Incorporar la matricula CO-16662-PM y la presente resolucion, al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, asi como al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE; excluyendo de dichos Anexos la matricula CO-16651-PM. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Declaran en abandono procedimiento administrativo de cambio de titular de permiso de pesca iniciado por Pesquera El Arpon S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 314-2007-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2007 Visto el escrito con registro Nº 00069654 de fecha 27 de octubre del 2006, presentado por la empresa PESQUERA EL ARPON S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que por Resolucion Ministerial Nº 503-97-PE del 3 de octubre de 1997, se resolvio otorgar permiso de pesca a plazo determinado, entre otros a PESQUERA INDUSTRIAL MARITIMA S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "JEQUETEPEQUE 4" de Matricula Nº SE-13580-PM, de 202.61 m3 de capacidad de bodega, a ser dedicada a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las 5 millas marinas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); Que con Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE del 28 de marzo del 2007 se publico el listado de embarcaciones de mayor escala con permiso de pesca vigente, en cuyo anexo I Literal J, figura la embarcacion pesquera JEQUETEPEQUE 4, de Matricula Nº SE13580-PM, consignandose una capacidad de bodega de 202.61 m3, siendo el armador PESQUERA INDUSTRIAL MARITIMA S.A., habilitado para la extraccion del recurso anchoveta; Que mediante los escritos del visto la empresa PESQUERA EL ARPON S.A.C. solicita Cambio de Titular del Permiso de Pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 503-97-PE, del 3 de octubre de 1997 a PESQUERA INDUSTRIAL MARITIMA S.A., en virtud al Contrato de Arrendamiento celebrado por Escritura Publica del 7 de diciembre del 2005 otorgada por el Notario Publico de MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA, que celebro con la empresa PESQUERA LA MORDAZA S.A.C. respecto a la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada JEQUETEPEQUE 4, de matricula Nº SE-13580-PM; Que a traves del Oficio Nº 1353-2007-PRODUCEDGEPP/Dchi, del 2 de MORDAZA del 2007, se comunico a la administrada que es necesario que PESQUERA LA MORDAZA S.A.C. previamente solicite a su favor el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion en cuestion, dado que dicha empresa tiene el dominio de la embarcacion, segun la MORDAZA del Certificado Compendioso de Dominio de la SUNARP Nº 997322, expedida el 20 de octubre del 2006 y que adjuntaron a su escrito del visto; a fin de que cuando venza el contrato de arrendamiento con PESQUERA EL ARPON S.A.C. la titularidad se revierta de manera correcta a PESQUERA LA MORDAZA S.A.C. y no a favor de PESQUERA INDUSTRIAL MARITIMA S.A. actual poseedor administrativamente del permiso de pesca respectivo; Que el oficio fue recibido por el senor MORDAZA MORDAZA Maguina, con DNI 07331886, el 20 de MORDAZA del 2007, conforme consta en el Cargo 69 del courier Servicio Expreso Operadores Logisticos y que obra en el expediente; Que el articulo 191º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado, declarara el abandono del procedimiento. Dicha resolucion debera ser notificada y contra MORDAZA procederan los recursos administrativos pertinentes;

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